Copropiedad
Enviado por miamiamia • 17 de Noviembre de 2013 • 2.900 Palabras (12 Páginas) • 247 Visitas
Ley del ISR
Copropiedad
INTRODUCCION
Copropiedad
- Existe copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenece proindiviso a varias personas.
- Para la administración de la cosa común que se tenga en copropiedad, serán obligatorios todos los acuerdos de la mayoría de los partícipes.
- Cada copropietario tiene la plena propiedad de la parte alícuota que le corresponda, y la de sus frutos y utilidades, pudiendo, en consecuencia, enajenarla, cederla o hipotecarla, y aun substituir otro en su aprovechamiento, salvo si se tratare de derecho personal.
La copropiedad cesa por la división de la cosa común, por la destrucción o pérdida de ella, por su enajenación y por la consolidación o reunión de todas las cuotas en un solo copropietario.
(Arts. 938, 946, 950 y 976 del Código Civil para el D.F.)
Ingresos que pueden obtener en una Copropiedad
POR DISPOSICION EXPRESA:
- Por arrendamientos.
- Por la enajenación de bienes.
- Por la adquisición de bienes.
- Por intereses (retención ISR definitivo).
- Por los ingresos a que se refiere el Capítulo X "De los demás ingresos que obtengan las personas físicas", del Título IV
Ingresos que pueden obtener una copropiedad
ACTIVIDADES EMPRESARIALES
- En el régimen general de la Ley del ISR.
- En el régimen simplificado.
- En el régimen de pequeños contribuyentes.
- (Arts. 113 y 119-M de la Ley del ISR; 73, 128 y 147 de su Reglamento; y reglas 1.1.18, 2.1.24, 5.1.14, 6.1.15, 7.1.14, en el régimen simplificado para 2000).
Ingresos que no puede obtener una Copropiedad
POR DISPOSICION EXPRESA:
- Sueldos
- Honorarios
En estos casos para efectos fiscales se considera que obtiene los ingresos al 100% quien presta el servicio.
Obligaciones de los integrantes de la Copropiedad
Obligaciones del representante común.
- Llevar contabilidad, expedir y recabar los documentación fiscal.
- Conservar los libros y documentación.
- Retener impuestos.
- Presentar pagos provisionales en proporción, (solamente en arrendamiento; enajenación y adquisición de bienes muebles; y en caso de los demás ingresos del Capítulo X.
- Presentar declaración anual en proporción, por rentas, enajenación o adquisición de bienes, y cuando se obtengan ingresos de los señalados en el Capítulo X "De los demás ingresos (en dividendos es opcional)
Obligaciones de los integrantes de la Copropiedad
Obligaciones del representante común.
- Llevar contabilidad, expedir y recabar los documentación fiscal.
- Conservar los libros y documentación.
- Llevar un registro de las operaciones que celebren con títulos valor emitidos en serie
- Conservar contabilidad y los comprobantes de haber cumplido con las obligaciones fiscales.
- Formular Balance y levantar inventarios al cierre de cada año.
- Retener impuestos.
- Presentar pagos provisionales conjuntos.
- Presentar declaración informativa de ingresos, gastos y pagos provisionales proporcionales (N/A clientes y proveedores).
- Presentar su declaración anual proporcional
Obligaciones de los integrantes de la Copropiedad
Obligaciones del representante común en REPECOS (No existe disposición expresa)
- Llevar contabilidad, expedir y recabar los documentación fiscal.
- Conservar los libros y documentación.
- Retención de impuestos.
- Presentar declaraciones de pagos trimestrales o semestrales, por la parte que le corresponda de los ingresos.
Este criterio es compartido de manera extraoficial por las autoridades fiscales.
Obligaciones del representando
- Presentar pagos provisionales proporcionales solamente en arrendamientos, adquisición de bienes y en el caso de ingresos del Capítulo X.
- Presentar declaración anual proporcional en el caso de rentas, adquisición y enajenación de bienes, y en el caso de los demás ingresos por actividades empresariales en el régimen general o en el régimen simplificado.
- Al no existir disposiciones fiscales que regulen las obligaciones de los representados de una copropiedad, cuando éstos tributen en el régimen de REPECOS, cada uno deberá presentar las declaraciones de pagos trimestrales o semestrales, por la parte que les corresponda de los ingresos.
INSCRIPCION ANTE EL RFC
En Copropiedad
Además de las claves de obligaciones de pago de impuestos en la R-1 señalar las claves de:
*130 Representante común (copropiedad)
*131 Representante (copropiedad)
Sociedad conyugal y copropiedad
Ley del IVA
Para efectos del IVA, los integrantes de la sociedad conyugal y los copropietarios, deberán designar a un representante común, el cual cumplirá con todas las obligaciones de dicha ley. (art. 32 LIVA)
Sociedad conyugal y copropiedad Ley del IA
- No existe disposición expresa en Ley, solo en Reglamento se da opción a arrendadores.
- Entonces los copropietarios y cónyuges deberán presentar declaración del pago provisional y anual proporcional.
- Opción en arrendadores de inmuebles, el representante común de la copropiedad podrá pagar el impuesto por todos los coprop,, quienes podrán acreditar contra el IA a su cargo, la proporción que les corresponda en el ISR
EXENCION DE IA
Sociedad conyugal y copropiedad
- Exención del pago del IA del 2000, a los contribuyente con ingresos, para efectos del ISR, menores a $13,500,000.00 en 1999.
- El Límite comprende todos los ingresos percibidos durante 1999, directamente o a través de la copropiedad o sociedad conyugal, derivados de las actividades cuyos activos son objeto de IA.
- Cuando en una copropiedad o sociedad conyugal se utilicen activos afectos al IA, el representante o los miembros, podrán dejar de efectuar P.P. del IA, por cuenta del copropietario o cónyuge cuando el mismo no hubiera obtenido durante 1999, ingresos superiores a $13,500,000.00.
Beneficios
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