Derecho Procesal Civil
Enviado por diiiego • 19 de Febrero de 2014 • 2.934 Palabras (12 Páginas) • 317 Visitas
ALGUNAS DEFINICIONES GENERALES:
1. PLEITO.- Es la lucha de dos o más sujetos que no solamente se va a dar en una discusión jurídica, sino también extraproceso.
2. LITIS.- Es el conflicto intersubjetivo de intereses, calificado por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia del otro.
3. EXPEDIENTE.- Viene a constituir el aspecto material del proceso y está constituido por los folios que contiene el proceso.
4. CAUSA.- Es la que da origen a los derechos patrimoniales o extramatrimoniales que se ventilan dentro de un proceso.
5. JUICIO.- Es un acto de discernir entre lo bueno y lo malo, lo verdadero y lo falso, lo justo y lo injusto, que realiza el juez en el ejercicio de su función jurisdiccional durante el proceso.
6. CONTROVERSIA.- Es le lucha de intereses privados que realizan las partes durante el curso del proceso, en una contienda judicial.
7. EL INTERÉS.- Es la posición favorable para lasatisfacción de una necesidad. El hombre satisface sus necesidades biológicas y espirituales, son los bienes. De tal manera que el hombre es el sujeto del interés y los bienes el objeto.
8.-Parte Material: es toda persona que es titular del derecho sustancial y actua en una relacion jurídica como demandante o demandado.
9.-Parte: es toda persona natural o jurídica que pide al O.J. reconocer un derecho.
10.- Parte Procesal: toda persona que compadece al proceso ejecutando sus derechos
Clases de parte que intervienen en el proceso:
a)Parte inicial
b)Parte principal y secundaria.
c)Parte necesaria y voluntaria.
d)P. Personales y concepcionales
e)P. apelante y P. apelado.
f)P. ejecutante y ejecutado.
LA PRETENSIÓN PROCESAL.- La Pretensión Procesal no es otra cosa que la manifestación de la voluntad, para lo que una persona exige algo a otra a través del Estado (sistema dispositivo).
ELEMENTOS DE LA PRETENSIÓN:
a) El petitorio: Tutela jurídica exigida ante el órgano jurisdiccional.
b) La razón de hecho: Conjunto de afirmaciones sobre hechos, situaciones y circunstancias
c) La razón de derecho: La norma jurídica en las que se amparan los hechos.
EFECTOS DE LA PRETENSIÓN: a) Fija los limites del proceso; b) Fija los límites de la cosa juzgada; c) Es útil para establecer los casos de la litispendencia (presentar una demanda por otra pero igual; entonces el demandante presenta una litispendencia para que paralice la segunda demanda).
AUXILIARES DE LA JURISDICCIÓN CIVIL: 1. El secretario de salas y juzgados; 2. LOS relatores de corte suprema y superiores; 3. Los oficiales auxiliares de justicia que están integrado por los servidores, empleados y obreros que se encuentran al servicio del poder judicial.
LA ACCION.- Es un derecho subjetivo, público, abstracto y autónomo que tiene toda persona natural y jurídica con la finalidad de recurrir al poder judicial buscando una tutela jurídica.
También podemos decir que la acción es el Poder Juridico que tienen las personas para hacer valer la pretensión procesal, por que no hay derechos sin acción ni acción sin derecho.
CLASIFICACION DE LA ACCION
. Acciones por el objeto: a)Acciones declarativas: Es la acción de un derecho; Ejm: la acción de sucesión intestada, la muerte presunta; b) Acciones constitutivas: que a su vez se subdividen c)Acciones ejecutivas d) Acciones de condena: Es el cumplimento de una obliqación. Eim: desalojo, protesto de una letra. e) Acciones cautelares
2.Acciones por el derecho que protege: a) Acciones Personalisimas b)Acciones personales: se refiere al cumplimiento de las obligaciones (Contratos) c)Acciones Patrimoniales: Recae sobre acciones reales: ejm la reivindicación (1.Acciones mobiliarias: Acciones muebles; b) Acciones inmobiliarias: Acciones inmuebles)
3.Acciones por su importancia: a)Acciones principales; b)Acciones accesorias
ELEMENTOS DE LA ACCIÓN: Sujeto, Objeto (mediato; sentencia e inmediato: que es - lo que peticionamos), Causa (es 6la narración del proceso)
LAS CONDICIONES PARA EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN:
1) Legitimidad para obrar.- Esto exige que el autor posee un titulo que lo habilita para seguir el proceso y que el demandante sea la persona obligada.
2) Interés para obrar.- Es la pretensión procesal.
3) Voluntad de la ley.- Es que nos amparamos cuando presentamos una pretensión. Esto es el elemento de fondo.
CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN N LA LEY: a) Es Autónomo: Porque tiene su propio campo de acción ; b) Es público.- Es susceptible de prescripción y caducidad ; c) Es renunciable ; d) Es cesible.- ya sea inter vivos o mortis causa
EXTINCION DE LAS ACCIONES: - Por muerte (las incesibles); - Por renuncia; - Por transacción; - Por sentencia definitiva.
Curador Civil: representante legal de los incapaces para todos los actos de la vida civil.
Curador procesal: representante legal para el tramite procesal establecidos por la norma procesal.
¿EN QUE CASOS INTERVIENE EL CURADOR PROCESAL?
El Curador Procesal es un abogado designado por el juez en los siguientes casos:
- Cuando no es posible emplazar válidamente al demandado por ser indeterminado, incierto o con domicilio o residencia ignorada.
- Cuando no se puede establecer o suspender la relación procesal por incapacidad de la parte o su representante legal. - Cuando existe falta, ausencia o impedimento del representante del incapaz. Ejm: impedimento para actuar en la demanda. - Cuando no comparece el sucesor procesal (herederos). Ejm: Cuando el demandante muere; los hijos, y la esposa se presentan al proceso y si es que no hubieran hijos ni esposa; el juez nombra, un curador procesal que es un abogado.
LA JURISDICCIÓN.- Es el poder-deber que tiene el estado mediante el poder judicial para administrar justicia. En definitiva podemos decir que es la potestad de administrar justicia, que corresponde al Poder Judicial.
ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓN:
a) Notio.- Es el derecho del juez de conocer determinada asunto o materia.
b) Vocatio. - El juez puede obligar a las partes a comparecer a la litis bajo la declaración, de rebeldía o de abandono.
c) Coertio. - El juez puede emplear la fuerza publica para hacer cumplir sus resoluciones.
d) Judicium.- Facultad que tiene el juez para dictar sentencia definitiva revestida de COSA juzgada.
e) Ejecutio.- Facultad que tiene el juez de ejercitar sus resoluciones.
Requisitos para el ejercicio de la jurisdicción:
-existencia de un conflicto entre las partes.
-existencia de interes social en
...