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Codigo Laboral


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2012  •  2.491 Palabras (10 Páginas)  •  515 Visitas

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UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS

Legislación Laboral

Alexis Vásquez Muskus

Juan Pablo Ramírez Leguizamón

Cuarto semestre

Administración Financiera

APLICACIÓN DEL CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

La organización de entidades y empresas se basan fundamentalmente en categorías como la justicia y la equidad, las cuales entran a determinar las relaciones de trabajo en el proceso contractual para garantizar procesos armónicos, equilibrados, justos, para evitar la vulnerabilidad de una serie de derechos que gozan los trabajadores.

Para tales efectos, se cuenta con la supervisión precisa de las autoridades administrativas, las cuales ejercen control y vigilancia, entrando a desarrollar funciones específicas dentro de la dinámica organizacional.

Las normas del código sustantivo del trabajo tienen un radio de aplicación a todos los trabajadores y contratos que entran en vigencia regulados por la función de supervisión desarrollada por las autoridades administrativas.

El Estado cumple una función esencial en la producción de normas laborales que garanticen la equidad en los procesos de contratación, relación laboral y garantías generadas por estos procesos, desde la perspectiva reguladora que ejerce la Constitución Política y las leyes.

Si nos remitimos al título preliminar del Código Sustantivo de Trabajo, se puede encontrar:

La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.

(Código Sustantivo del Trabajo, Art. 1. Objeto).

El presente Código rige en todo el territorio de la República para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad.

(Código sustantivo del trabajo, Art. 2. Aplicación territorial).

En el análisis de estos artículos se puede observar en forma clara cuál es el espíritu que fundamenta al Código Sustantivo del trabajo, en el se plantea la forma en que se deben establecer las relaciones contractuales en el acuerdo mutuo entre empleador y empleado y que son legisladas por los entes de control y supervisión, sustentados en una normatividad vigente.

Se aprecia también como el elemento ético incide directamente en este tipo de relación, las cuales deben proporcionar la satisfacción plena del trabajador para que sus derechos no sean vulnerados y que su trabajo aporte decididamente a su crecimiento como persona humana.

El código en su artículo 2 determina su ámbito de aplicación contextual, especificando su función a nivel público y muy especialmente a nivel privado donde las condiciones laborales puedan variar, necesitando por ello una normatividad clara y explícita que no permita una explotación a la contratación laboral y que permita generar espacios para una equidad y justicia total.

El Código sustantivo del trabajo aplica para cualquier tipo de actividad humana bien sea material o intelectual, en este sentido se garantiza el derecho laboral del trabajador para lo cual lo único que se debe tener en cuenta es la operacionalización de un contrato laboral que condiciona en forma recíproca las relaciones entre empleadores y empleados.

Así lo consagra el artículo 5 del código cuando señala que: “ El trabajo que regula este Código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.

El trabajo se considera como una obligación de todo ciudadano en edad para realizarlo pues de esta manera se contribuye al desarrollo social, económico y político de un país. De igual forma la constitución política establece la necesidad de trabajar para obtener el desarrollo sostenible de las poblaciones.

En este orden de ideas es necesario precisar que aunque el Código Sustantivo plantea la obligatoriedad del trabajo, el Estado no asume y expresa políticas efectivas para que constituya en un derecho al cual puedan todas las personas acceder en forma justa y equitativa.

El rótulo a secas del artículo 7 del código sustantivo del trabajo, muestra escisiones en el sentido que mira tangencialmente la aplicabilidad del mismo en materia laboral.

Si hace una interpretación más a fondo se puede asumir la idea de la parcialidad de una norma que debe fomentar una relación plena ante la actividad laboral, pero no se encuentra un sustento real ni en la constitución política que induzca a pensar en la garantía de esta actividad, para consagrarla como derecho.

Subraya el artículo 8 del Código sustantivo del trabajo que “nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley”.

En este orden de ideas, la filosofía del código sustantivo explicita la posibilidad de dar garantía a cualquiera persona que reúna las condiciones necesarias para acceder al mundo laboral. No existen fronteras, restricciones para acceder al trabajo cuando los presupuestos indispensables garantizar la presunción de poder ejercerlos. Le toca a los entes de control simplemente realizar evaluaciones y seguimientos para que se den con equidad los procesos contractuales.

El Código sustantivo del trabajo interioriza algunas normas de la Constitución política de Colombia y asimismo trata de mostrar dentro de su filosofía la necesidad que tienen las personas a que su estabilidad y protección laboral sean plenamente garantizadas y se le brinden garantías necesarias para desarrollar sin presión las funciones inherentes.

En el sector privado muchas veces se da la tendencia a vulnerar los procesos de protección del trabajador, pero es ahí donde los principios constitucionales entran a reforzar los derechos de los trabajadores como también a dinamizar los procesos de estabilidad y mejora continua.

La Constitución Política de Colombia fundamenta y da sentido al código sustantivo en el proceso de protección del trabajo, cuando plantea que al trabajador se le

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