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Contrato Colectivo


Enviado por   •  2 de Septiembre de 2014  •  1.504 Palabras (7 Páginas)  •  286 Visitas

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Ley Federal del Trabajo

La ley federal el trabajo estable que un contrato colectivo debe contener: Contrato colectivo universidad de Guadalajara.

Nombre y domicilio de los contratantes El rector Marco Antonio Cortes Guardado representante de la universidad de Guadalajara con domicilio en Avenida Juárez # 975 zona centro Jalisco.

Empresas y establecimientos que abarca. El contrato abarca la UDG y STAUDG

Duración o expresión por ser por tiempo indeterminado. El contrato de la UDG no especifica el tiempo de aplicación, ni especifica ser por tiempo indeterminado.

La jornada de trabajo:

Artículo 58:La jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador esta disposición del patrón para prestar su trabajo

Artículo 59: El trabajador y el patrón fijaran la jornada de trabajo sin excederse del establecido en términos legales.

Artículo 60: La jornada puede ser diurna, nocturna o mixta la diurna es de 6:00-20 hrs trabajando 8 horas, La nocturna de 20:00-6:00 trabajando 7 hrs y la mixta de 17:00-12 trabajando 7 horas.

Artículo 63: Los trabajadores que laboren una jornada continua tendrán derecho a 30 min de descanso La jornada de trabajo:

Se refiere al tiempo que el trabajador esta a la disposición de la UDG para realizar las tareas académicas y administrativas derivadas de los planes y programas establecidos por la misma.

I.- Habrá jornada de medio tiempo , de tiempo completo y jornada por clase.

II La jornada de trabajo del personal académico no podrá excederse de los marcos legales de 8 hrs.

III.- La universidad y el trabajador fijaran la duración de la jornada de trabajo

IV.-Los trabajadores de tiempo completo podrán pedir jornadas continuas.

V.-El trabajador de horario continuo tiene derecho a media hora de descanso.

VI.- Su contrato deberá ser entregado con los siguientes plazos:

A) El horario de las actividades académicas.

B) Días hábiles posteriores al ciclo escolar.

Días de descanso y vacaciones

Artículo 69: Por cada 6 días trabajados el trabajador tiene derecho a 1 día descanso.

Artículo 70: En condición de trabajo especial el patrón y el trabajador establecen los días descanso.

Artículo 71: Si el día de descanso no es domingo se deberá pagar la prima dominical del 25% por lo menos.

Artículo 72: Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios él días de descanso de ser así se les pagara el doble.

Artículo 73: Son días de descanso obligatorio:

o 1 de enero

o Primer lunes de febrero.

o 1 de mayo

o 16 de septiembre

o Tercer lunes de noviembre

o Primero de diciembre de cada sexenio.

o 25 de diciembre Días de descanso y vacaciones

Los días de descanso con goce de salario integro son:

I.- Primero de enero.

II.- Primer lunes de febrero

III.- Tercer lunes de marzo

IV.- Primero de mayo,

V.- 10 de mayo.(Para las madres de familia)

VI.-15 de mayo de 2014

VII.- Primer lunes del mes de junio.

VIII-16 de septiembre.

IX.- 12 de octubre

X.- 2 de noviembre

XI.-Tercer lunes de noviembre

XII.-2 de noviembre

XIII.-Tercer lunes de noviembre.

XIV.- Primero de diciembre de cada 6 años.

XV.- Día del cumpleaños del trabajador.

Vacaciones

Artículo 76: Los trabajadores que tengan más de un año de servicio disfrutaran de un periodo anual de vacaciones de no menos de 6 días. Después de cuarto año el periodo de vacaciones aumentara dos días por cada 5 años de servicio.

Artículo 77: Los trabajadores que labren discontinuamente tendrán vacaciones proporcionales a los días trabajados.

Vacaciones

Clausula 34:los trabajadores académicos tienen derecho a 52 días naturales de vacaciones anuales se otorgan en 3 periodos de tiempo:

- 15 días en semana santa y semana de pascua

- 18 días en verano.

- 19 días en invierno. En los que se incluye el 25 de dic y 1 de enero.

Clausula 35: Los trabajadores académicos siempre disfrutaran de sus vacaciones con goce de salario integro pagado 3 días hábiles previos al inicio de periodo vacacional.

Salario

Artículo 82: Salario es la remuneración que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

Articulo 83: el salario puede fijarse por unidad de tiempo, unidad de obra. Comisión, o precio alzado.

Artículo 84: El salario debe ser remunerador y nunca menor a lo establecido en la LFT.

Artículo 86: El trabajo igual, en puesto, jornada o condiciones debe ser pagado igual.

Artículo 87: Los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo equivalente a 15 días de salario mínimo y debe

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