Enriquecimiento Sin Causa
Enviado por bubujane • 29 de Julio de 2012 • 675 Palabras (3 Páginas) • 1.256 Visitas
ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA. (art 60 C.C.Q.ROO)
Se designa a esta fuente con el nombre de “enriquecimiento sin causa”, solo para significar simplemente que no ha habido un motivo jurídico que como causa eficiente, justifique el aumento en un patrimonio y la disminución en otro. En todo enriquecimiento sin causa hay un cambio patrimonial que se traduce en beneficio para uno y en perjuicio para otro. Si este cambio patrimonial tiene una causa jurídica lícita o ilícita, ya no estamos en presencia de la fuente denominada enriquecimiento sin causa.
FORMAS DEL ENRIQUECIMIENTO INJUSTO SEGÚN VON TUHR:
A) ENRIQUECIMIENTO POR AUMENTO EN EL PATRIMONIO DEL QUE SE ENRIQUECE SIN CAUSA:
Cuando el activo patrimonial aumenta por la adquisición de un bien, de un valor, o de un derecho, sin que haya causa jurídica, y
Cuando el pasivo matrimonial disminuye por la cancelación injustificada de un gravamen o causa patrimonial o por la liberación inmotivada de una deuda
B) ENRIQUECIMIENTO POR LA NO DISMINUCIÓN EN EL PATRIMONIO DEL QUE SE ENRIQUECE SIN CAUSA:
Ocurre cuando el patrimonio permanece idéntico, no obstante que debería haber disminuido por virtud de un pago que era a su cargo y que ejecuta en tercero por error, aprovechándose de ello el deudor o por la afectación que en circunstancias normales resultaran de asumir una obligación o responder de un gravamen.
PROCEDIMIENTO DE EXCLUSIÓN.
El enriquecimiento sin causa significa que no existe otra fuente a la cual podrí imputarse el aumento patrimonial. Evidentemente que el delito implica un enriquecimiento ilegítimo y, en términos muy generales, sin causa, dándole a esta palabra el sentido de justificación.
En nuestro derecho, siguiendo el principio de que el enriquecimiento sin causa excluye la posibilidad de otra fuente, no aceptamos que los hechos ilícitos, especialmente los delitos, sean supuestos jurídicos que queden comprometidos en aquél.
El procedimiento de exclusión consistirá en determinar que no obstante que no se trata de un contrato, ni de una declaración unilateral de voluntad ni de un delito, ni de un hecho ilícito en general, existe, sin embargo, un enriquecimiento.
CLASIFICACIÓN DEL ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA.
• COMO UN HECHO VOLUNTARIO LÍCITO: Cuando exista buena fe.
• COMO UN HECHO VOLUNTARIO ILÍCITO: Cuando exista mala fe.
ELEMENTOS.
I.- Que haya empobrecimiento de un patrimonio.
II.- Que exista enriquecimiento de otro.
III.- Que medie una relación de causa a efecto entre el primero y el segundo.
IV.- Que no exista una causa jurídica que justifique ese desplazamiento patrimonial.
RELACION ENTRE ENRIQUECIMIENTO Y EMPOBRECIMIENTO.
En enriquecimiento puede estar en relación de equivalencia con el empobrecimiento, puede ser mayor que éste o puede ser menor.
Art.
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