Entidades De Regimen O Caracter Especial
Enviado por simb6801 • 5 de Diciembre de 2014 • 842 Palabras (4 Páginas) • 2.848 Visitas
Entidades de régimen o carácter especial
Definición:
Se trata de entidades que se caracterizan por tener un régimen especial y autonomía propia, son aquellas que de manera permanente tienen a su cargo el ejercicio de la actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios Públicos del Estado, como lo expresa el Articulo 39 de la ley 489 de 1998
Estas a su vez se dividen en dos
Entidades de régimen o carácter especial de origen constitucional (prevista directamente por la constitución política)
Entidades de régimen o carácter especial de origen legal (Por lo consagrado en la ley)
De origen Constitucional
Organismos autónomos e independientes que hacer parte de la rama Ejecutiva
Banco de la República. Entidad encargada de ejercer las funciones de banca central, organizada, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeta a un régimen legal propio.
Sus funciones básicas son: regular la moneda, los cambios internacionales y el crédito; emitir la moneda legal; administrar las reservas internacionales; ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito y servir como agente fiscal del gobierno.
Entes universitarios autónomos. Corresponden a las universidades estatales u oficiales, las cuales deben organizarse como entes universitarios autónomos, vinculados al Ministerio de Educación Nacional. Cuentan con las siguientes características: personería jurídica; autonomía académica, administrativa y financiera; y patrimonio independiente.
Corporaciones Autónomas Regionales. Son “entes corporativos de carácter público, creados por la ley, integrados por las entidades territoriales que por sus características constituyen un mismo ecosistema, dotados de autonomía administrativa, financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos naturales renovables y propender su desarrollo, Ejemplo la CAR
Comisión Nacional de Televisión. Es un organismo de derecho público con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial y técnica; sujeta a un régimen legal propio, creado para la intervención estatal en el espectro electromagnético utilizado por los servicios de televisión, y la elaboración de las políticas relacionadas con el tema.
Comisión Nacional del Servicio Civil. Es un órgano de carácter permanente, del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, creada para la garantía y protección del sistema de mérito en el empleo público.
De origen legal.
Se trata de entidades creadas directamente por la ley, entidades creadas por la nación o entidades territoriales para la prestación de servicios, que hacen parte de la Rama Ejecutiva, entre las que se destacan:
Empresas Sociales del Estado.
Son las entidades creadas por la Nación o por las entidades territoriales para la prestación en forma directa de servicios de salud, las cuales, a octubre de 2009, se sujetan al régimen previsto en las Leyes 100 de 1993, 344 de 1996,
...