Derecho Registral
Enviado por doryan_vanessa • 20 de Febrero de 2012 • 5.595 Palabras (23 Páginas) • 1.417 Visitas
Índice
Página
Introducción………………………………………………………………………...04
La Notaria Pública…………………………………………………………………05
a. Organización Interna………………………………………………………06
b. Organización Externa………………………………………………………07
Diferencia con las Notarias de otros Países……………………………………….08
Funciones……………………………………………………………………………08
Notario Público……………………………………………………………………..11
a. Ingreso al Notariado………………………………………………………...11
b. Finalización del Cargo del Notario………………………………………...12
c. Atribuciones…………………………………………………………………13
d. Obligaciones…………………………………………………………………15
e. Prohibiciones………………………………………………………………...17
Función Notarial……………………………………………………………………18
Función Notarial en la Doctrina…………………………………………………...18
Fe Pública Notarial…………………………………………………………………20
Documento Notarial………………………………………………………………...21
Efectos……………………………………………………………………………….21
Evolución Histórica de los Documentos Notariales………………………………22
Clases de Documentos Notariales………………………………………………….23
Jurisprudencia……………………………………………………………………...26
Conclusión…………………………………………………………………………….
Bibliografía……………………………………………………………………………
Introducción
El estado venezolano siendo una organización social, política y soberana, está formado por un conjunto de instituciones para regular la vida nacional, contempladas en la legislación vigente. Entre ellas está la Notaría Pública, materia a tratar en el desarrollo de esta investigación y que viene a ser el local donde ésta funciona, la cual permite la realización rápida y eficiente de la Publicidad Registral y de otras actividades conferidas por la Ley a las Notarías, para que éstas presten un mejor servicio a los particulares, mediante los libros donde se asientan los documentos que constan los hechos jurídicos que le competen.
Asimismo, se reflejará lo concerniente al Notario Público, ya que es el profesional del derecho que tiene a su cargo el redactar el instrumento notarial dentro de una notaría, entre otras funciones, proporcionando a los ciudadanos la seguridad jurídica que promete la Constitución. Pero, difiere de otros países en cuanto a la prohibición a éste para redactar documentos ya que se le presentan escritos por los abogados de los interesados.
La Notaria Pública
Se puede definir como el órgano creado por el Estado en donde se lleva un conjunto de libros donde se asientan los documentos en los que constan los hechos jurídicos que son competencia de esa oficina, entendiendo como tal el local donde funciona la Notaría. Es un servicio público prestado por el Estado que comprende la publicidad registral y otras actividades que las leyes le confieren, las cuales cumple el encargo de dicha oficina que es el Notario Público, previo el pago de tasas denominadas derechos arancelarios.
La misma, tiene su razón de ser en la importancia que tiene para el Estado la realización rápida y eficiente de la Publicidad Registral y de otras actividades conferidas por la Ley a las Notarías para que éstas presten un mejor servicio a los particulares.
También se beneficia la seguridad y el orden jurídico dentro del Estado con el buen funcionamiento de ellas.
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Registro Público y de Notariado en el artículo 29, capítulo II, establece que la organización de los registros y notarias es responsabilidad del Ejecutivo Nacional por órgano del ministerio de interior y justicia a través del servicio autónomo de registros y notarias.
Cabe destacar, que el Reglamento de Notarías Públicas vigente en nuestra legislación, fue publicado en Gaceta Oficial Nº 36.588 de fecha 24 de noviembre de 1998. Este instrumento legal presenta mejor técnica legislativa que la Ley de Registro Público. Por otra parte, la estructura de la Notaría es más adecuada por la separación de funciones entre el personal que se determina en forma más exacta.
a) Organización Interna
Cada Notaría Pública tiene una organización interna la cual está conformada por el personal que labora en la Notaría, el cual se caracteriza por la separación y atribución de funciones otorgadas a cada uno de ellos.
Conforme el Art. 34 del Reglamento de Notarías Públicas: “Además del Notario, cada Notaría Pública tendrá un Jefe de Servicio Revisor, quien deberá ser abogado; un Jefe de Archivo y el personal subalterno necesario, quienes serán designados por el Ministerio de Justicia”. Además de los requisitos exigidos por la Ley, para ocupar el cargo, deberán prestar caución real o personal para responder de los prejuicios que puedan causar al Estado o a los particulares en el desempeño de sus funciones, cuya cantidad se fijará en el Reglamento. Además:
En cada oficina notarial habrá los empleados idóneos y requeridos para el desempeño de las actividades materiales, los cuales se clasificarán por escalafón, de acuerdo a su antigüedad y eficiencia. La nómina de empleados se clasificará de la siguiente manera:
a. Jefe de Servicio Revisor;
b. Jefe de Archivo;
c. Escribiente IV;
d. Escribiente III;
e. Escribiente II; y,
f. Escribiente I.
Esta clasificación será la única forma de ascenso, previo el cumplimiento de los requisitos necesarios establecidos por la Dirección General Sectorial de
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