Contratos De Trabajo
Enviado por SandraGerena • 12 de Agosto de 2013 • 1.110 Palabras (5 Páginas) • 267 Visitas
LOS CONTRATOS DE TRABAJO
Los contratos de trabajo pueden celebrarse tanto por escrito como de forma oral, entendiéndose que habrá contrato de trabajo cuando exista un acuerdo entre trabajador y empresario por el que se presten unos servicios bajo la dirección y organización de éste a cambio de una retribución económica.
En el contrato de trabajo celebrado por escrito, deberán constar los siguientes apartados:
• Los datos de la Empresa y del trabajador.
• La fecha en la que se iniciará la relación laboral y su duración.
• El tipo de contrato que se celebra.
• El objeto del mismo, esto es, las funciones (categoría profesional) que va a desempeñar el trabajador en la Empresa.
• Las condiciones en las que se va a prestar el servicio tales como el lugar (centro de trabajo), los días de la semana, el horario.
• El periodo de prueba.
• La duración de las vacaciones.
• La remuneración.
• El convenio colectivo aplicable.
• El contrato debe ser firmado por ambas partes.
TIPOS DE CONTRATOS LABORALES
• CONTRATOS CTA: El artículo 1 del Decreto 468/90 define estas cooperativas como empresas asociativas sin ánimo de lucro que vinculan el trabajo personal de sus asociados y sus aportes económicos para la producción de bienes, ejecución de obras o la prestación de servicios, debiendo por lo tanto participar activamente en las decisiones de la empresa, las cooperativas de trabajo asociado no pueden ser utilizadas como empresas de servicios temporales para lograr beneficios tributarios en beneficio de terceros, pues las CTA están exentas del impuesto de renta y complementarios, si se cumple con lo establecido en los artículos 19 y 358 del Estatuto Tributario, de lo contrario, deberán pagar impuesto con tarifa del 20% por pertenecer al régimen tributario especial.
• LAS EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES: según el articulo 71 de la Ley 50/90, es aquella que contrata la prestación de servicios con terceros beneficiarios para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, mediante la labor desarrollada por personas naturales, contratadas directamente por la empresa de servicios temporales, la cual tiene con respecto de éstas el carácter de empleador, sin que el trabajador o empleado en misión participe en la gestión de la empresa usuaria.
• OBRA O LABOR DETERMINADA: es aquel tipo de contracto que se mantiene mientras dure la tarea encomendada. Otorga libertad a las partes en la medida que son ellas las que establecen el tiempo en el que se extiende la realización. Es ampliamente utilizada en empresas dedicadas a la construcción o actividades sujetas a contratos especiales con terceros que exigen incremento de personal únicamente para una obra concreta y en proporción al avance de la misma. Su celebración puede darse, respecto de su forma, de manera verbal o escrita y no tiene límite temporal. Asimismo, como su extensión es indeterminada, no exige preaviso para su finalización. En ese sentido, una vez termina la obra es necesario suscribir un nuevo contrato si se pretende mantener la relación laboral.
• CONTRATO A TÉRMINO FIJO: por mandato legal, necesariamente debe constar por escrito. El límite temporal impuesto para este forma de vinculación es de tres años. Sin embargo, puede ser prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo pactado es inferior a un año. Esa restricción establece un límite máximo de hasta tres prórrogas de la misma duración. Cumplido ese plazo la empresa que desee
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