DELITO CONTRA LA FE PUBLICA.
Enviado por maritoo • 16 de Febrero de 2017 • Ensayo • 1.527 Palabras (7 Páginas) • 293 Visitas
CASO :
A.F.F. :
ESCRITO : 01
SUMILLA : DENUNCIA POR DELITO CONTRA LA FE PUBLICA
SEÑOR DOCTOR:
FISCAL DE LA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE TURNO DE TUMBES
ELIZABETH DEL ROSARIO FERNANDEZ PORTOCARRERO, identificado con DNI N° 43800722, con domicilio real en la calle Diego de Almagro N° 161 – Barrio Buenos Aires, del Distrito, Provincia y Departamento de Tumbes, con domicilio procesal en Jr. Los Andes N° 111 – Cercado de Tumbes y con casilla electrónica N° 54019, en la investigación que solicito se inicie a JESÚS MADELEINE OLAYA RUEDA, ALAN JASMANY SANJINEZ RAMIREZ Y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES, por el presunto delito contra la FE PÚBLICA; ante usted digo:
I.- PETITORIO:
Que, recurro a su despacho a efectos de interponer denuncia penal contra ALAN JASMANY SANJINEZ RAMIREZ, JESÚS MADELEINE OLAYA RUEDA Y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES, solicitando se disponga la apertura de diligencias preliminares, y estando realizadas estas, se proceda a formalizar la investigación preparatoria y en su oportunidad emitir requerimiento acusatorio, ello conforme a los fundamentos de hecho y derecho que expongo:
II.- DATOS PERSONALES DE LOS DENUNCIADOS:
La presente denuncia la dirijo contra ALAN JASMANY SANJINEZ RAMIREZ y JESÚS MADELEINE OLAYA RUEDA, ambos domiciliados en la calle ANDRES RAZURI S/N, DEL DISTRITO DE SAN JACINTO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TUMBES. REF. CERCA AL JARDIN N° 007.
III.- FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO.- Que, con fecha 25 de setiembre de 2013 di a luz a mi menor hija en la Ciudad de Sullana – Piura, esto es, en casa de la señora Virginia Eche Ortiz quien se dedica al oficio de partera desde hace muchos años en su domicilio ubicado en Calle Bernal N° 280 – Bellavista – Sullana, siendo atendida por la mencionada persona y mi Carida Portocarrero Lalupu.
SEGUNDO.- Que, estando en la Ciudad de Tumbes y teniendo aproximadamente 1 año de edad mi menor hija y sin haber podido registrarla, ello debido a que no contaba con el Certificado de Nacido Vivo por cuanto como lo tengo indicado, mi menor hija fue dada a luz en la casa de una partera, la recurrente decidió en dar a cuidado a la Sra. JESÚS MADELEINE OLAYA RUEDA, a quien conoció en la beneficencia pública de tumbes en donde ella trabajaba allí y entablaron una amistad. Que en una oportunidad le comento que iba a viajar a Arequipa (diciembre de 2014) y ella se ofreció a cuidarla, siendo que confió en ella y se la entregó en su centro laboral en la Beneficencia, y en donde ese mismo día se fueron en el carro del esposo de la denunciada a la casa de su mamá y le entregue dinero, ropa, pañales, leche, biberón y otras cosas para su menor hija.
TERCERO.- Que asimismo debo precisar que la recurrente estuvo por Arequipa por el periodo de dos meses y constantemente llamaba a la denunciada para preguntar por su hija y esta le decía que su hija se encontraba bien. En otro momento la recurrente le pide de favor a su mamá para que vaya a reclamar a su menor hija y en donde le decían que tenía que venir la madre de la menor, propinándole insultos y sacándole en cara que no le llevan alimentos y otras cosas.
CUARTO.- Es por ello que el mes de febrero del 2015 la recurrente regresa de viaje y fue a buscar a la denunciada a su centro de trabajo y le informaron que ya no trabajaba en dicha Institución, entonces recurrió a buscarla a su casa y hablo con ella para que entregue a su menor hija, quien le dijo que regresara otro día, porque se encontraba ocupada porque su hijo ALAIN SMITH MERINO FERNADEZ estaba un poco delicado de salud, es por ello que regreso a los cuatro días posteriores para recoger a su menor hija, y en donde salió la hermana de la denunciada y le puso pretextos para no entregar a la menor, diciéndole que ella ya no era su hija porque ella se la entregó en adopción a su hermana.
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