Derecho laboral. Tema 7 Contrato de trabajo
Enviado por Niole De La Barra • 11 de Mayo de 2016 • Apuntes • 8.455 Palabras (34 Páginas) • 385 Visitas
Tema 7
Contrato de trabajo
Nociones generales.- para tener una plena validez jurídica debe tener algunos requisitos:
- Capacidad.- es la aptitud legal para adquirir derechos y contraer obligaciones
- Consentimiento.- supone la aceptación formal delo que se subscribe en un acuerdo.
- Objeto cierto (objeto del contrato).- es el motivo del contrato de trabajo, tiene una condición, tiene que ser factible de realización, debe ser posible de realizarse. Realización de una obra o prestación de servicio.
- Causa licita.- supone respeto a la norma, ética, buenas costumbres. etc.
- Prestación personal.-es indelegable, es intransferible, intuitae personae (solo le corresponde a la persona).
- Forma.- tiene que ver con el pleno respeto a lo acordado entre las partes y el cumplimiento de algunos requisitos administrativos para que el contrato tenga validez debe existir buena fe y debe ser homologado por el ministerio de trabajo. debe cumplir formalidades, sobre todo en los escritos respecto a ciertos procedimientos que le dan validez al contrato es el respeto al acuerdo entre partes.
Definiciones.- contrato de trabajo es el convenio por el que bajo las prescripciones de la ley una `persona denomina trabajador compromete la prestación de servicios, o la ejecución de una obra en favor de otra denominada empleador, en condiciones de subordinación, dependencia y salario (remuneración económica)
- El acuerdo de voluntades es cuando mucho un acto que da inicio a la relación laboral, porque está sujeto a límites establecidos por la ley (anticipada reglamentación).
- Consagra el principio de irrenunciabilidad de derechos sociales establecidos art 4 LGT art48 CPE
- El consentimiento (acuerdo de voluntades) tiene relación directa en la capacidad (facultad de realizar actos jurídicos válidos.
- Respeto al objeto del contrato es la prestación de la fuerza de trabajo físico o intelectual para realización de una obra o prestación de un servicio
Clasificación del contrato de trabajo.-
Individual o colectivo.- referencias normativas art. 7 de la LGT
- Individual.- pactado entre el empleador y trabajador. El que se suscribe entre empleador y trabajador (obrero o empleado) y da inicio a la relación laboral.
- Colectivo.- es el que se pacta entre 1 o más patrones con un sindicato, federación confederación para determinar condiciones generales de trabajo o si están establecidas en el reglamento. Es consecuencia de la actividad sindical su objetivo es mejorar las condiciones del contrato individual del trabajo (salario, jornada, bonos, régimen de descanso ) lo que no puede hacer es desmejorar lo establecido en el contrato laboral (irrenunciabilidad de derechos)
Verbal o escrito.- art6 LGT
En el caso de esta clasificación el contrato destaca el consentimiento de las partes para dar inicio a la relación laboral, será suficiente el acuerdo de las partes más allá de que sea escrito o verbal, sin embargo su diferenciación es importante porque hay contratos que deben ser necesariamente escritos como los de plazo fijo, los escritos deben cumplir algunos requisitos legales
- ART. 22 LGT: debe ser refrendado por el ministerio de trabajo
- Art 7 DRL : establece las causales mínimas que debe tener un contrato de trabajo escrito
- ART.14,15 : papel común y extinto de timbres
Indefinido, plazo fijo, o tiempo determinado
- Indefinido.-Esta clasificación se basa en la duración del contrato se suscribe cuando se trata de labores propios o permanentes de la empresa.
- Plazo fijo o determinado.- en el caso de plazo fijo debe señalarse el tiempo de su duración por la naturaleza al tiempo de su duración por la naturaleza al tiempo a desarrollarse.
Contrato de temporada y de contrato de obra
- Contrato de obra.- son actividades productivas que se establecen para la ejecución de una obra determinada que a cuya realización se extingue el trabajo y la relación laboral, utilizado y sobre todo en la industria de la construcción regulado por la RM491/80 10-XI-1980
- Contrato de temporada.- vinculadas a actividades productivas que se efectúan en determinadas épocas o estaciones del año, básicamente destinado a la actividad agrícola regido por RM 235/80 21-IV-1980, generalmente a la zafra de la caña de azúcar, castaña, etc.
Estabilidad laboral y empleo permanente.- contra la inestabilidad del empleo, el uso indiscriminado del término de prueba y el uso indiscriminado de los contratos a plazo fijo existen varias disposiciones que protegen al trabajador.
DL 16187 16-III-1974 señalada que no están permitidos contratos a plazo fijo cuando se trate de tareas propias y permanentes dela empresa , no están permitidos 2 contratos sucesivos a plazo fijo cuando se trate de tareas no propias ni permanentes de la empresa cuando por 3ravez se requiere de sus servicios pasa a ser una tarea permanente de la empresa
RM 283/62 13-VI-1969 Ratifica que el contrato de trabajo se pacta esencialmente por tiempo indefinido (la doctrina señala)
- El contrato a plazo fijo debe ser necesariamente escrito para determinar el tiempo y no durar más de un año en su vigencia.
- Puede ser renovado por segunda vez previa autorización del ministerio de trabajo.
- Si vence ese plazo se produce la tacita reconducción y el contrato se convierte en contrato indefinido (art 21 LGT)
RM 193/72 15-V-1972 respecto a contratos eventuales establece: que los contratos pactados sucesivamente por un tiempo menor al termino de prueba que sean renovados periódicamente adquirirán la calidad de contratos permanentes o a partir dela segunda contratación siempre y cuando sea para labores propias de la empresa.
RA 650/07 27-IV-2007 cuando se trate de tareas propias pero no permanentes de la empresa solo están permitidos contratos a plazo fijo en los casos de tareas: suplencia por licencia, por baja médica, por descanso post natal, y declaratoria por comisión
Por necesidad de temporada que demande una producción extraordinaria de los productos.
Por tareas por cierto tiempo cuyo facto de conclusión este predeterminado
Termino de prueba.- para garantizar la estabilidad laboral en los contratos a tiempo indefinido la ley establece un plazo de 90 días, vencido el plazo la calidad del trabajador regular y permanente queda establecida.
Contrato tiempo indefinido.- está el termino de prueba objetivo una vez que vence el termino de prueba, llega ser un trabajador regular y permanentemente de la empresa, teniendo estabilidad laboral goza de todos los derechos laborales/ solo se aplica en contrato a tiempo indefinido.
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