Contrato de compraventa.
Enviado por Stephanie Perez • 21 de Febrero de 2017 • Trabajo • 936 Palabras (4 Páginas) • 115 Visitas
Numero uno en la ciudad de Guatemala, el tres de febrero de dos mil nueve ante mi Jennifer Judith Pérez González notario, comparecen: por una parte la señora maría García López de cuarenta años de edad, casada, guatemalteca, estudiante y de este domicilio, quién se identifica con la cédula de vecindad con número de orden e guión cinco y de registro diecinueve mil extendida por el alcalde municipal del municipio de tiquisate, departamento de Escuintla; y por la otra parte el señor Pedro Pérez y Pérez, de veintinueve años de edad, casado, guatemalteco, agricultor, de este domicilio, quien se identifica con la cédula de vecindad con numero de orden a guión uno y de registro cincuenta y un mil extendida por el alcalde municipal del municipio de villa nueva, departamento de Guatemala. los comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles, y que por el presente instrumento celebran CONTRATO DE COMPRA VENTA DE MOTOCICLETA POR ABONOS Y CON PACTO DE RESERVA DE DOMINIO, contenido en las cláusulas siguientes: PRIMERA: declara la señora María García López bajo juramento de ley, y advertido de las penas relativas al delito de perjurio, que es propietaria del vehículo tipo motocicleta con los datos que a continuación se detallan: uso particular, tipo motocicleta, marca Yamaha, línea o estilo doscientos cincuenta, serie seis g cuatro l treinta veintisiete ochenta y dos modelo mil novecientos ochenta y uno, motor número x sesenta y seis cero setenta y cuatro x chasis número ciento sesenta y seis yml centímetros cúbicos doscientos cincuenta, cilindros uno, asientos dos, ejes dos, accionado por gasolina, color rojo con negro, con placas de circulación número cincuenta y uno fgv SEGUNDA: expone la señora María García López que por el precio de treinta mil quetzales que le serán pagados en el plazo y estipulaciones que se indican más adelante, vende la motocicleta identificada en la cláusula primera de este instrumento al señor Pedro Pérez Y Pérez en la presente venta, se incluye todo cuanto de hecho y por derecho que le corresponde al vehículo objeto del presente contrato. TERCERA: que por advertencia del infrascrito notario el vendedor manifiesta en forma expresa que sobre el vehículo automotor que hoy se enajena no pesan gravámenes, anotaciones o limitaciones que puedan afectar los derechos del comprador y que está enterado de los alcances legales de esta declaración. CUARTA: manifiesta la señora María García López que la motocicleta que hoy vende será pagado de conformidad con las siguientes estipulaciones: con un enganche de quince mil quetzales que tiene recibidos a su entera satisfacción del señor Pedro Pérez Y Pérez quedando un saldo pendiente de quince mil quetzales que serán pagados en un plazo de seis meses, a partir de la presente fecha, que cancelará en los primeros cinco días de cada mes. FORMA DE PAGO: mediante abonos mensuales y consecutivos de mil quetzales y así sucesivamente cada cinco días de cada mes, que serán hechos efectivos en la residencia del vendedor, ubicada en la, tercera calle de la zona veintiuno del municipio de villa nueva, del departamento de Guatemala, sin necesidad de cobro o requerimiento alguno hasta la total cancelación del saldo, interés: el capital adeudado no devengará intereses. Constitución del pacto de reserva de dominio: como consecuencia el señor Pedro Pérez Y Pérez solo adquiere la posesión y el uso del vehículo automotor mientras no haya cancelado totalmente el precio, quedándole prohibido enajenar o gravar su derecho. incumplimiento: la falta de pago de dos meses en forma consecutivos en las fechas y estipulaciones convenidas o la violación del pacto de reserva de dominio, faculta a la señora María García López, alternativamente: a) tener por resuelto el contrato y exigir la entrega del vehículo automotor o en su caso solicitar el secuestro del mismo, pudiendo ser extraído del lugar donde se encuentre y de quién lo tenga en su poder, quedando a favor del vendedor la parte del precio pagado en concepto de indemnización por el uso y depreciación: b) dar por vencido el plazo y a demandar el pago del saldo y costas procesales, quién renuncia al fuero de su domicilio y se somete a los tribunales que elija el vendedor y señalando lugar para recibir notificaciones su residencia ubicada en la tercera calle zona veintiuno de este departamento. QUINTA: que en términos relacionados el señor Pedro Pérez y Pérez acepta la venta que se le hace de la motocicleta por abonos y con pacto de reserva de dominio, y que se reconoce deudor de la señora María García López por la cantidad de treinta mil quetzales que pagará conforme las estipulaciones señaladas en las cláusulas anteriores. SEXTA: los otorgantes aceptan el contenido del presente contrato. yo el notario doy fe: a) que todo lo escrito me fue expuesto; b) que tuve a la vista las cédulas de vecindad relacionadas de los otorgantes, asimismo la tarjeta de circulación del vehículo relacionado; c) que advierto a los otorgantes los efectos legales del presente contrato y de la obligación del pago de los impuestos correspondientes que gravan el presente contrato; d) leo lo escrito a los otorgantes quienes bien enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo ratifican, aceptan y firman.
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