El Derecho a la Defensa
Enviado por felisanchez • 29 de Enero de 2015 • Trabajo • 13.655 Palabras (55 Páginas) • 174 Visitas
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTERPRETACIÓN DEL ÚLTIMO APARTE DEL ARTÍCULO NÚMERO 1099 DEL CÓDIGO DE COMERCIO SEGUN LA SENTENCIA Nº 205 DE FECHA 31 – 07 – 97 DE LA SALA DE CASACIÓN CIVIL
Autores: Br. Fabiana Sánchez
Br. Yoelbelis Mendoza
Tutor: Abg. Gloria Ruiz de Restrepo
Asesor Metodológico: Abg. Livia Hernández
ARAURE, ENERO DEL 2015
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
INTERPRETACIÓN DEL ÚLTIMO APARTE DEL ARTÍCULO NÚMERO 1099 DEL CÓDIGO DE COMERCIO SEGUN LA SENTENCIA Nº 205 DE FECHA 31 – 07 – 97 DE LA SALA DE CASACIÓN CIVIL.
Proyecto de Trabajo de Grado presentado como Requisito Para optar al Título de Abogado
Autores: Br. Fabiana Sánchez
Br. Yoelbelis Mendoza
Tutor: Abg. Gloria Ruiz de Restrepo
Asesor Metodológico: Abg. Livia Hernández
ARAURE, ENERO DEL 2015
ÍNDICE GENERAL
ÍNDICE GENERAL………………………………………………………………….
CAPÍTULO
I. EL PROBLEMA…………………………………………………………
Planteamiento del Problema…………………………………………….
Objetivos de la Investigación…………………………………………...
Objetivo General…………………………………………………….
Objetivo Específicos………………………………………………..
Justificación e Importancia……………………………………...……...
Marco Metodológico……………………………………………………
Naturaleza de la Investigación…………………………………………
Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos……………….…..
Métodos y Técnicas para el análisis de la investigación………………..
Fases o Etapas del procedimiento o de la investigación…….………….
II. DESARROLLO DE LA INVESTIGACION
Antecedentes Históricos………………………………………………...
Antecedentes de la Investigación…………………..…………………...
Antecedentes Jurisprudenciales………………………………………..…
Fundamentación Teórica…………………………………………………
Bases legales…………………………………………..…………………
Definición de Términos Básicos……………………….………………...
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS………………………………………………
CAPÍTULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
El Derecho a la Defensa es el Derecho de una persona, física o jurídica, para defenderse ante un Tribunal de Justicia de los cargos que se imputan con plenas garantías de igualdad e independencia. Se trata de un derecho que se da todos los órdenes jurisdiccionales, y se aplica en cualquiera de las fases del Civil tales como alegaciones, prueba y conclusiones. Así mismo, se impone a los tribunales de justicia el deber de evitar desequilibrios en la posición procesal de ambas partes e impedir que las limitaciones de alguna de las partes puedan desembocar en una situación de indefensión.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al consagrar el derecho a la defensa como un derecho inviolable en todo Estado y grado de la del proceso, está directamente reconociéndole el carácter de derecho fundamental, es decir, está otorgándole un nivel normativo superior con una serie de consecuencias, entre las cuales está el poder a imponerse sobre la voluntad política del poder constituido y con especial dirección, hacia el poder legislativo.
Es un derecho que corresponde a las partes procesales, lo que no limita a que su violación pueda nacer, además de un acto de parte, también del juez o del legislador.
Para Montero (2002)) el contenido esencial del derecho a la defensa se refiere a: Ser oído, lo que implica la posibilidad de alegar y probar, en el sentido de poder aportar al proceso todos los hechos que se estimen adecuados y la utilización de todos los medios de prueba legales, pertinentes y útiles para probar los hechos que afirmen y conocer todos los materiales de hecho y derecho que puedan influir en la resolución judicial.
En este sentido, cuando se prive a una de las partes de su derecho de alegación, prueba o contradicción según las normas procesales, cuando se le otorgue a una algún derecho que no necesariamente reconozca la ley sin que se le otorgue a la otra la misma oportunidad, o incluso, cuando se trata de algún asunto importante para las partes que debe ser resuelto sin que exista tramitación previamente establecida y no se escuche con anticipación, habrá violación del derecho a la defensa.
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) de 1999, se desprende el artículo siguiente:
Artículo 49. ° El debido proceso se aplicará a todas las actuaciones judiciales y administrativas; en consecuencia:
1. La defensa y la asistencia jurídica son derechos inviolables en todo estado y grado de la investigación y del proceso. Toda persona tiene derecho a ser notificada de los cargos por los cuales se le investiga; de acceder a las pruebas y de disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa. Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso. Toda persona declarada culpable tiene derecho a recurrir del fallo, con las excepciones establecidas en esta Constitución y en la ley.
De la norma Constitucional anteriormente trascrita, se deduce en primer lugar que la defensa es un derecho inviolable en todo estado y grado de la investigación y del proceso y luego establezca que toda persona
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