Derecho laboral. Tipos contrato
Enviado por Javier Floz • 27 de Mayo de 2017 • Informe • 1.493 Palabras (6 Páginas) • 295 Visitas
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Instrucciones:
- Este trabajo es de manera individual.
- El plazo de entrega es hasta las 23:55 horas del viernes 25 de noviembre de 2016.
- Recuerden por cada media hora o fracción de ésta de retraso, se descontará un punto a la nota obtenida, esto es, acumulativo.
- Los trabajos que no sean enviados dentro de este plazo, serán evaluados con nota 1,0
Contenido
Instrucciones: 1
¿QUÉ TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO EXISTEN Y CUÁLES SON LOS MÁS UTILIZADOS EN CHILE?
Algunos de los contratos de trabajo que existen en Chile son los siguientes:
Contrato a plazo fijo:
Es el cual su vigencia está definida al momento de celebrar el contrato de trabajo.
Contrato indefinido:
Es el cual no está definida la duración del contrato entre ambas partes.
Contrato por obra o faena:
Es el cual su duración está definida según la duración estimativa del término de la obra o labor.
Contrato a honorarios:
Es un acuerdo o convenio en el cual una persona presta un servicio a cambio de una remuneración. Generalmente no existe vinculo de subordinación y dependencia.
Contratos especiales:
Estos difieren a los demás según el motivo de contratación o labor (Aprendizaje, embarque, casa particular, arte y espectáculo, portuarios, entre otros).
Entre estos lo más utilizados o en su mayoría es el de plazo fijo e indefinido. Los de obra o faena, honorarios y especiales son utilizados en algunos sectores con frecuencia, pero aun así no superan en cifras a los dos primeros mencionados.
¿QUÉ DERECHOS FUNDAMENTALES RECIBE UN TRABAJADOR AL FIRMAR UN CONTRATO?
Algunos de los derechos fundamentales que una persona como tal o trabajador recibe son los siguientes:
El derecho a la vida y a la integridad física del trabajador.
El respeto y protección a la vida privada y a la honra del trabajador(a) y su familia. El derecho a la libertad de conciencia, a la manifestación de todas las creencias y al ejercicio libre de todos los cultos.
La libertad de expresión, opinión e información sin censura previa.
La libertad de trabajo y el derecho a su libre elección.
El derecho a la igualdad y no discriminación
El derecho a elegir si forma parte o no de un sindicato y el poder negociar.
Derecho al honor y a la intimidad personal
¿QUÉ OBLIGACIONES GENERA PARA EL TRABAJADOR Y PARA EL EMPLEADOR LA FIRMA DE UN CONTRATO?
Las obligaciones que se generan entre el trabajador y el empleador al momento de firmar un contrato son
Empleador:
Cumplir con el pago de remuneraciones acordadas con el trabajador.
Efectuar el pago de los descuentos legales del trabajador.
Respetar al trabajador y su dignidad.
Proteger al trabajador.
Trabajador:
Cumplir con las tareas otorgadas en el horario de trabajo
Contribuir a la mejora de la productividad, es decir, realizar sus labores con la diligencia debida.
No desarrollar actividades ajenas al puesto de trabajo.
Cumplir con medidas de higiene y seguridad.
¿POR QUÉ RAZONES SE PUEDE PONER TÉRMINO A UN CONTRATO Y QUE BENEFICIOS PUEDE TENER UN TRABAJADOR?
Según el código del trabajo las razones o motivos para poner término a un contrato están contenidas en los siguientes artículos:
Causales Art. 159:
- Mutuo acuerdo de las partes.
- Renuncia del trabajador.
- Muerte del trabajador.
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
Causales Art. 160:
- Conductas indebidas de carácter grave, efectivamente comprobadas (Falta a la probidad, conductas de acoso sexual, injurias, conducta inmoral)
- Negociaciones que ejecute el trabajador que estén totalmente prohibidas por escrito en el respectivo contrato del trabajador.
- No concurrencia del trabajador al lugar de trabajo de manera injustificada o sin previo aviso.
- Abandono del trabajo por parte del trabajador.
- Actos temerarios por parte del trabajador que pueden poner en riesgo a terceros o a él.
- Incumplimiento de los acuerdos del contrato de trabajo.
Causales Art. 161:
- Necesidades de la empresa (por baja de productividad, modernización, cambios del mercado o economía).
- Desahucio del empleador.
Los beneficios para el trabajador son:
- El pago de sus remuneraciones pendientes de pago
- Indemnización legal por años de servicio (Causal de termino Art. 161)
- Feriado proporcional
- Seguro de cesantía
¿EXISTEN OTRAS INSTITUCIONES PREVISIONALES, ADEMÁS DE LAS AFP? EXPLIQUE Y DETALLE.
No solamente existen instituciones previsionales de AFP, sino también las hay de Salud (ISAPRE), las cuales tienen como fin otorgar financiamiento, beneficios y seguros en materia de salud. El Instituto de Previsión Social (IPS) o el Ex Instituto de Normalización Previsional encargado de las pensiones y beneficios sociales de los trabajadores que no pertenecen a las AFP.
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