DERECHO DEL TRABAJO - HUELGA
Enviado por Ausencio Catalán • 13 de Agosto de 2017 • Apuntes • 1.621 Palabras (7 Páginas) • 190 Visitas
PROCEDIMIENTO DE LA HUELGA
Cómo en todo proceso administrativo, legal o dela vida cotidiana se debe llevar un proceso para la realización de una actividad o simplemente de algún trabajo o tarea; en el caso de la huelga es necesario llevar a cabo dicho proceso, ya que, si no se realizara de esta manera, no podría considerarse como huelga, y ¿porqué digo esto?
Antes déjenme mencionar que un partido de ajedrez deja de serlo cuando no se mueven las piezas correctamente, es decir, para determinar que se está jugando ajedrez, se debe seguir el siguiente procedimiento: primero mueven las blancas y después las negras, de igual modo, solo se deben mover las piezas que tengan esa posibilidad, como los peones, o los caballos, siendo esos los únicos en poder iniciar una partida, pero si en vez de ello, primero se mueve al rey o la reina, ya deja de ser ajedrez, porque no se están siguiendo las reglas ni el procedimiento adecuado para jugar, lo cual complica todo y vuelve a esto en otro juego, al igual que en las cartas, para jugar brisca, las cartas con un número mayor valen más, pero en conquián, los Ases que tienen el numero 1 son los más valiosos, es decir, dependiendo de lo que queramos hacer es como debemos tomar el valor de algo, o como debemos llevar a cabo dicho procedimiento.
Ahora bien, en el caso de las Huelgas hechas por los trabajadores inconformes a las condiciones o tratos por parte del patrón, también se debe seguir un procedimiento que para simplificarlo podemos identificar en tres tiempos, dichos momentos son los siguientes:
- GESTACIÓN
Esta primera etapa o momento en el tiempo, corresponde al instante o momento en el que dos trabajares o más se ponen de acuerdo, en que algo está mal, puede ser en el ámbito laboral o personal, es decir, por exceso de trabajo, o malos tratos por parte del patrón, por lo cual estos trabajadores comienzan a discutir sobre dichas situaciones y en conjunto acuerdas llevar a cabo una solución o queja para dicho problema.
Para ello se da un comunicado de manera interna entre los trabajadores que también estén inconformes con las condiciones de trabajo, o que simplemente estén de acuerdo con sus compañeros en algunos ámbitos, esto con el fin de reunir una especie de peticiones y reclamos, que se le darán al patrón o persona responsable del lugar de trabajo, pero hay que tomar en cuenta dos aspectos sumamente importante, y e que en esta etapa se debe elaborar un escrito en el cuál aparte de las peticiones se estipule que se ha acordado de libre voluntad que si no se satisfacen dichas peticiones se tiene la intención de iniciar una huelga.
En pocas palabras, en esta etapa se dan todos los preparativos para en caso de insatisfacción ir a huelga, formando grupos y reuniones o asambleas con dicho objetivo, y como es de esperarse, estas juntas o reuniones se dan fuera del conocimiento de la Junta de Conciliación y Arbitraje e inclusive del patrón, pero siempre hay un chismoso que va corriendo de Godínez a avisarle al Patrón, para quedar como buen empleado buhhh, y es así como en muchas ocasiones, el patrón se anticipa a las huelgas, dato para los curiosos.
- PREHUELGA
Si llegamos a este punto, quiere decir que al patrón le valió Mauser lo anterior, no, no es cierto, a ver como lo explico, esta etapa da inicio una vez que se le entrega por escrito al patrón las peticiones que se mencionaron anteriormente, ya que al entregárselas se habrá concluido la Gestación, y habrá dado inicio la Prehuelga, que como su nombre lo dice, es el proceso que antecede a la huelga de verdad, y no hay que olvidar que se sigue un proceso, porque si en ese mismo momento en que entregamos al patrón el escrito y él nos dice que está de acuerdo, pues se habrá terminado el proceso ya que se van a cumplir nuestras peticiones y por lo tanto ya no existiría un motivo para la Huelga, así que un consejo, cuando el patrón o la autoridad correspondiente les ofrezca un trato, acéptenlo, porque les aseguro que fuera de eso no recibirán más, y no tendrán motivos para seguir con su huelga, pues ya se les está dando lo que piden o al menos una alternativa real para solucionar su situación, lamentablemente es así, en esta realidad.
Me olvidaba, el escrito se debe presentar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, o en su defecto, y cuando digo defecto, me refiero a que la Junta no se encuentre en el domicilio fiscal del lugar de trabajo, se podrá hacer entrega de dicho escrito a la autoridad de trabajo más próxima o a la autoridad política de mayor jerarquía del lugar y si esto último llegara a pasar, de todos modos dichas autoridades tienen 24 horas para hacerles llegar dicho documento a la Junta de Conciliación y arbitraje, el chiste es que ese documento llega hasta la Junta.
Ahora, en cuanto al patrón, las autoridades correspondientes tienen hasta 48 horas para entregarle un duplicado de dicho documento, ósea que la prioridad es la Junta de conciliación y Arbitraje claramente porque este tipo de asuntos tienen como objetivo una conciliación entre el patrón y los trabajadores.
Ahora bien, la ley protege al patrón de no sufrir embargos o secuestro (jurídicamente hablando) ya que anteriormente esto se hacía en las llamadas huelgas de protección en donde los trabajadores para asegurar sus créditos como trabajadores pues tomaban posesión de algunos bienes de la empresa, eso ya no se puede hacer, he aquí la importancia del procedimiento de una huelga, si alguien llegara hacer eso, se le castigaría como delito.
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