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Demanda De Nulidad


Enviado por   •  7 de Octubre de 2012  •  1.915 Palabras (8 Páginas)  •  861 Visitas

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ASUNTO: SE INTERPONE DEMANDA

DE NULIDAD.

H. SALA REGIONAL METROPOLITANA EN TURNO

DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL

Y ADMINISTRATIVA

P R E S E N T E.

GERARDO JAVIER EDGAR CONTRERAS CONTRERAS, Socio Administrador de la Sociedad denominada “COMPETENCIAS LABORALES OC”, S.C., personalidad que se encuentra debidamente acreditada en la Escritura Pública Número 37,644 de fecha 22 de febrero del 2007, pasada ante la fe del Notario Público Número 105 del Estado de México, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y demás documentos el ubicado en Calle San Juan número 50, Colonia Chapultepec, esta ciudad, autorizando para tales efectos a los CC. LICS. DANIEL VALLADARES ARTEAGA Y ROSA BRISEIDA HERNANDEZ LABRA, así como a los CC. PAOLA DENISSE ROMERO VALLADARES Y DANIELA VALLADARES HERNANDEZ, personalidad que habrá de ser reconocida por esa H. Autoridad en términos del artículo 5 de LA Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, respetuosamente comparezco para exponer:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y demás aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; articulo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa ocurro a demandar JUICIO DE NULIDAD, de los siguientes actos de autoridad que afectan los intereses de mi representada.

ACTO IMPUGNADO

1.- LA RESOLUCIÓN EMITIDA POR LA COMISION FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA, CON FECHA 29 DE MAYO DEL 2009 Y PUBLICÁNDOLA EL 2 DE JUNIO DEL 2009, PARA APROBAR EL ANTEPROYECTO DE REGLAS GENERALES Y CRITERIOS PARA LA INTEGRACION Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS.

2.- EL ILEGAL PROCEDIMIENTO LLEVADO A CABO PARA APROBAR EL ANTEPROYECTO DE REGLAS GENERALES Y CRITERIOS PARA LA INTEGRACION Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE COMPETENCIAS.

AUTORIDADES DEMANDADAS

1. TITULAR DE LA COMISION FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA, con domicilio legal en Blvd. Adolfo López Mateos N° 3025, piso 8, San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, C.P. 10400, México,D.F.

2. CORDINADOR GENERAL DE MEJORA REGULATORIA SECTORIAL, con domicilio legal en Blvd. Adolfo López Mateos N° 3025, piso 8, San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, C.P. 10400, México,D.F.

3. C. SECRETARIO DE EDUCACIÓN con domicilio legal en Argentina N° 18, Colonia Centro Histórico, C.P.06029 , México, D.F.

4. COMITÉ TECNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES, con domicilio en Barranca del Muerto N° 275, primer piso, Colonia San José Insurgentes, Delegación Benito Juárez, C.P. 03900, México, D.F.

5. PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, con domicilio en Palacio Nacional ubicado en Plaza de la Constitución en la Ciudad de México, Distrito Federal.

6. SECRETARIO DE GOBERNACION, con domicilio en

7. C. DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION dependiente de la Secretaría de Gobernación, con domicilio en Bucareli número 99, Colonia Juárez, Delegación Cuahuthemoc, C.P. 06600, México, Distrito Federal.

HECHOS

1.- La persona moral que represento ““COMPETENCIAS LABORALES OC”, S.C., es una sociedad civil constituida de conformidad con las leyes mexicanas según consta en la escritura pública número 37,644 de fecha 22 de febrero de 2007, otorgada ante la fe del Notario Público número 105 del Estado de México, el Lic. Conrado Zuckermann Ponce, y estar inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del estado de Morelos, bajo el folio 336, 761 de fecha 7 de junio de 2007.

2.- Que tiene por objeto social acreditar a personas morales como centros de evaluación y a personas físicas como evaluadores independientes para que lleven a cabo la evaluación y verificación interna de la competencia laboral de los individuos, así como certificar y reconocer, actuando como organismo de tercera parte y sin interés directo, a los individuos que demuestren conocimientos, habilidades y/o destrezas comprendidas en una función especifica, ya sea en una o varias unidades previstas en las normas técnicas de competencia laboral.

3.- Que con fecha 8 de junio del 2007, se acreditó a mi representada como ORGANISMO CERTIFICADOR, mediante contrato celebrado con el FIEICOMISO DENOMINADO CONSEJO NACIONAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION

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