Compendio De Derecho Laboral
Enviado por RosanaA • 26 de Octubre de 2014 • 6.679 Palabras (27 Páginas) • 208 Visitas
1.- Concepto de derecho:
El derecho es un conjunto de disposiciones jurídicas que tienen por objeto la regulación de la vida en todas sus formas.
2.- Clasificación del derecho:
Tradicionalmente el derecho se divide en D. público n D. privado.
D. Público: Es la rama del derecho que se ocupa de los intereses colectivos.
Según el campo en que se manifieste se subdivide en:
D. Constitucional: Trata de la actividad del estado.
D. Administrativo: Canaliza la función de administración y las relaciones de esta con los administrados.
D. Fiscal: Ingreso, gestión y gasto de los materiales del estado.
D. Penal: Delitos y faltas.
D. Procesal: Mecánica de los juicios.
D. Internacional publico: Conflictos entre estados.
D. Privado: Es la rama del derecho que se ocupa de los intereses particulares.
Según el campo en que se manifieste se subdivide en:
D. Civil: Persona y familia.
D. laboral o de trabajo: Relación jurídica entre empresario y trabajador.
D. Mercantil: Regular el comercio.
D. Internacional privado: Conflictos entre personas de diferentes estados.
3.- El derecho laboral:
En sentido subjetivo el derecho laboral es: Es la norma que regula la relación de trabajo y el funcionamiento de las instituciones que intervienen en este ámbito.
En sentido objetivo el derecho laboral es: Es el coordinador de la relación entre trabajador y empresario, así como la de estos con los poderes públicos.
Características:
Es coordinador: pretende coordinar intereses enfrentados (clases sociales).
Es evolucionista: Debe adaptarse a los cambios sociales.
Es irrenunciable: Normas de obligado cumplimiento.
Es innovador: Nuevas procedimientos de contratación individual y colectiva.
4.- El trabajo:
El trabajo se entiende como una actividad creadora de la persona y tiene por objeto la satisfacción de sus necesidades materiales y espirituales, al tiempo que contribuye al proceso productivo.
Aspectos básicos del trabajo:
Es humano: Es una manifestación racional de la persona.
Es social: Favorece las relaciones sociales.
Es económico: Es creación de riqueza, contribuye al bienestar social.
Es jurídico: A fin de evitar abusos y especulaciones.
Clases de trabajo:
T.Productivo y T.No productivo: Uno satisface necesidades, el otro solo a la persona que lo hace
T.Subordinado y T.Independiente: Uno tiene jerarquía, el otro no.
T:Actividad y T.Resultado: Uno es un servicio, el otro un bien material.
T.Por cuenta propia y T.Por cuenta ajena: El titular del fruto del trabajo es la misma persona. No cobra.
T.Deber y T.Derecho: Art 32 Cont Esp: Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo.
La Jurisdicción.
Es la función de juzgar por medio del proceso.
Características:
Se trata de una actividad monopolizada por el estado. (Poder judicial).
Es realizada por órganos especiales. (Juzgados y tribunales).
Se desarrolla a través del proceso. Jurisdicción = proceso.
La jurisdicción laboral:
Es el órgano del estado instituido para el conocimiento y resolución de los conflictos laborales.
Competencias:
Conflictos individuales entre trabajadores y empresarios, como consecuencia de la aplicación del contrato de trabajo.
Conflictos colectivos. Pleitos entre sindicatos (representantes de los trabajadores) y empresas.
Control de la legalidad de los contratos de trabajo y convenios colectivos.
Los pleitos sobre seguridad social.
Reclamaciones planteadas contra el estado, cuando este es responsable de los salarios de tramitación, en los procesos por despido declarados improcedentes.
S.Tramitación: Son aquellos salarios pendientes de cobro superiores a los 60 días desde la presentación de la demanda hasta la fecha de la sentencia ( Readmisión o Indemnización).
Esta estructurada:
Juzgados de lo social: En cada provincia. "En la capital" uno o más.
Sala del tribunal superior de justicia: Cada comunidad autónoma. Recursos de juzgados de lo social
Sala de lo social de la audiencia nacional: Madrid, ejerce sobre todo el territorio.
Sala de lo social del tribunal supremo: Recursos y supuestos extraordinarios.
3.- Organismos laborales:
Los ministerios.
Órganos centrales:
Ministro: Es el ultimo recurso.
Secretarios de trabajo: ente ministro y subsecretarios. No M de Tra y Seg Soc.
Subsecretarios: La segunda autoridad.
Secretarios generales técnicos: Funciones administrativas: estudiar y asesorar.
Directores generales: Asesores del ministro. Jefes de sectores del ministerio.
Órganos periféricos: Direcciones provinciales: Competencias no transferidas (extranger)
El ministerio de trabajo y seguridad social:
Es el órgano de la administración central encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del gobierno sobre política laboral, de empleo, seguridad social y asistencia social.
Desarrolla sus funciones a través de :
Subsecretaria de trabajo y seguridad social.
Subsecretaria General de empleo y relaciones laborales.
Subsecretaria general para la seguridad social.
4.- Leyes laborales existentes en España:
Estatuto de los trabajadores.
Ley general de la seguridad social.
Ley del procedimiento laboral.
El estatuto de los trabajadores es la norma que estudia exhaustivamente el contrato de trabajo individual y sus derivaciones, así como amplios aspectos de las relaciones colectivas.
La ley general de la seguridad social es un conjunto de reglas jurídicas encaminadas a cubrir el riesgo (dejar de trabajar) del trabajador.
La ley de procedimiento laboral señala la mecánica procedimental que se debe seguir en los procesos, desde
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