Sociedades Comerciales
Enviado por thomasemm • 10 de Enero de 2013 • 3.080 Palabras (13 Páginas) • 531 Visitas
CAPITULO I
FUSION, TRANSFORMACION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES
1. FUSIÓN DE SOCIEDADES:
Es un caso especial de disolución de sociedades mediante la cual una sociedad se extingue por la transmisión total de su patrimonio a otra sociedad preexistente o que se constituye, con las aportaciones de los patrimonios de dos o más sociedades que en ella se fusionan.
La fusión implica el traspaso de bienes, derechos y obligaciones de una o varias empresas, a otra que asume tales bienes, derechos y obligaciones, desapareciendo las primeras para dar lugar al nacimiento o fortalecimiento de otra empresa. Para la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE): La fusión consiste en la transmisión del patrimonio de una o varias sociedades a otra sociedad, por medio de la absorción por parte de una sociedad. La fusión es una operación por la cual las sociedades pueden aumentar su producción o penetrar en mercados nuevos.
La fusión puede tener varios objetivos: la búsqueda de una mayor eficiencia económica o de un poder sobre el mercado, una diversificación, un redespliegue geográfico sobre todos los mercados, la obtención de sinergias financieras o para la investigación y desarrollo.
Por fusión se entiende a la unión jurídica de dos o más sociedades mercantiles; es decir, dos o más empresas constituidas jurídicamente como entidades diferentes, deciden unirse para crear una nueva empresa o que una de las existentes crezca. En el caso de que una de las empresas en cuestión sobreviva se le denominará fusionante y a las empresas que desaparecen se les llamarán fusionadas. También se da el caso de que todas las empresas involucradas desaparezcan como entidades jurídicas independientes creándose una tercera empresa con una nueva razón social.
Existen dos clases de fusión de sociedades mercantiles las cuales son:
Fusión por absorción, es cuando se une jurídicamente, dos o más sociedades mercantiles desapareciendo todas menos una la cual absorbe a las demás y la Fusión por Integración es cuando se unen jurídicamente dos o más sociedades mercantiles, desapareciendo todas ellas las cuales integran una nueva.
• CARACTERISCAS DE LA FUSIÓN DE SOCIEDADES:
Disolución de la sociedad absorbida que desaparece en tanto persona moral.
Transmisión de la universalidad de los bienes de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente.
Los accionistas de la sociedad absorbida devienen en socios de la absorbente.
Las Fusiones son operaciones generalmente practicadas en períodos de expansión económica o de crisis.
La transferencia de todo el patrimonio activo y pasivo de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente o de las sociedades a fusionarse a la nueva sociedad.
La disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas a fusionarse.
2. TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES:
La transformación es un fenómeno jurídico por medio del cual una Sociedad Mercantil cambia su estructura originaria por otra de las reconocidas por la legislación, conservando su personalidad jurídica inicial.
• CARACTERÍSTICA DE LA TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES:
Conservación de su Personalidad Jurídica: Los efectos de la conservación de la personalidad jurídica de la sociedad, son que los derechos y obligaciones de la sociedad para con terceros, continúen en la nueva sociedad, además de que los socios posean en la nueva sociedad derechos proporcionales a los que poseían en la anterior.
Cambio de la modalidad de Capital Fijo a Capital Variable: La ley establece que las sociedades podrán transformarse en sociedad de capital variable, pero esto denota un craso error en opinión de varios autores, ya que como definimos anteriormente, la transformación consiste en el cambio de la estructura jurídica de una sociedad para tomar una diferente. En cambio, al hablar de capital fijo o capital variable, se hace referencia a la modalidad que adopta el capital social y no la forma de la sociedad
• OBLIGACIONES FISCALES DE TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDADES:
Cuando una sociedad decide transformarse, tiene que cumplir con ciertas obligaciones fiscales: lo primero que debe hacer es notificar del cambio de razón social en la oficina receptora, en un plazo de 10 días, acompañado de la escritura correspondiente. Posteriormente debe presentar, dentro de los 90 días siguientes a aquel en que se hizo el cambio de razón social, una declaración para efectos del impuesto sobre la renta, la cual debe abarcar desde el día siguiente a la fecha en que terminó el último periodo declarado hasta la fecha de cambio de razón o social.
3. LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES
Se entiende por liquidación de una sociedad, la terminación de sus actividades mercantiles, la realización de sus activos, para pagar la totalidad de sus pasivos y finalmente la distribución del remanente entre sus socios.
El responsable de la liquidación tiene que realizar toda una serie de procedimientos y operaciones. Primero debe elaborar una lista con todos los acreedores, mas tarde preparar otra con los activos de la empresa que se deben vender y la forma en que se deben repartir los ingresos provenientes de estas ventas entre los distintos acreedores siguiendo unos principios claros y transparentes. Estos últimos tienen que demostrar lo que se les adecua aportando la documentación pertinente. Existen dos clases de acreedores: los preferentes o con garantía y los acreedores ordinarios o sin garantía. Los primeros tienen asegurada la recuperación de su inversión porque está respaldada por algún tipo de bien o propiedad de la empresa: una maquina o un edificio, por ejemplo. Por lo general, estos acreedores son los primeros en cobrar, pero existen algunos acreedores ordinarios que cobran antes que nadie: el responsable de la liquidación, el gobierno, y los trabajadores. Sin embargo, es frecuente establecer un límite temporal de las deudas porque, casi siempre, la venta de los activos de la empresa no es suficiente, en muchos casos para cubrir todas las deudas.
• CARACTERÍSTICA DE LA LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES:
En él se hace caso Omiso del principio de “La empresa en Marcha”.
Los activos han de mostrarse a su precio de tasación neto, puesto que su venta es irremisible y con apremio.
Han de mostrarse absolutamente todas las partidas, tanto de activos, como de pasivos, incluyendo los activos y pasivos Contingentes o eventuales, tal vez aparezcan partidas de activos que no habían, y se dejen de reconocer deudas insuficientemente justificadas.
Deben mostrar todas las partidas dadas o recibidas en prenda o garantía.
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