Sociedades Comerciales
Enviado por cuervocarapa • 1 de Noviembre de 2013 • 8.873 Palabras (36 Páginas) • 407 Visitas
Concepto de Sociedad Comercial
Habrá sociedad comercial cuando dos o más personas en forma organizada, conforme a uno de los tipos previstos en esta ley, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos a la producción o intercambio de bienes o servicios participando de los beneficios y soportando las perdidas.
Para saber si una sociedad es comercial, debemos fijarnos si adopto alguno de los 7 tipos sociales establecidos en la ley 19550.
Para determinar la comercialidad de las sociedades de hecho, habrá que fijarse qué tipo de actividad realiza. Solo si se dedica a realizar actos de comercio (art 8 C de Com) será considerada sociedad comercial.
Clasificación de las sociedades comerciales
a) Sociedades regulares: Son aquellas que han adoptado uno de los tipos previstos en la Ley 19550 y que han cumplido con todos los requisitos relacionados a su constitución.
b) Sociedades constituidas irregularmente: Son aquellas que no han cumplido con todos los requisitos previstos por la Ley 19550. Se dividen en:
* Sociedades irregulares: Si bien cuentan con un contrato escrito y han adoptado uno de los tipos de la ley no fueron inscriptas en el RPC
*Sociedades de hecho: No cuentan con contrato escrito o fueron constituidas a través de un contrato con cláusulas básicas. No adoptaron ningún tipo social, ni se inscribieron en el RPC
Las sociedades regulares se dividen en:
1-Sociedades de interés (o de personas)
a) Sociedad colectiva: Los socios responden en forma solidaria e ilimitada, pero cuentan con el beneficio de excusión, por lo tanto pueden exigirle a los acreedores que ataquen primero el patrimonio de la sociedad, antes que el de ellos.
b) Sociedad en Comandita Simple: Tiene 2 clases de socios. Comanditados, que responden en forma solidaria e ilimitada y comanditarios, que solo responden con los aportes efectuados a la sociedad. La administración de la sociedad puede ser ejercida por socios comanditados y por terceros pero no por socios comanditarios.
c) Sociedad de capital e industria: Hay 2 clases de socios. Capitalistas, que aportan con obligaciones de dar y responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. Industriales, que aportan con obligaciones de hacer y responden con las ganancias no percibidas.
d) Sociedad accidental o en participación: Se constituye para realizar una o más operaciones específicas. El socio gestor realiza las operaciones con los aportes de los demás, pero responde con su patrimonio personal por las obligaciones contraídas. No se le exigen requisitos de forma ni inscripción en el RPC. No es considerada sujeto de derecho.
2-Sociedades por cuota
a) Sociedad de Responsabilidad limitada: Su capital social se divide en cuotas. Cada cuota representa un voto en la toma de decisiones de la sociedad. Los socios responden por las obligaciones sociales solo hasta el monto de las cuotas que hayan suscripto e integrado. Excepciones: mora en la integración de los aportes y sobrevaluación de los aportes.
3-Sociedades por acciones
a) Sociedad Anónima: El capital se divide en acciones y los socios limitan su responsabilidad al monto de las acciones que hayan suscripto.
b) Sociedad en Comandita por Acciones: Presenta 2 clases de socios. Comanditados que responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales y comanditarios. El capital aportado por estos últimos se divide en acciones y limitan su responsabilidad al monto de las acciones que hayan suscripto. A este tipo de sociedades se le aplican las normas de la sociedad anónima. Supletoriamente se le aplican las de la sociedad en comandita simple.
Naturaleza jurídica del acto constitutivo
Las partes del contrato son los diferentes socios. Es plurilateral ya que las partes pueden ser más de dos. Es un contrato de organización, ya que en el suelen quedar reglamentadas las relaciones entre los socios y las normas internas de la sociedad.
Caracteres del contrato de sociedad
1- Plurilateral: puede contar con una cantidad ilimitada de socios, ya que el objeto es acumular capitales. No están permitidas las sociedades de un solo socio.
2- Consensual: se perfecciona y produce sus efectos por el solo hecho del consentimiento.
3- Conmutativo: al momento de dar el consentimiento, los socios ya saben cuáles van a ser las ventajas y los sacrificios que les deparara dicho contrato.
4- Oneroso: para adquirir los derechos de socio, es necesario contribuir al fondo común con el aporte correspondiente.
5- De ejecución continuada: por lo general, las sociedades no se constituye para realizar una sola operación.
6- De organización: En el suelen quedar reglamentadas las relaciones entre los socios y las normas internas de la sociedad.
Elementos del contrato de sociedad
Hay de 2 clases:
Generales: Consentimiento de los socios: Es el acuerdo de voluntades de los socios tendiente a la celebración del contrato de sociedad.
*Capacidad para constituir sociedades: Se aplican las reglas generales del derecho civil.
a) Menores: No pueden constituir sociedades. Excepciones: menor emancipado por matrimonio y menor heredero de un establecimiento comercial sujeto indivisión (solo puede asumir una responsabilidad limitada)
b) Corredores: no pueden constituir ningún tipo de sociedad
c) Martilleros: pueden constituir sociedades pero deben estar integradas por martilleros y el objeto debe ser realizar remates
d) Cónyuges: Los esposos pueden integrar sociedades por acciones y de responsabilidad limitada. Si son socios en otro tipo de sociedad pueden transformar la sociedad en el plazo de 6 meses o cualquiera de los 2 cede su parte a un tercero. Si pasan 6 meses se debe excluir al último cónyuge que adquirió la calidad de socio.
*Objeto del contrato de sociedad: Está constituido por las prestaciones de dar y hacer que se comprometen a efectuar los socios. El objeto social, se refiere a la actividad desarrollada por la sociedad.
*Causa del contrato de sociedad: Es la finalidad que tuvieron en mira quienes constituyeron la sociedad. Siempre es la obtención de ganancias a través de la actividad de la sociedad.
*Forma del contrato de sociedad: Art 4 se otorgara por instrumento público o privado. Es imprescindible que sea en forma escrita.
Específicos:
Pluralidad de personas: Art 1: dos o más personas
Organización: Cuando constituyen una sociedad deben estipular cuáles serán las obligaciones de cada socio, cuál será la función de cada órgano, como se distribuirán las ganancias, etc.
Tipicidad: las personas que van a constituir la sociedad deben elegir uno de los 7 tipos de sociedad que la ley de sociedades
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