Cuaderno 3 Procedimiento Administrativo De Ejecución
Enviado por palmasunidas • 26 de Noviembre de 2014 • 1.362 Palabras (6 Páginas) • 439 Visitas
La finalidad de este cuaderno es que identifique el procedimiento administrativo de ejecución, sus formalidades y fundamentos, tomando en cuenta lo estudiado a lo largo de la unidad. Tome en consideración lo estudiado a lo largo de la unidad.
Instrucciones: Lea con atención y responda lo que se le solicite fundamentando su respuesta.
1. Después de haber llevado a cabo una visita domiciliaria con fecha 3 de junio de 2011, la Administración Local de Auditoría del Sur del Distrito Federal, dependiente del Servicio de Administración Tributaria, notificó a la empresa Tecnologías de la Globalización, S.A. de C.V., la liquidación correspondiente por concepto del impuesto sobre la renta por el ejercicio de 2009 en los siguientes términos:
Impuesto sobre la renta.
De las personas morales.
Ejercicio sujeto a revisión del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009.
Concepto Importe
Impuesto sobre la renta actualizado 2’511,765.61
Recargos 425,744.27
Multa 1’292,665.00
Total a pagar 4’230,174.88
a. ¿A partir de qué momento la autoridad exigirá el pago del crédito?
b. Una vez que el crédito es exigible, la autoridad requerirá de pago al deudor, y si no ha pagado el crédito, ¿cómo procederá la autoridad fiscalizadora?
c. Si el representante legal de la empresa determina garantizar a través del embargo en la vía administrativa, ¿cuál es el orden de los bienes sobre los cuales se deberá hacer el embargo?
d. En el caso concreto, el representante legal de la empresa determinó señalar como bien susceptible de embargo, un inmueble ubicado en la ciudad de Tijuana, Baja California. Ante esta situación, en términos del artículo 155 del Código Fiscal de la Federación, ¿cuál debe ser la actuación del ejecutor?
2. Lea con detenimiento la convocatoria a remate que se encuentra a continuación y responda lo que se le solicita.
Administración General de Recaudación.
Administración Central de Cobro Coactivo.
Administración Local de Recaudación de Puerto Vallarta.
CONVOCATORIA DE REMATE
Esta Administración Local de Recaudación de Puerto Vallarta con sede en Puerto Vallarta, en el Estado de Jalisco, fundamento en lo dispuesto por los artículos 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183; artículos 1, 2, 3, 4, 7 párrafo primero, fracciones I, IV, VII, y XVIII, 8 párrafo primero, fracción III, Primero, Segundo, Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, vigente a partir del 1 de julio de 1997 y modificada mediante decretos publicados en el mismo órgano oficial de difusión el 4 de enero de 1999, 12 de junio de 2003, 6 de mayo de 2009 y 9 de abril de 2012, vigentes a partir del día siguiente al de su publicación; artículos 1, 2 párrafo primero, apartado C, fracción II, 10 párrafo primero, fracción I, en relación con el artículo 9, párrafo primero, fracción X y último párrafo, artículo 27, párrafos primero y segundo, en relación con el 25, párrafo primero, fracciones III, IV, V, segundo párrafo y tercer párrafo, numeral 7 y último párrafo, artículo 37, párrafo primero, Apartado A, fracción XXVI, en lo relativo a la Administración Local de Recaudación de Puerto Vallarta, con sede en Puerto Vallarta, en el Estado de Jalisco y último párrafo, Primero y Segundo Transitorios todos del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, emitido mediante “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, que inició su vigencia en un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, esto es, el 23 de diciembre de 2007 y modificado mediante “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2010, en vigor a partir del día siguiente al de su publicación, esto es, el 30 abril de 2010 y 15 de diciembre de 2011, de conformidad con lo dispuesto por los artículos Primero y Segundo Transitorios del citado Decreto; “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior
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