DERECHO NOTARIAL
Enviado por Reinitalamb • 21 de Mayo de 2015 • 1.505 Palabras (7 Páginas) • 236 Visitas
Clasificacion de los Sistemas Notariales Principales:
a. El latino conocido también como Sistema de tipo Frances o Latino Puro
b. El Sajon conocido también como Anglo-Sajon, Ingles, Subdesarrollado, de evolución frustrada y privado.
También existe otro intermedio que encontramos en algunas partes de alemania y en ciertos cantones suizos.
También es clasificado así:
- Notariado de profesionales libres: se usa en paises anglosajones pudiendo llamarse notariado libre o ingles.
- Notariado de profesionales públicos: podría denominarse notariado profesionalista tipo aleman o tipo germánico
- Notariado de profesionales- funcionarios públicos o tipo latino
- Notariado de funcionarios judiciales o Judicial adscrito a los tribunales de justicia
- Notariado de funcionarios administrativos en donde se depende por completo el poder administrador
Caracteristicas dentro del sistema Latino:
- Pertenece a un colegio profesional en el caso de guste al colegio de abogados y notarios (se ejercen conjuntamente ambas profesiones)
- La responsabilidad es personal
- El ejercicio puede ser cerrado o abierto, (cerrado tiene limitaciones territoriales conocido como Notariado de Numero) En Guatemala es abierto ya que no hay limitaciones dentro del territorio nacional, se puede actuar dentro y fuera del territorio
- Incompatible con el ejercicio de cargos públicos que lleven aneja jurisdicción así también como funcionarios y empleados del OJ y OE y municipalidades q devenguen sueldo del Edo y el Presidente del OL.
- Debe ser profesional universitario
- Desempena una funcion publica
- Profesional del derecho pero algunas de sus actuaciones son las de un funcionario publico
- Existencia de un protocolo notarial
Funciones dentro del Sistema Latino:
- desempena una funcion publica
- da autenticidad a los hechos y caos ocurridos en su presencia
- recibe e interpreta la voluntad de las partes
Caracteristicas del Sistema Sajon:
- No entra a orientar sobre la redacción de los documentos no da asesoría a las partes
- Es necesaria una cultura general y algunos conocimientos legales no es obligatorio tener titulo universitario
- La autorización para su ejercicio es temporal
- Se esta obligado a prestar una fianza para garantizar la responsabilidad en el ejercicio
- No existe colegio profesional y no llevan protocolo
Principal Funcion en el Sistema Sajon:
Es la de autenticar firmas en documentos que le llevan preparados, su actividad se concreta a dar fe de la firma o firmas. Los docs son elaborados por las partes o por abogados q no tienen fe publica y requieren del notario.
Que paises utilizan el sistema latino?
86 paises (america, europa, africa y asia)
Paises que forman parte de la union internacional del notariado son:
Albania, Argelia, Alemania, Argentina, Belgica, Bolivia, Bosnia, Brasil, Bulgaria, Camerun, Chile, China, Colombia, Congo, Corea, Costa Rica, Croacia, Cuba, El salvador, Ecuador, Espana, Francia, Grecia, Guatemala, Honduras, Italia, japon, Londres, Mexico, Monaco, Mongolia, Panama, Nicaragua Paraguay, polonia, peru, puerto rico, portugal, quebec, rep dominicana rep checa, rumania, rusia, tunez, turquia, uruguay, venezuela etc…..
Paises que utilizan el sistema Sajon:
Estados Unidos excepto Louisiana, Canada, excepto Quebec, Suecia, noruega, dinamarca e inglaterra
A que sistema se le conoce como del NOTARIO-JUEZ y porque?
Al sistema de funcionarios judiciales o Germanico, ya que los notarios son magistrados y están subordinados a los tribunales. su función es de jurisdicción cerrada y obligatoria, instrumentos pertenecen al Edo y los conserva como actuaciones judiciales.
En que consta el sistema de funcionarios administrativos o estatal?
Se caracteriza por su dependencia plena del poder administrador, la función notarial es de directa relación entre el particular y el Estado. Los notarios son empleados públicos servidores de la oficina del Edo, los originales pertenecen al Edo q los conserva, TAMBIEN CONOCIDO COMO SISTEMA ESTATAL.
En Guatemala el único caso que tenemos de un NOTARIO-FUNCIONARIO PUBLICO, lo encontramos en el Escribano del Gobierno, ejerce pero no sirve a los particulares.
Que requisitos debe cumplir el notario para ejercer la profesion, para ser habil?
a. Ser guatemalteco
b. mayor de edad
c. del estado seglar (no ser ministro de ningún culto)
d. domiciliado en la república (conocido como el deber de residencia)
e. tener titulo facultativo
f. registrar en la CSJ el titulo facultativo y la firma y sello que usara con el nombre y apellidos usuales
g. ser de notoria honradez
Antes de inscribirse en la CSJ debe de estar inscrito en el Colegio de Abogados y Notarios, es decir estar colegiado.
Que son las causas de inhabilitación?
aquellas que impiden el ejercicio del notariado a una persona, este impedimento es total o absoluto para los que se encuentren en los siguientes casos:
a. A los civilmente incapaces
b. A los toxicomanos y ebrios habituales
c. A los ciegos, sordos o mudos o cualquier otro defecto físico o mental
d. a los que hubieran sido condenados por los delitos de falsedad, robo,
...