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DERECHOS COLECTIVOS. GLOSARIO


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2015  •  Trabajo  •  1.478 Palabras (6 Páginas)  •  116 Visitas

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DERECHOS COLECTIVOS. GLOSARIO

(A) Angélica Del Ángel Morales

(S) Susana Aguilar Cano.

(A)   Derechos sociales: Son todas aquellas normas contenidas dentro del ordenamiento jurídico que están encaminadas a la protección de grupos vulnerables para el mejoramiento de sus condiciones de vida y la disminución de las desigualdades sociales existentes. De igual manera constituyen un mecanismo de protección y prevención contra discriminación producto de dichas desigualdades.

 

(S) Derechos sociales.- Los Derechos sociales o mejor conocidos como los derechos de segunda generación son: la vivienda, el trabajo, la salud, la educación y las prestaciones sociales. Los derechos sociales tienen que ser entendidos como derechos plenamente exigibles ante todas las autoridades del Estado, y en todos sus niveles de gobierno.

Comentario: Los Derechos Sociales, son aquellos que se encargan de la protección de la sociedad en general, principalmente de los grupos más vulnerables, donde se busca mejorar sus condiciones de vida y disminuir no solo la desigualdad social, sino también la discriminación y el rechazo.

(A)   Derechos colectivos: A diferencia de los derechos sociales en los que el titular de tales derechos es el individuo, los derechos colectivos se caracterizan por ser otorgados a un conjunto de personas o colectivo social; estas normas tienen como finalidad el proteger tanto los intereses como la identidad de los grupos a los cuales les son otorgados y, a diferencia de los derechos individuales, se violan por omisión y no por acción.

 

(S) Derechos colectivos.- Los Derechos colectivos se refieren al derecho de los pueblos a ser protegidos de los ataques a sus intereses e identidad como grupo, son derechos humanos específicos de los cuales son titulares ciertos grupos sociales.

Comentario: Estamos de acuerdo en que este tipo de Derechos  se caracterizan por brindarse a un grupo de personas, donde se busca su protección como colectividad, su identidad como tal y sus derechos humanos. También concordamos en que este tipo de derechos son vulnerados principalmente por omisión y no por acción.

(A)   Acciones afirmativas: Son estrategias encaminadas al logro de la igualdad de un proyecto democrático de Nación. A través de estas medidas se pretende generar programas y labores compensatorias que corrijan las discriminaciones raciales, de género, de edad etc., generadas por la injusticia presente en el propio sistema social.

 

(S) Acciones afirmativas.- Es una medida encaminada a disminuir y eliminar las diferencias de trato social entre los sexos. Es una estrategia que se desarrolla para garantizar la plena incorporación de las mujeres y los hombres en el ámbito laboral y corregir las diferencias en materia de oportunidades, contratación y ocupación entre mujeres y hombres. Una acción afirmativa es de carácter temporal. Es un mecanismo que intenta revertir una discriminación existente en algún área política o procedimiento de la organización, imponiendo limitaciones y reservando espacios de acción para personas de algún sexo en específico o característica particular.

Comentario: Concordamos en que este tipo de derechos busca disminuir y eliminar las diferencias entre el trato social entre sexos, la discriminación racial, de género, de edad, laboral, de oportunidades, son de carácter temporal. Se generan principalmente por la ineficacia del sistema social, por lo que se tornan injustas, por lo que se imponen limitaciones y se reservan espacios de acción para determinadas personas con características particulares.

(A)   Discriminación positiva: Son actos que pretenden dotar de mayor apoyo a quien se encuentra en situaciones de desventaja frente al resto de la sociedad. Se consideran acciones discriminatorias pues  tienden a lograr condiciones de igualdad al dotar a grupos que han sufrido abusos de un trato preferencial en cuanto a la distribución de recursos.

 

(S) Discriminación positiva.- La discriminación positiva son medidas dirigidas a un grupo determinado, con las que se pretende suprimir y prevenir una discriminación  o compensar las desventajas resultantes de actitudes, conductas y estructuras existentes, aunque ello suponga una ventaja respecto a otro grupo social, brinda privilegios a los(las) integrantes de un grupo desfavorecido.

Comentario: Concordamos en que son acciones encaminadas al brindar apoyo a un grupo de personas en específico, buscando aliviar la discriminación de la que han sido víctimas, y lograr condiciones de vida mejores para grupos que se han enfrentado a situaciones de desventaja en relación con el resto de la sociedad, otorgándoseles ciertos privilegios que coadyuven en el mejoramiento de su modo y medio de vida.

(A)   Normas programáticas: Hacen referencia a aquellas disposiciones que pese a estar contempladas dentro de la constitución, no tienen una aplicación práctica que trasciende al plano de la realidad a menos que se creen normas de inferior jerarquía que las instrumenten y regulen.

 

(S) Normas programáticas.- Son aquellas normas constitucionales con las cuales un programa de acción es asumido por el Estado y asignado a sus órganos legislativos, de dirección política y administrativos, precisamente como un programa que a ellos le incumbe la obligación de realizar en los modos y en las formas de las respectivas actividades.

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