Daños a SEADOSA
Enviado por Daniel Romero • 16 de Agosto de 2019 • Trabajo • 2.471 Palabras (10 Páginas) • 84 Visitas
REPARACIÓN DEL DAÑO.
Se pretende una reparación de los daños de tipo contractual y extracontractual, en cuanto a los daños a SEADOSA, con ocasión del ejercicio operativo del “Contrato para la Explotación del Servicio de Porteo de Equipaje dentro del Programa de Servicios Comerciales en el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber-AIDO”, desde noviembre de 2011 al 5 de mayo 2019, fecha en que CORIPORT dio por terminado unilateralmente el contrato, con el uso de la fuerza, nos impidió seguir dando con libertad, otros servicios diversos al contratado con ellos, fecha en la cual cesa la tolerancia de SEADOSA, a los incumplimientos contractuales de CORIPORT.
- INCUMPLIMIENTOS CONTRACTUALES:
- Cláusula, 1.3. “Áreas Asignadas”, se refiere al espacio físico en el AIDO asignado por CORIPORT para la prestación del servicio comercial establecido en ese CONTRATO.
- CORIPORT por mas de 7 años exigió contar con una póliza de riesgos civiles que cubra los equipajes desde el “carrusel” hasta el transporte del usuario, en la práctica, no se permitió operar desde ese “carrusel”, solamente asistir al pasajero después del área de migración, obligándonos a incurrir en un gasto innecesario de varios miles de dólares por AÑO, restringiendo ilegítimamente el derecho a ejercer el servicio en esa área – dado en el Contrato-, disminuyendo los ingresos por propinas.
- ¿determinar monto de la póliza que corresponde a esa área.?
- 6.2 LA CONTRATISTA se compromete a proporcionar por su cuenta y completa responsabilidad todo el personal, equipo y transporte, que resulten necesarios para la satisfacción, sin demoras, del objeto del presente CONTRATO. Los implementos, insumos, mercadería y equipos deberán cumplir con el estándar de calidad para operaciones en aeropuertos,
- CORIPORT, nunca asignó un área donde poder guardar equipos e insumos, provocando que se operara con las mismas carretillas de hace años, las nuevas se las han robado, también robo de radios de comunicación, mas CORIPORT al adjudicatario del servicio, contrario a lo consignado en el Concurso, le presta las carretillas y le asignó un lugar para guardar las que han ido comprando.
- CORIPORT, exigió también la instalación en todas la carretas de ruedas de un poliuretano especifico, esto con la intensión de proteger la cerámica del piso del terminal, este poliuretano no esta diseñado para aguantar el desgaste provocado por el asfalto y concreto que recorrían todos los días, hasta el galerón donde se guardaban.
- ¿ definir costo de ruedas de carreta “rojas”?
- En su cláusula 8.3 LA CONTRATISTA manifiesta su anuencia a que la inclusión de nuevos servicios únicamente se hará previa solicitud y aprobación por escrito de CORIPORT. La solicitud de aprobación para la inclusión de nuevos servicios deberá contener una descripción del servicio, el precio, cargos y comisiones para la prestación del servicio, el equipo a utilizar, el plan de lanzamiento, el plan de promoción, las ventas previstas mensuales, y cualquier respaldo de comentarios por parte de Usuarios sobre el bien o servicio obtenido por medio del buzón de sugerencias o mediante encuestas. CORIPORT al resolver la solicitud determinará si la inclusión del producto y/o servicio que se trate, complementa la oferta existente de todos los servicios comerciales, y basado en la información de soporte presentada por LA CONTRATISTA. CORIPORT resolverá la solicitud en un plazo máximo de siete días hábiles.
- En siete años de operar en el aeropuerto con CORIPORT, enviamos mas de 20 propuestas con servicios innovadores y necesarios en el Aeropuerto, que nos permitieran crecer como empresa, ninguna de esas propuestas fue contestada, ni siquiera de manera negativa, como indica el contrato. Impidiendo ilegítimamente, el crecimiento de la empresa tal cual lo estipula el Contrato.
- ¿se trata de una eventualidad de- no hay nexo de causalidad?
- 9.4 Toda rotulación, banners y material promocional sea para colocación dentro de las Áreas Asignadas a LA CONTRATISTA, o en áreas comunes debe tener la autorización previa y por escrito de CORIPORT, en cuanto a la oferta específica, diseño, tamaño y color del mismo. La solicitud de autorización será resuelta por CORIPORT dentro de los dos días hábiles siguientes a su presentación. La falta de respuesta en el plazo indicado se entenderá como denegatoria de la solicitud.
- A pesar de ser una práctica común en otros aeropuertos, el hecho de que grandes empresas de turismo, deseen tener su imagen presente en el Aeropuerto, a través de uniformes para el personal o afiches adheridos a las carretillas, CORIPORT no lo ha permitido. Obligándonos a pagar de nuestros ingresos nuevos uniformes cada temporada, incluso mediante instrucciones verbales exigiendo hasta dos cambios de uniforme por temporada.
- Costo de uniformes por años.
- 10.2 LA CONTRATISTA deberá exhibir sus horarios al público de manera visible en las Áreas Asignadas.
- Esto ha sido materialmente imposible, pues no se cuenta con un área asignada exclusiva.
- 11.6 CORIPORT, brindará al personal de LA CONTRATISTA que deba ingresar a las instalaciones del AIDO, previo cumplimiento del personal con todos los requisitos, un gafete de seguridad intransferible para el acceso a las Áreas Asignadas.
- CORIPORT nunca emitió dichos gafetes, y nos obligaba a hacer el gasto de la confección de los mismos, alrededor de $10 cada uno, en estos siete años han sido cerca de 800 muchachos.
- Los gafetes tienen una vigencia de tres meses, así las cosas, 4 carnets por año por muchacho. Sean alrededor de 400 carnets por año en general -
- 11.10 ...LA CONTRATISTA debe asegurarse que su personal no utilice el área asignada para comer o ver televisión.
- Obligaban a nuestro personal a desplazarse hasta a 400 metros de la operación, para comer en un galerón sentado en el suelo. Esto contra la dignidad de nuestros colaboradores.
- 12.3...CORIPORT variar por causa justificada la ubicación del espacio asignado a la CONTRATISTA, limitándose su obligación a proporcionar un nuevo espacio con dimensiones similares dentro del edificio y que cuente con las previstas necesarias para la explotación del servicio.
- Ídem puntos 2 y 5.
- 13.1 CORIPORT entregará a LA CONTRATISTA el espacio físico asignado
- Ídem puntos 2 y 5
- 13.7 LA CONTRATISTA se compromete a acondicionar y poner en funcionamiento el espacio físico asignado por CORIPORT, dentro de los cuarenta y cinco días naturales después de que CORIPORT le notifique
por escrito la orden de inicio de construcción. En caso de atraso en la apertura de algún área asignada y cuando el mismo sea atribuible a LA CONTRATISTA, ésta pagará una multa diaria equivalente a cien dólares diarios para el mes correspondiente.
- Multa base para el incumplimiento contractual, 7 años, 6 meses, y 4 días o lo que es lo mismo, 2742 días.
- 14.2 LA CONTRATISTA deberá reemplazar las carretas utilizadas para el acarreo de equipaje en un plazo máximo de tres meses a partir del inicio de operaciones.
- Ídem puntos 2 y 5, decidió no invertir mas en carretas, pues no hay donde guardarlas.
- 16.1 LA CONTRATISTA se compromete a instalar medidores de luz en las Áreas Asignadas, y pagar directamente estos servicios.
- Ídem puntos 2 y 5, nunca hemos contado con servicios públicos, para apoyar nuestra operación, sean luz eléctrica e internet.
- 17.5 LA CONTRATISTA deberá́ contar con los permisos sanitarios, patentes, permisos ambientales y municipales que resulten necesarios para la prestación del servicio
- Al no contar con el espacio físico otorgado en el contrato, nos obligó ilegítimamente, a abrir una oficina en el centro de Liberia, como requisito para obtener una patente municipal y un permiso sanitario de funcionamiento, pues CORIPORT lo exige, obligándonos a otro gasto extra, mes a mes.
- 18.4 Los montos pactados en este contrato tendrán un aumento anual equivalente al Índice de Precios al Consumidor (CPI o Consumer Price Index) el cual es calculado por el Burea of Labor Statistics de los Estados Unidos de América.
- En el transcurso de la relación comercial esta cláusula ha sido ignorada, pues se nos obligó a aceptar un aumento del 100% y posteriormente otro de casi un 25%, al principio se pagaban $1000 al mes, hoy alcanza los $2500.
Los anteriores incumplimientos fueron soportados por Solidaridad, aunque de todos modos, periódicamente se le recordó por vía escrita y oral a CORIPORT, las infracciones al acuerdo y los daños que ellas causaban, también se toleraban por cuanto se trataba de una empresa con una operación importante y ya se había hecho una inversión sustancial para cumplir con los requisitos del convenio y la puesta en marcha del servicio, dar por terminado el Contrato por incumplimientos de Coriport, hubiese incrementado los daños a SEADOSA, y dañaría la relación comercial pues había que pedirle a un Juez de la Republica, la finalización y la indemnización.
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