EJECUTIVO MERCANTIL CONTESTACION DE DEMANDA
Enviado por eese530310hn3 • 19 de Septiembre de 2014 • 2.562 Palabras (11 Páginas) • 381 Visitas
EXPEDIENTE: 66/2013
ASUNTO: SE CONTESTA DEMANDA
C. JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO
EN EL ESTADO DE MEXICO
CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN DE JUAREZ,
ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E:
LUIS ARZATE PEREZ, en mi calidad de demandado y, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones las listas que se fijan en los estrados de este H. Juzgado, y autorizando para que me represente, oiga y reciba todo tipo de notificaciones, aun las de carácter personal, así como para que recoja todo tipo de documentos a los LICENCIADOS EN DERECHO ERNESTO ESPEJEL SALAZAR, EMMANUEL DIAZ GUTIERREZ Y ESMERALDA MENDOZA CONTRERAS. para oír y recibir notificaciones, documentos e imponerse en autos, ante Usted de la manera más atenta y respetuosa comparezco para exponer:
Que por medio del presente escrito, en ejercicio de la acción que me compete, estando en tiempo y forma, en términos de lo dispuesto por los artículos 1396, 1399, 1400, y demás relativos y aplicables del Código de Comercio, VENGO A DAR CONTESTACIÓN A LA INFUNDADA, FRÍVOLA Y TEMERARIA DEMANDA entablada en mi contra en los siguientes términos:
CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES DE LA DEMANDA.
NIEGO por completo el derecho de la actora para las prestaciones marcadas con los numerales romanos del I al XI, del escrito de demanda inicial en virtud de que son infundadas y por lo tanto improcedentes las prestaciones reclamadas por la parte actora, como se dejará claro al dar contestación a los hechos.
a).- En cuanto a las prestaciónes marcadas con los romanos I, III, V, VII, IX niego que le asista la razón y el derecho para reclamar esta prestación, en virtud de que desde este momento desconozco dicho documento, ya que en ningún momento autorice ni firme los documentos que obran en el expediente, y por lo tanto desconozco los intereses que infundadamente pretenden hacer valer en los numerales romanos II, IV, VI, VIII, X.
b).- Respecto a la prestación marcada con el romano XI, niego el derecho de la parte actora a reclamar el pago de gastos y costas, toda vez que no ha dado lugar a juicio alguno, y he de decir que dicha prestación se deja a las resultas del juicio.
CONTESTACIÓN AL CAPÍTULO DE HECHOS
1.- El hecho numero uno es falso, ya que en ningún momento en fecha 16 de junio del 2011, yo firme el documento base de la acción, en mi calidad de aval, ya que si bien el deudor principal firmo documento alguno, yo desconozco esta situación., tal y como se acreditara en el momento procesal oportuno, mediante la prueba pericial idónea para tal efecto
2.- En cuanto al hecho dos, Por supuesto es falso, toda vez que nunca se ha presentado a mi domicilio el ahora demandante de tan temerosa accion.
3.- El hecho numero tres es falso, ya que en ningún momento en la fecha que lo menciona, firme ese otro documento base de la acción, en mi calidad de aval, ya que si bien el deudor principal firmo documento alguno, yo desconozco esta situación., tal y como se acreditara en el momento procesal oportuno, mediante la prueba pericial idónea para tal efecto
4.- En cuanto al hecho cuatro, Por supuesto es falso, toda vez que nunca se ha presentado a mi domicilio el ahora demandante de tan temerosa accion.
5.- igualmente, El hecho número cinco es falso, ya que en ningún momento en la misma fecha 16 de junio del 2011, yo firme ese otro documento al que se refieren como base de la acción, en mi calidad de aval, ya que si bien el deudor principal firmo documento alguno, yo desconozco esta situación, tal y como se acreditara en el momento procesal oportuno, mediante la prueba pericial idónea para tal efecto
6.- En cuanto al hecho seis, Por supuesto es falso, toda vez que, de la misma forma nunca se ha presentado a mi domicilio el ahora demandante de tan temerosa accion.
7.- El correspondiente hecho es falso, ya que en ningún momento en fecha 9 de septiembre del 2011, yo firme el documento, también base de esta acción, en mi calidad de aval, ya que si bien el deudor principal firmo documento alguno, yo desconozco esta situación., tal y como se acreditara en el momento procesal oportuno, mediante la prueba pericial idónea para tal efecto
8.- En cuanto al hecho ocho, Por supuesto es falso, toda vez que nunca se ha presentado a mi domicilio el ahora demandante de tan temerosa accion.
9.- El hecho numero nueve es falso, ya que, de la misma forma en ningún momento en la fecha que se indica en este numeral, yo firme el documento base de la acción, en mi calidad de aval, ya que si bien el deudor principal firmo documento alguno, yo desconozco esta situación., tal y como se acreditara en el momento procesal oportuno, mediante la prueba pericial idónea para tal efecto, ya que casualmente todos los documentos que describen en los numerales correspondientes al reverso tienen mi nombre y dirección, con una misma letra que de ninguna forma es la letra de mi puño y letra y menos tiene una signatura que pueda ser mi firma, pues bien pudieran haber puesto el nombre de cualquier otra persona.
10.- En cuanto al hecho que se contesta, Por supuesto es falso, toda vez que nunca se ha presentado a mi domicilio el ahora demandante de tan temerosa accion.
OBJECIÓN DE DOCUMENTOS PRUEBAS
Objeto desde este momento las documentales consistente en los documentos que pretenden hacer valer como base de la acción, es decir, los cinco documentos pagares, por las diversas cantidades, que menciona en su absurda demanda.
EXCEPCIONES Y DEFENSAS
Hago valer todas las excepciones y defensas que derivan del escrito de contestación de demanda.
I. La derivada del articulo 8 fracción II de la Ley General de títulos y operaciones de crédito, misma que se hace consistir en el hecho de no existir firma alguna en el documento o documentos base de la acción que corroboren el consentimiento del ahora demandado de actuar como aval.
II. - La derivada del articulo 8 fracción V, misma que se hace consistir en el hecho de que el documento base de la acción no reúne los requisitos contenidos en el artículo 170 de la ley en consulta y de manera específica, carece de la firma del aval por lo cual el mismo, no constituye un titulo ejecutivo mercantil que pueda ser reclamado en la vía y forma propuesta por la parte
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