Analisis caso Derecho Penal
Enviado por danizapana • 6 de Noviembre de 2020 • Examen • 1.786 Palabras (8 Páginas) • 151 Visitas
Parcial – Penal I 2do. Parte
Universidad de la Cuenca del Plata
Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas
Catedra de Derecho Penal I – Parte General – 2da Parte
Profesor: XXXXXXXX
Alumno: XXXXXXXXXX
DNI.: XXXXXXXXX
El examen tendrá en cuenta el desarrollo de la teoría del delito, la aplicación práctica de autoría y participación, reincidencia, mesura de la pena, tentativa, Suspensión del Juicio a Prueba. En el examen se determinará un rol para cada alumno debiendo actuar en ese rol, haciendo un alegato de acusación final, una defensa técnica para todos los imputados o bien dictar una sentencia. El lenguaje jurídico, razonamiento y aplicación de los concepto teóricos al caso práctico.
CASO PRACTICO:
Carlos Gomez es un empleado jerarquizado del IPLYC y conoce los movimientos de la Agencia de Quiniela n.º 207 de la ciudad de Posadas que está sobre la Avda. Uruguay.
Se pone en contacto con dos sujetos Gaby Paredes y Poly Varela que se dedican a robar en la ciudad y vender por internet el producto de los hechos ilícitos que realizan.
Les propone entrar a robar la Agencia un día determinado que Gomez le avisará porque tiene mayor recaudación. Les aclara que no va a participar del atraco, sólo les dirá cuando entrar a robar y después quiere el 30% del botín, les aclara que el va a saber cuanto dinero va a haber por el sistema digital de juego.-
También les dice Gomez que la organización y logistica del atraco corre por cuenta de Paredes y Varela, sólo le pide que no repartan el botín en forma inmediata que esperen al menos 1 mes.
Paredes y Varela buscan a Perez Omar un viejo conocido que estuvo cumpliendo condena por robo calificado, si bien cumplió el total de la pena, no transcurrió el plazo del Art. 50 del CP, y a Sanchez Claudio de 17 años.
El día 22 de Septiembre Gomez le avisa desde una cabina pública a las 14 hs a Paredes que realicen el atraco ese día. En el evento ingresaron a la agencia a las 22 hs por la puerta de atrás que fue forzada, todos estaban armados, y al ingresar y encontrar al agenciero y empleado sacan las armas y le intimadan a ambos. El agenciero de apellido Leiva quiso resistir y ante esto Sanchez empezó a dispararle, tras lo cual hizo lo mismo Perez. Dispararon Sanchez y Perez, el primero hizo varios disparos y acertó en dos heridas del agenciero y en la herida del empleado, Perez también hizo varios disparos y acertó en una herida del agenciero. El agenciero tiene tres heridas de bala. Una ingresa en el antebrazo izquierdo con orificio de salida, el otro ingresa en la zona abdominal y el tercero en el hombro izquierdo. El empleado en la rodilla derecha. Cuando estaba caído Leiva se acerca Sanchez y pretende darle el disparo de gracia y dispara pero el proyectil no sale del cañon. Tanto Paredes como Varela le reclamaron a ambos por los disparos porque pretendían realizar el hecho sin ningún herido. Se escapan con una recaudación de 500000 pesos. Las víctimas quedan heridas en la Agencia
La ambulancia llega a los pocos minutos del incidente y sube al agenciero a las dos cuadras en la intersección con la avda. Cabred y tuvieron un accidente de tránsito con un camión que recoje la basura. Como consecuencia del accidente fallece el chofer de la ambulancia y el paciente. En la pericia accidentológica se fija que el vehículo embistente es la ambulancia, que cruzó el semáforo en rojo y que el camión de recolección de la basura tenía prioridad de paso por el semáforo, iba a la velocidad reglamentaria.
De acuerdo al Rol asignado en el caso de Fiscal deberá formalizar una acusación a todos los posibles involucrados en el hecho ilícito y solicitar una pena de acuerdo a los antecedentes de cada persona, tener en cuenta reincidencia, edad, y testimonio de los vecinos. En el rol de Defensa Tećnica deberá hacer una defensa para cada individuo y peticionar probattion o una pena en suspenso si correspondiere. En el
Gómez: Deberá ser acusado como partícipe necesario, y no como autor intelectual pues el no planeo el robo, sino que presto su ayuda informando del día que debería ser el robo y no lo planeo en realidad pues el dio la idea, pero aclara que tanto la organización como la logística del hecho deberá ser realizada por cuenta de Varela y Paredes. En caso de negativa ante esta idea, optaría por la instigación antes que la autoría intelectual. Pediría la probation para Gómez ya que no tiene antecedentes y lo único que hizo fue prestar información para la realización del robo. Tampoco tenía conocimiento de que utilizarían armas de fuego. También en razón del articulo 47 solo responderá hasta donde el pacto.
Autor es a quien se le puede atribuir un hecho como suyo, es la figura central del acontecer delictivo, es quien tiene la voluntad de realización del resultado, quien está más próximo al hecho y quien domina el acontecimiento causal. Por medio de la participación se hace a alguien responsable de un hecho típicamente antijurídico y por esto es necesario tener una limitación que resulta de la necesidad de que la criminalidad del acto sea abarcada por la culpa del actor, cada cual es responsable por lo que ha hecho culpablemente y nada más que por eso, en razón de eso el exceso del autor no se traslada ni al instigador que indujo a cometer el crimen menos grave, ni al cómplice que creyó colaborar en un delito menos punible que el realizado por el autor, esto es la aplicación del principio de culpabilidad ya que no es factible el reproche del exceso ajeno. (esto se repetirá en otros sujetos, por lo cual pongo en este tipo de letra para facilitar su salteo)
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