Copropiedad
Enviado por Crimifllo • 2 de Julio de 2015 • 453 Palabras (2 Páginas) • 174 Visitas
FUENTES FORMALES DEL DERECHO:
Se entienden entonces como aquellas vías que dan vida al orden normativo jurídico y doctrinariamente se han clasificado en tres tipos: formales, reales e históricas. Las fuentes formales se refieren a los órganos del Estado del cual surge el cuerpo de normas legales. Entre las fuentes formales se encuentran la ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho.
FUENTES REALES (O MATERIALES):
Son aquellos factores o elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas; En otras palabras, son las circunstancias y situaciones sociales, políticas, religiosas y económicas que contribuyen a la formación del derecho y deben ser tomados en cuenta por los legisladores para crear normas jurídicas.
FUENTES HISTÓRICAS:
Se entiende como tal todo medio que sirve para conocer el derecho que estuvo en vigor en el pasado y que sirve para entender el presente. Las fuentes históricas están integradas por todos aquellos documentos antiguos (inscripciones, papiros, libros) que contienen el texto de una ley o conjunto de leyes. Son documentos que contienen la información del derecho vigente en otra época, en base en los cuáles nos inspiramos para crear una determinada ley o institución jurídica.
FUENTES FORMALES:
Son los procesos de creación de las normas jurídicas. Para poder obtener derecho de éstas fuentes es necesario seguir una serie de actos que darán como resultado una determinada norma jurídica.
LA JURISPRUDENCIA:
Se conoce como la principal fuente formal indirecta, ya que su función principal es interpretar el sentido de la ley, o llenar las lagunas que aparecen en el sistema jurídico. La jurisprudencia, más que crear nuevas normas jurídicas, tiene como propósito determinar el sentido y alcance de las disposiciones ya existentes, por lo que representa una forma de interpretación que los tribunales hacen, y que una vez que ha quedado establecida constituye normas que deben ser aplicadas al emitir nuevas resoluciones.
LA COSTUMBRE:
Se entiende la práctica reiterada y aceptada por la ley de un determinado uso, conducta o comportamiento. Para que la costumbre sea considerada una fuente formal del Derecho es fundamental que la propia norma jurídica le otorgue dicho carácter, ya que de lo contrario la costumbre no producirá efectos jurídicos. Se le considera la repetición constante de una conducta que la sociedad acepta como obligatoria. Cuando se presentan los dos elementos:
a). Material u objetivo, repetición constante.
b) Subjetivo o psicológico, su aceptación por la sociedad, se acepta como costumbre obligatoria, conocida también como Derecho
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