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Copropiedad


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2013  •  2.900 Palabras (12 Páginas)  •  247 Visitas

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Ley del ISR

Copropiedad

INTRODUCCION

Copropiedad

- Existe copropiedad cuando una cosa o un derecho pertenece proindiviso a varias personas.

- Para la administración de la cosa común que se tenga en copropiedad, serán obligatorios todos los acuerdos de la mayoría de los partícipes.

- Cada copropietario tiene la plena propiedad de la parte alícuota que le corresponda, y la de sus frutos y utilidades, pudiendo, en consecuencia, enajenarla, cederla o hipotecarla, y aun substituir otro en su aprovechamiento, salvo si se tratare de derecho personal.

La copropiedad cesa por la división de la cosa común, por la destrucción o pérdida de ella, por su enajenación y por la consolidación o reunión de todas las cuotas en un solo copropietario.

(Arts. 938, 946, 950 y 976 del Código Civil para el D.F.)

Ingresos que pueden obtener en una Copropiedad

POR DISPOSICION EXPRESA:

- Por arrendamientos.

- Por la enajenación de bienes.

- Por la adquisición de bienes.

- Por intereses (retención ISR definitivo).

- Por los ingresos a que se refiere el Capítulo X "De los demás ingresos que obtengan las personas físicas", del Título IV

Ingresos que pueden obtener una copropiedad

ACTIVIDADES EMPRESARIALES

- En el régimen general de la Ley del ISR.

- En el régimen simplificado.

- En el régimen de pequeños contribuyentes.

- (Arts. 113 y 119-M de la Ley del ISR; 73, 128 y 147 de su Reglamento; y reglas 1.1.18, 2.1.24, 5.1.14, 6.1.15, 7.1.14, en el régimen simplificado para 2000).

Ingresos que no puede obtener una Copropiedad

POR DISPOSICION EXPRESA:

- Sueldos

- Honorarios

En estos casos para efectos fiscales se considera que obtiene los ingresos al 100% quien presta el servicio.

Obligaciones de los integrantes de la Copropiedad

Obligaciones del representante común.

- Llevar contabilidad, expedir y recabar los documentación fiscal.

- Conservar los libros y documentación.

- Retener impuestos.

- Presentar pagos provisionales en proporción, (solamente en arrendamiento; enajenación y adquisición de bienes muebles; y en caso de los demás ingresos del Capítulo X.

- Presentar declaración anual en proporción, por rentas, enajenación o adquisición de bienes, y cuando se obtengan ingresos de los señalados en el Capítulo X "De los demás ingresos (en dividendos es opcional)

Obligaciones de los integrantes de la Copropiedad

Obligaciones del representante común.

- Llevar contabilidad, expedir y recabar los documentación fiscal.

- Conservar los libros y documentación.

- Llevar un registro de las operaciones que celebren con títulos valor emitidos en serie

- Conservar contabilidad y los comprobantes de haber cumplido con las obligaciones fiscales.

- Formular Balance y levantar inventarios al cierre de cada año.

- Retener impuestos.

- Presentar pagos provisionales conjuntos.

- Presentar declaración informativa de ingresos, gastos y pagos provisionales proporcionales (N/A clientes y proveedores).

- Presentar su declaración anual proporcional

Obligaciones de los integrantes de la Copropiedad

Obligaciones del representante común en REPECOS (No existe disposición expresa)

- Llevar contabilidad, expedir y recabar los documentación fiscal.

- Conservar los libros y documentación.

- Retención de impuestos.

- Presentar declaraciones de pagos trimestrales o semestrales, por la parte que le corresponda de los ingresos.

Este criterio es compartido de manera extraoficial por las autoridades fiscales.

Obligaciones del representando

- Presentar pagos provisionales proporcionales solamente en arrendamientos, adquisición de bienes y en el caso de ingresos del Capítulo X.

- Presentar declaración anual proporcional en el caso de rentas, adquisición y enajenación de bienes, y en el caso de los demás ingresos por actividades empresariales en el régimen general o en el régimen simplificado.

- Al no existir disposiciones fiscales que regulen las obligaciones de los representados de una copropiedad, cuando éstos tributen en el régimen de REPECOS, cada uno deberá presentar las declaraciones de pagos trimestrales o semestrales, por la parte que les corresponda de los ingresos.

INSCRIPCION ANTE EL RFC

En Copropiedad

Además de las claves de obligaciones de pago de impuestos en la R-1 señalar las claves de:

*130 Representante común (copropiedad)

*131 Representante (copropiedad)

Sociedad conyugal y copropiedad

Ley del IVA

Para efectos del IVA, los integrantes de la sociedad conyugal y los copropietarios, deberán designar a un representante común, el cual cumplirá con todas las obligaciones de dicha ley. (art. 32 LIVA)

Sociedad conyugal y copropiedad Ley del IA

- No existe disposición expresa en Ley, solo en Reglamento se da opción a arrendadores.

- Entonces los copropietarios y cónyuges deberán presentar declaración del pago provisional y anual proporcional.

- Opción en arrendadores de inmuebles, el representante común de la copropiedad podrá pagar el impuesto por todos los coprop,, quienes podrán acreditar contra el IA a su cargo, la proporción que les corresponda en el ISR

EXENCION DE IA

Sociedad conyugal y copropiedad

- Exención del pago del IA del 2000, a los contribuyente con ingresos, para efectos del ISR, menores a $13,500,000.00 en 1999.

- El Límite comprende todos los ingresos percibidos durante 1999, directamente o a través de la copropiedad o sociedad conyugal, derivados de las actividades cuyos activos son objeto de IA.

- Cuando en una copropiedad o sociedad conyugal se utilicen activos afectos al IA, el representante o los miembros, podrán dejar de efectuar P.P. del IA, por cuenta del copropietario o cónyuge cuando el mismo no hubiera obtenido durante 1999, ingresos superiores a $13,500,000.00.

Beneficios

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