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ELABORA TUS RESPUESTAS EN FORMA CLARA Y DIRECTA


Enviado por   •  30 de Diciembre de 2015  •  Tarea  •  1.812 Palabras (8 Páginas)  •  174 Visitas

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Unidad I

ELABORA TUS RESPUESTAS EN FORMA CLARA Y DIRECTA:

1. DEFINE Y ANALIZA EL CONCEPTO DE OBLIGACION.

Es la obligación jurídica establecida entre dos personas por virtud de la cual una de ellas llamada deudor, queda sujeta a otra llamada acreedor a una prestación o una abstención de carácter patrimonial que el acreedor puede exigir del deudor.

2. MENCIONA Y DESCRIBE LAS REFERENCIAS QUE HACE EL CODIGO CIVIL, RESPECTO A LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES.

Los contratos:

Declaración unilateral de voluntades

Gestión de negocios (cuasicontratos)

Enriquecimientos sin causa (cuasidelitos)

Ley

3. EXPLICA ALGUNA DE LAS TESIS O DOCTRINAS QUE ESTUDIAN LA CLASIFICACION DE LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES.

Gayo, en su obra res cottidianae o aurea, el que realiza esta labor, sustituyendo la bipartición original por una tripartición, y añadiendo una tercera categoría a las dos ya existentes: junto a las obligaciones que nacen de contrato o de delito -nos dice-, existen otras que nacen ex variis causarum figuris. Esto es, de otras diversas causas. Es en esta tercera categoría donde se incluyen aquella serie de obligaciones que no podían clasificarse ni entre aquéllas que nacían de contrato, ni entre las que nacían de delito. Pero si la bipartición resultaba insuficiente, la tripartición no lo era menos, pues el grupo de las variae causarum figurae era un grupo heterogéneo que incluía figuras absolutamente diferentes en su estructura jurídica, complicando el aspecto dogmático de la clasificación, que resultaba confusa y ambigua.

5. CONFORME AL CODIGO CIVIL ¿CUALES SON LAS DIFERENTES ESPECIES DE OBLIGACIONES CIVILES?

Obligación de dar

obligación de hacer o de no hacer

obligaciones alternativas

obligaciones facultativas

obligaciones de género

Obligaciones con cláusula penal

Obligaciones divisibles e indivisibles

Obligaciones solidarias

obligaciones condicionales

Obligaciones a plazo

Obligaciones mancomunadas

Obligaciones suspensivas

Obligaciones resolutorias

6. ¿ A QUE SE LE LLAMA OBLIGACIONES A PLAZO?

La obligación es a plazo, cuando el ejercicio del derecho que a ella corresponde está subordinado a un plazo suspensivo o resolutorio, Lo que se debe a plazo, fuera de los casos de quiebra o notoria insolvencia, no puede exigirse antes de su vencimiento

Es obligación a plazo aquella para cuyo cumplimiento sea señalado un día cierto.

7. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER?

La obligación de dar es la que tiene por objeto la entrega de una cosa mueble o inmueble. El que se ha obligado a entregar una cosa debe verificarlo en el lugar y en el tiempo estipulado y en defecto de estipulación, en lugar y tiempo convenible según el arbitrio judicial.

Toda obligación de hacer o de no hacer, se resuelve en resarcimiento de daños y perjuicios, en caso de falta de cumplimiento de parte del deudor. Sin embargo, el acreedor tiene derecho a exigir que se destruya lo que se hubiese hecho en contravención de la obligación y puede obtener autorización judicial para destruirlo a costa del deudor, sin perjuicio del resarcimiento de daños si hubiere lugar.

8. ¿QUE CONSIDERACIONES JURIDICAS SE PUEDEN DERIVAR DE LOS CONTRATOS COMO FUENTE DE LAS OBLIGACIONES?

Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse al tenor de los mismos. No dice el precepto, que el contrato sea ley, sino que las obligaciones nacidas de él vinculan a su cumplimiento como la ley misma: el contrato no tiene la generalidad de la ley, no obliga a todos los súbditos, sino a las partes contratantes; pero entre éstas tiene la misma autoridad.

Unidad II

CONTESTA EN FORMA CLARA A LO SIGUIENTE:

1. DEFINE AL PAGO Y EXPLICA SU NATURALEZA JURIDICA Y SUS REQUISITOS.

El pago es el modo natural de extinguir una obligación por el cumplimiento de lo debido, ya sea que consista en dar, prestar o hacer. El pago extingue totalmente el vínculo obligacional, con accesorios y garantías.

Naturaleza Jurídica: El cumplimiento o pago tipifica un negocio jurídico de carácter contractual, esto se debe a que el deudor ofrece el cumplimiento y el acreedor lo acepta. Los 2 convienen en extinguir una obligación. El sujeto activo es aquel realiza el pago y este puede ser el propio deudor o un tercero quien paga en nombre y representación del deudor.

2. ¿CUALES SON LOS ELEMENTOS DE VALIDEZ DEL PAGO?

*.- identidad del pago

*.- integridad de la prestación debida.

*.-Indivisibilidad de la prestación obligatoria

3. EXPLICA CUANDO OCURRE EL OFRECIMIENTO DE PAGO Y LA CONSIGNACION.

Para hacer el ofrecimiento de pago, si el acreedor fuere cierto conocido y este se reusare sin justa causa a recibir la prestación debida o dar el documento justificativo de pago o si fuere persona incierta o incapaz de recibir podrá el deudor liberarse de la obligación haciendo consignación de la cosa.

En los casos que establece la ley el deudor no incurrirá en mora, si dentro del término de 10 días de ser exigible la obligación efectúa el ofrecimiento de pago ante la autoridad judicial.

4. ¿QUE SITUACION SE PRESENTA CUANDO EL DEUDOR INCURRE EN MORA?

Un retraso intencionado en el cumplimiento de una obligación supone un incumplimiento parcial, que puede provocar perjuicios más o menos graves en el acreedor, y como tal incumplimiento es tratado en los diferentes ordenamientos jurídicos. Y será considerado como moroso y podrá ser intimado por la justicia para que regularice el pago en cuestión. Al monto inicial que debe se le sumarán los intereses que comienzan a correr desde el mismo día de vencimiento del pago.

Ahora bien, si el retraso en el cumplimiento del deudor se

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