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LA CONTESTACION DEMANDA Y RECONVENCION JOSE ANTONIO CARDIEL


Enviado por   •  19 de Junio de 2017  •  Tutorial  •  2.740 Palabras (11 Páginas)  •  668 Visitas

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C. JUEZ DEL JUZGADO DE LO FAMILIAR

P R E S E N T E:                                                                               EXP: F-1812/15                                                                                                                                                                                                                                                              

ASUNTO: SE CONTESTA DEMANDA Y RECONVENCION

                         C. JOSE ANTONIO MARTINEZ CARDIEL, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho, y señalando domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la calle Sostenes Rocha número 624-B, Planta alta Barrio de Santa Anita de esta ciudad de Irapuato, Gto.  y autorizando para que en mi nombre y representación las reciban a los LICS. ISRAEL RAMIREZ VILLALPANDO y/o JOSE RAMON RAMIREZ AYAL y/o IRENE GUADALUPE RAMIREZ AYALA otorgándole desde este momento mandato judicial al primer profesionista mencionado en los términos de los artículos 2099 y 2100 del Código Civil vigente en nuestro Estado, así como en las facultades más amplias del artículo 783 del Código de Procedimientos Civiles vigente en nuestro Estado mismo los autorizo para que puedan revisar el expediente que se forme, saquen copias del mismo y puedan recibir todo tipo de documentos relacionados con la presente Litis, ante Usted C. Juez comparezco de la manera más cordial y atenta a fin de:

M A N I F E S T A R:

                            Que por medio del presente ocurso, con fundamento legal de los artículos 336 y 337 del Código Civil Vigente en nuestro Estado y encontrándome dentro del término de los días que nos concede la ley de la materia, vengo a dar contestación a la inoperante e infundada demanda que se entabla en mi contra formulada por mi contraria, lo cual lo realizo en los siguientes términos de acuerdo al planteamiento de la misma.

RESPECTO  AL   CAPITULO DE PRESTACIONES  CONTESTO LO SIGUIENTE:

              1.-Respecto al de pago de alimentos definitivos para mi menor hija EMILY NOEMI MARTINEZ GUTIERREZ, NIEGO que la parte actora tienga el derecho para solicitar la misma ya que hasta el día de hoy existe fijada una pensión alimenticia el cual me descuentan de mi salario, esto respecto al expediente 1705/15 de este mismo Juzgado de Oralidad.

         2.-Respecto a la medida precautoria para garantizar el otorgamiento de la misma, NIEGO que la parte actora tenga el derecho de solicitarla, ya que como mencione con anterioridad ya existe el descuento correspondiente de mi salario para la pensión de mi hija.

        3.-Respecto al pago de la cantidad de $4,422.00 (Cuatrocientos Cuarenta y Dos Pesos 00/100 M.N.), por concepto de alimentos caídos, NIEGO que la parte tenga el derecho de solicitar los mismos ya que como he estado manifestando lo solicitado por la parte accionante ya fue cosa Juzgada

         4.-Respecto al pago de gastos y costas no estoy de acuerdo ya que el suscrito no fui quien inicio el procedimiento..

         

RESPECTO  AL   CAPITULO DE HECHOS  CONTESTO LO SIGUIENTE:

1.- Respecto a este punto de hechos lo afirmo ya que es cierto.

2.- Respecto a este punto de hechos lo afirmo ya que es cierto.

3.- Respecto a este punto de hechos lo NIEGO PARCIALMENTE ya que efectivamente después de tiempo constituimos nuestro domicilio conyugal en el domicilio indicado por la parte actora , sin embargo lo que niego es la falacia en donde manifiesta que tenemos desde hace tres meses me fui de la casa esto es totalmente falso, ya que nos encontramos separados desde el mes de Mayo del año 2015  cuestiones de incompatibilidad de caracteres irreconciliables, quedando de común acuerdo que le entregaría cierta cantidad de dinero así como compra de leche y pañales, por lo que acordamos ambas partes que me permitiría convivir con mi menor hija, sin embargo como la parte actora no accedía a dejarme ver a mi hija fue que contrate a un abogado para que lo hiciera de forma legal, lo cual demandamos la convivencia con mi menor hija radicada la demanda en estos Juzgados de Oralidad bajo el número 1705/2015, lo cual quedó asentado en convenio que se descontaría un porcentaje de mi salario tal cual se ha estado descontando desde la resolución del mismo, así como se me permitiría convivir con mi menor hija, sin embargo quiero hacer mención que solo por dos semanas se me permitió ver a mi menor hija y hasta la fecha y hasta el día de hoy no he podido convivir con ella, se le ha requerido ante las agencias del ministerio público mediador en dos ocasiones pero ninguna ha acudido

4.-Respecto a este punto de hechos lo NIEGO ya que la parte actora miente al mencionar que no se le otorga nada por parte del suscrito respecto a la pensión alimenticia desde el mes de marzo del 2015 y esto lo desvirtuare con todos y cada uno de los recibos que anexo a la presente para que se me tenga por ofreciendo como prueba de mi parte, así como los mismos surtan sus efectos legales conducentes.

 

5.-Respecto a este punto de hechos lo NIEGO PARCIALMENTE ya que efectivamente el suscrito trabajo para la empresa que alude la parte actora y cuento con la posibilidad económica de pasarle a mi hija una pensión alimenticia, tal cual me han estado descontando de mi salario, lo que no estoy de acuerdo es que vuelva a solicitar la prestación de dicha pensión ya que la misma como he venido haciendo referencia ya se le otorgo dentro del expediente F-1705/15, además de que la parte demanda también trabaja y el numeral 357 del Codigo Civil manifiesta que ambos padres están.

Con fundamento en el artículo 824  capitulo II se ofrecen los siguientes medios de prueba:

1.-LA CONFESIONAL.- Que estará a cargo de la parte demandada la C. SAN JUANA DE LOS MILAGROS GUTIERREZ PARAMO, por lo cual solicito, se cite  a la  misma en el domicilio que proporcione en su contestación de demanda., a efecto de que se presente en el despacho de este Juzgado de manera personal y sin apoderado legal a absolver las preguntas que se le harán previa calificación de legales, con el apercibimiento de que si no se presentase al desahogo de dicha

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