Evaluación Funcional e instrumentos
Enviado por Ingrid Handy • 2 de Enero de 2020 • Tarea • 1.928 Palabras (8 Páginas) • 141 Visitas
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Definiciones que se encuentran en la Normativa Vigente
Discapacidad Intelectual Severa o grave
En el artículo 54 del Decreto 170, la discapacidad intelectual, se define por la presencia de limitaciones sustantivas en el funcionamiento actual del niño, niña, joven o adulto, caracterizado por: un desempeño intelectual significativamente por debajo de la media, que se da en forma concurrente con limitaciones en su conducta adaptativa, manifestada en habilidades prácticas, sociales y conceptuales y que comienza antes de los 18 años.
La función diagnóstica si bien cumple con el propósito de identificar la discapacidad intelectual para efectos de que los sostenedores impetren la subvención de la educación especial, su propósito central debe estar orientado a determinar las adaptaciones curriculares y los apoyos que el estudiante necesitará para mejorar sus competencias personales y curriculares, en la escuela, en el hogar y en la comunidad. Desde esta perspectiva, la evaluación debe orientarse a identificar las adaptaciones curriculares y el tipo e intensidad de los apoyos, que el estudiante necesitará en las distintas áreas: educación, vida en el hogar, vida en la comunidad, empleo, salud y seguridad, conductual social, protección y defensa, así como las personas que colaborarán en proporcionarlos. Según la intensidad los apoyos pueden ser intermitentes, limitados, extensos o generalizados.
Discapacidad Múltiple
En el artículo 73 del Dº170, se define discapacidad múltiple como: “la presencia de una combinación de necesidades físicas, médicas, educacionales y socio/emocionales y con frecuencia también, las pérdidas sensoriales, neurológicas, dificultad de movimientos y problemas conductuales que impactan de manera significativa en el desarrollo educativo, social y vocacional.
La normativa incluye además en esta categoría a la sordoceguera. Esta discapacidad tiene características únicas, que se caracteriza por la existencia de una discapacidad auditiva y una discapacidad visual lo suficientemente severas como para afectar la comunicación, la movilidad y el acceso a la información y al entorno.
- Procedimientos de Evaluación. (Decreto 170/2009)
La evaluación de los estudiantes con estas discapacidades debe ser integral, en la normativa la evaluación se concibe como un proceso dinámico, flexible y funcional que debe basarse en un enfoque multidisciplinario y global y no sólo en la aplicación de instrumentos formales o de técnicas específicas aisladas.
Las escalas e instrumentos de evaluación que se utilicen deben considerar la edad del estudiante, sus características, necesidades y el tipo de destrezas que se pretende evaluar, así como el contexto cultural, social e individual en que éste se desarrolla. Los resultados de la evaluación deben señalar los apoyos y recursos que la persona requiere para alcanzar su máximo desarrollo y aprendizaje en el contexto escolar.
En los casos mencionados, la evaluación diagnóstica integral debe ser realizada por un equipo multidisciplinario con experiencia y debe considerar:
- Anamnesis y entrevista a la familia o apoderado del o la estudiante o al estudiante adulto, con foco en lo educativo, emocional social, para conocer su desarrollo evolutivo, estilos de aprendizaje, necesidades, etc.
- Evaluación pedagógica y psicopedagógica que aporte información relevante referida al estudiante, al contexto escolar y familiar.
- Observación directa del comportamiento y funcionamiento del o la estudiante en el aula y fuera de ella, si procede.
- Evaluación de características observadas en el hogar con informes, entrevistas o videos.
- Evaluación y determinación del perfil de apoyos en los contextos educativos, sociales y comunitarios.
- Evaluación médica que determine el cumplimiento de los criterios diagnósticos de las discapacidades y revisión de evaluaciones previas de otros especialistas, si existieran.
- En los casos que corresponda (como por ejemplo discapacidad intelectual) se debe contemplar evaluación de funcionamiento intelectual y habilidades adaptativas.
A continuación, se presenta información sobre Funcionamiento intelectual con el propósito de prestar especial atención y precaución a la hora de intentar clasificar o rotular a estos estudiantes.
Funcionamiento Intelectual
Son estudiantes que presentan variaciones sustanciales en sus competencias académicas y funcionales, entenderemos por aprendizajes académicos aquellos vinculados al currículo nacional y aprendizajes o habilidades funcionales a las competencias que les permiten interactuar, acceder, controlar y conducirse en su vida diaria. Un porcentaje de ellos logrará aprendizajes académicos tal como lo señalan los indicadores de evaluación de muchos objetivos de aprendizaje, requerirán de apoyos especializados y flexibilización curricular, pero lograrán: leer comprensivamente, crear textos con sentido y expresión de opiniones, resolver problemas aplicando operatoria matemática, serán capaces de analizar y comprender sucesos de la historia, etc.
Otro porcentaje desarrollará principalmente aprendizajes académicos funcionales como por ejemplo: contar dinero, encontrar artículos en una tienda de abarrotes y leer vocabulario básico (Browder, Ahlgrim-Delzell, Courtade-Little, & Snell, 2006). Otros, requerirán de mucho apoyo para lograr habilidades de conexión y comunicación con el entorno, podrán desarrollar contacto ocular, expresar diferentes estados y emociones a través de su cuerpo, seguir objetos con sus ojos, responder a los estímulos en su entorno, establecer relaciones afectivas y anticipar situaciones (Lancioni et al, 2006). Cualquiera de estos aprendizajes se logra o supera, en la medida que el estudiante desarrolla habilidades y mejora sus competencias comunicativas.
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