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EL PAGARE


Enviado por   •  7 de Abril de 2014  •  3.793 Palabras (16 Páginas)  •  199 Visitas

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EL PAGARÉ

ANTECEDENTES

Generalmente el estudio del pagaré viene simultáneo con el de la letra de cambio, dada la similitud existente entre estos títulos.

El origen del pagaré, al igual que la letra de cambio, se remonta a la edad media y también más o menos paralelo al nacimiento de aquélla. Para algunos su origen se debió al desaparecimiento de la sanción por cobro de intereses en los préstamos, hecho que permitió a los deudores a obligarse cambiariamente en el pago de sumas de dinero a fechas determinadas, lo cual no hacía necesaria la utilización de letras sino de pagarés, o mejor de vales, expresión con la cual se conoció inicialmente. Para otros, esta figura obedeció a las dificultades que presentaba la letra de cambio en cuanto a su uso, dada la necesaria intervención de un tercero en el cambio trayecticio. Cuando el negocio se iba a realizar entre dos personas ya no era adecuada la letra, entonces aparece el pagaré como título capaz de superar esa dificultad, pues éste sólo exige la presencia de un otorgante, de la persona que lo suscribe o que lo emite, y del beneficiario. Pero, además, la letra presentaba otra exigencia, cual era que debía haber separación, distancia, trayecticio o locci, como se le denominaba en la doctrina, entre el lugar en que se emitía y el sitio en donde debía cumplirse la orden de pago.

Otros autores justificaban el origen del pagaré en razón de que la letra de cambio se estructuró sobre la base del contrato de cambio. En un principio no podía tener como negocio causal sino el contrato de cambio, entonces cuando cierta prestación se quería hacer constar en un efecto de comercio, cuyo origen no era un contrato de cambio, al parecer no era idónea la letra, debiendo surgir un título diferente que permitiera documentar obligaciones, créditos, los cuales podían tener origen en un contrato de cambio o en otra clase de negocio subyacente.

La verdad es que el pagaré aparece en el tráfico mercantil con posterioridad a la estructuración de la letra. Alrededor de la letra de cambio se elaboraron y se refinaron todos los principios cambiarios y con el correr del tiempo esos principios fueron extendiéndose a otros documentos, como acontece con el pagaré, hasta el punto de que en la mayoría de las legislaciones las normas que se ocupan del pagaré son muy escasas, porque en todo lo demás remiten a las disposiciones sobre letras de cambio.

Ahora bien, no se crea que la historia del pagaré ha sido fácil. Por el contrario, en muchas legislaciones su reconocimiento ha sido tardío. Fue así como por razón de su origen doméstico y privado el legislador se veía obligado a distinguirlo de la letra de cambio, así como también se consideró impedido de aplicarle el rigor cambiario propio de esta última. Es así que la antigua jurisprudencia francesa consideraba al pagaré como acto civil; en lugar del protesto sólo requería que se cumpliesen diligencias consistentes, por ejemplo, en un requerimiento extrajudicial; los intereses sólo corrían desde el día de la demanda y se aplicaba la prescripción mucho más extensa que la de la letra de cambio.

El Código francés de 1808 sólo mantuvo la primera y la última de dichas diferencias y consiguientemente el pagaré vino a constituirse en un auxiliar de la letra de cambio consagrando a su respecto los principios propios de ésta en cuanto a la necesidad del protesto, el curso de los intereses y la solidaridad cambiaria. La ley exige la presencia en el texto del documento de la cláusula de valor y de la cláusula a la orden. Se exceptuaban por no ser conducentes, las reglas sobre aceptación y sobre provisión en razón de que el suscriptor desempeña el papel de girado al mismo tiempo que el de librador.

El derecho francés reconoció desde la antigüedad los pagarés al portador y se consideró que eran válidos cualesquiera que fueran las personas entre las cuales se emitiera y recibiera y se presumía la existencia de causa lícita, salvo prueba en contrario.

Respecto de estos títulos, MERLIN se pronunció por su validez jurídica, ya que la obligación se contraía “in rem” (en la cosa, derecho real) y TOUZAUD reconoce que los usos comerciales han dado nacimiento a estas obligaciones in rem aun cuando ellas no se conforman totalmente a los principios que rigen en materia de obligaciones.

En cuanto al derecho inglés destacamos en su momento que el pagaré fue reconocido legislativamente en el año 1704, con lo que se dejó sin efecto el criterio sustentado durante más de un siglo que negaba la validez a dicho título por entenderse que formalmente sus caracteres eran anormales respecto de la letra de cambio.

Durante el siglo XVII comenzaron a usarse en Inglaterra los pagarés que contenían la simple promesa de pagar, efectuada por el suscriptor y con la única garantía de éste.

DEFINICION

A la hora de establecer el origen etimológico de la palabra pagaré tenemos que determinar que este se halla claramente en el latín y más exactamente en el verbo “pacare” que puede traducirse como “apaciguar”. Un significado este que cobra sentido en el momento que se considera que pagar algo a alguien es darle aquello para calmarlo, apaciguarlo, y que no haya ningún tipo de problemas.

Un pagaré es un título que registra una obligación de pago. La persona que lo emite, que se conoce como suscriptora, se compromete a pagar a un segundo individuo (el beneficiario o tomador) una cierta cantidad de dinero en un plazo estipulado. Por ejemplo: “No te preocupes, mañana mismo te entrego un pagaré y cerramos la operación”.

El pagaré es un título de crédito que contiene la promesa incondicional del suscriptor de pagar una suma de dinero en lugar y época determinados a la orden del tomador.

Este documento es el más utilizado para respaldar operaciones de compra-venta (en la cual deberá pagarse una parte o la totalidad del valor del bien mueble o inmueble) y para préstamos personales (que deberán liquidarse a una fecha determinada).

CONCEPTO

El pagaré es un título de crédito a la orden mediante el cual el librado se obliga personalmente a pagar a otra persona (a su orden) la cantidad de dinero, estipulada y en la fecha prevista. Promesa que puede estar garantizada por los demás signatarios del título (endosantes, avalistas, etc.).

El pagaré, concebido como instrumento negociable, en la medida que quien lo suscribe se reconoce deudor de otra persona por cierta suma de dinero, no es otra cosa que un título de contenido crediticio, precisamente por tal reconocimiento.

Desde este punto de vista el pagaré constituye un acto unilateral encaminado a producir efectos jurídicos, proferido por la voluntad de una persona que se confiesa deudor en determinada cantidad de

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