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CASO PENAL


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2018  •  Ensayo  •  1.680 Palabras (7 Páginas)  •  188 Visitas

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, NARCOACTIVIDAD Y DELITOS CONTRA EL AMBIENTE DE MALACATAN, SAN MARCOS

El Ministerio Público través de las suscritas Agentes Fiscales, señalo como lugar para recibir notificaciones, la quinta calle siete guion treinta y uno, Edificio Windsor, zona uno del municipio de Malacatán, departamento de San Marcos, respetuosamente comparecemos u;

EXPONEMOS

Actuó en la calidad antes referida y a través del presente memorial comparezco a formular solicitud de acusación y Apertura a Juicio en contra de Gerson Natanael Isidro Cinto por el delito de Robo Agravado en agravio de Celso Ronel Cardona Aguilar y Promoción y Fomento en agravio de la Sociedad, exponiendo para el efecto los siguientes:

HECHOS

  1. DATOS QUE SIRVEN PARA IDENTIFICAR O INDIVIDUALIZAR AL IMPUTADO Y EL NOMBRE DE SU DEFENSOR:

Gerson Natanel Isidro Cinto de 24 años, soltero, agricultor, originario y residente en Aldea el Amparo del municipio de El Tumbador Departamento de San Marcos, Hijo de Arnulfo Isidrto Matias y Adela Cinto Hernández. Nació el 10 de marzo de 1992 en Aldea el Amparo del municipio de El tumbador departamento de San Marcos. Reside en Aldea el Amparo de El tumbador, San Marcos, Se identifica con el documento personal de identificación 2102-45387-1213 extendida por el registro nacional de las personas. Actualmente se encuentra en Prisión Preventiva.

Su Abogado Defensor es el Licenciado Jorge Leonel Juárez Palacios del Instituto de la Defensa Pública Penal quienes señalan lugar para recibir citaciones y notificaciones la dirección ampliamente conocidas por este juzgado.

  1. RELACIÓN CLARA, PRECISA Y CIRCUSNTANCIADA DEL HECHO PUNIBLE QUE SE LE ATRIBUYE Y SU CALIFICACIÓN JURÍDICA:

IMPUTACION QUE POR EL DELITO DE ROBO AGRAVIADO SE FORMULA CONTRA GERSON NATANEL ISIDRO CINTO

Usted, Gerson Natanael Isidro Cinto el veintinueve de mayo del año dos mil dieciséis siendo aproximadamente las doce horas con veinte minutos se acercio al señor Celso Ronel Cardona Aguilar quien se encontraba sentado en la banqueta frente a las antiguas instalaciones de la Municipalidad de El Tumbador del departamento de San Marcos y le puso un cuchillo a la altura de las costillas lado derecho, indicándole que le entregara todo el dinero que llevaba y de no hacerlo lo eliminaría físicamente, optando dicho señor por entregarle la cantidad de cien quetzales consistentes en cuatro billetes de la denominación de veinte quetzales y dos billetes de la denomación  de diez quetzales, luego de cometido el hecho, usted se dio a la fuga dirigiéndose sobre la calle principal del Barrio Los Tres Reyes, por lo que el agraviado de inmediato se dirigio a la subestación de la Policia Nacional Civil que se encuentra a pocos metros del lugar ya referido a solicitar auxilio, saliendo en ese preciso momento los agentes de Policia Nacional Civil Rudy Ediberto Escobar Pérez y Kevin Aramis Cardona Cardona en compañía del agraviado, dándole alcance a usted frente a la Agencia Banca Agromercantil que se ubica en la calle principal del Barrio Los Tres Reyes del Municipio de El Tumbador departamento de San Marcos, por lo que usted al notar la presencia policial y al agraviado intentó darse a la fuga, por lo que el agente Kevin Cardona lo sujetó mientras el agente Rudy Escobar le hizo un registro superficial en sus prendas de vestir encontrándole en la bolsa delantera de su pantalón lado derecho la cantidad de cien quetzales, dinero que momentos antes había despojado al agraviado bajo amenzas de muerte y violencia física a través de un cuchillo. Por lo que su conducta encuadra en el delito de Robo Agravado contenido en el artículo 252 numeral 3 del Código Penal

IMPUTACION QUE POR EL DELITO DE PROMOCION Y FOMENTO SE FORMULA CONTRA GERSON ANTANEL ISIDRO CINTO

Usted, Gerson Natanael Isidro Cinto el veintinueve de mayo del año dos mil dieciséis siendo aproximadamente las doce horas con veinte minutos se acerco al señor Celso Ronel Cardona Aguilar quien se encontraba sentado en la banqueta frente a las antiguas instalaciones de la Municipalidad de El tumbador del departamento de San Marcos y le puso un cuchillo a la altura de las costillas lado derecho, indicándole que le entregara todo el dinero que llevaba y de no hacerlo lo eliminaría físicamente, optando dicho señor por entregarle la cantidad de cien quetzales consistentes en cuatro billetes de la denominación de veinte quetzales y dos billetes de la denominación de diez quetzales, luego de cometido el hecho, usted se dio a a la fuga dirigiéndose sobre la calle principal del Barrio los Tres Reyes, por lo que el agraviado de inmediato se dirigió a la subestación de la Policía Nacional Civil que se encuentra a pocos metros del lugar ya referido a solicitar auxilio, saliendo en ese preciso momento los agentes de Policía Nacional Civil Rudy Ediberto Escobar Pérez y Kevin Aramis Cardona Cardona en compañía del agraviado, dándole alcance a usted frente a la Agencia Bancaria Agromercantil que se ubica en la calle principal del Barrio Los Tres Reyes del Municipio de El Tumbador departamento de San Marcos, por lo que usted al notar la presencia policial y al agraviado intentó darse a la fuga, por lo que el agente Kevin Cardona lo sujetó mientras el agente Rudy Escobar le hizo un registro superficial en sus prendas de vestir encontrándole en la bolsa delantera de su pantalón lado derecho la cantidad de cien quetzales, dinero que momentos antes había despojado al agraviado bajo amenazas de muerte y violencia física a través  de un cuchillo. Asimismo, usted llevaba en su hombro lado izquierdo un bolso de tela, color negro, café y blanco a cuadros y al realizarle un registro el agente Rudy Escobar encontró en su interior nueve envoltorios de papel periódico contenido cada uno hierba seca posiblemente de la droga denominada Marihuana con un peso aproximado de media onza cada envoltorio de papel periódico conteniendo hierba seca posiblemente marihuana con peso aproximado de media libra, así como un cuchillo color plateado con mango de plástico color negro quebrado, con una hoja de once centímetros de largo, motivo por el cual usted fue aprehendido. Y, según Acta de audiencia en calidad de anticipo de prueba,  de reconocimiento judicial, análisis e incineración número 899-2016 del 27  de junio de 2016 signada por la licenciada Veronica del Rosario Letona Morataya, Jueza del Juzgado de Primera Instancia Penal de Narcoactividad para Incineraciones de la República de Guatemala, estableciéndose que una vez practicada la diligencia judicial y según punto tercero de la citada acta “el material vegetal, que fue entregado para su análisis tiene un peso neto de 92 gramos, asi mismo depues de relizarle la prueba botánica y pruebas quimicas las mismas dan como resultado positivo para marihuana, por lo anterior se concluye que el material vegetal es Marihuana.

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