La demanda
Enviado por araviche • 21 de Mayo de 2012 • Tesis • 1.747 Palabras (7 Páginas) • 449 Visitas
La demanda
La demanda. Acto de procedimiento, oral o escrito, que materializa un poder jurídico (la acción), un derecho real o ilusorio (la pretensión) y una petición del actor como correspondiente a ese derecho procurando la iniciación del proceso.
La demanda
By Ermo Quisbert
• Concepto
• Objeto De La Demanda
• Tipos De Demanda
• Forma de la Demanda
• Requisitos Substanciales De La Demanda
• Admisibilidad Y Procedencia De La Demanda
• Requisitos Formales De La Demanda
• Procedimiento
• Demanda Defectuosa
• Acompañamiento De Prueba
• Admisión De La Demanda
• Pluralidad De Peticiones
• Retiro, Desistimiento, Modificación Y Ampliación De La Demanda
• Efectos De La Demanda
• Actor O Demandante
• Demandado
La demanda. Acto de procedimiento, oral o escrito, que materializa un poder jurídico (la acción), un derecho real o ilusorio (la pretensión) y una petición del actor como correspondiente a ese derecho procurando la iniciación del proceso (CPC, 327, 50, 67, 101, 92, 328, 33; CPT, 117; CC, 1449).
La demanda es la presentación de esos tres aspectos -acción, pretensión y petición-ante órgano jurisdiccional.
Nadie esta obligado a demandar, excepto, luego de una medida precautoria, el actor tiene la obligación en 5 días de formalizar demanda en proceso principal bajo sanción de pago de daños y perjuicios al sujeto pasivo del proceso. En materia penal se llama querella.
Objeto De La Demanda
1. El objeto inmediato es la iniciación del proceso.
2. El objeto mediato es la búsqueda del pronunciamiento jurisdiccional definitivo.
El primero es demanda, el segundo es pretensión.
Tipos De Demanda
• Fundada. Aquel en que la pretensión esta protegida por el derecho sustantivo.
• Infundada. Aquel en que la pretensión materializada no esta regulado por el derecho positivo. Por ejemplo, no se puede demandar la propiedad del aire que respiramos, porque es de todos.
• Simple. Aquel que materializa una sola pretensión.
• Compleja. Aquel que lleva varias pretensiones.
• De condena. Aquel que pide el cumplimiento de una prestación, ya sea positivo o negativo.
• Declarativa. Aquel que pide que juez aclare una situación incierta.
• Constitutiva. Aquel que pide transformar una situación jurídica.
• Demanda Unipersonal.
• Demanda Colectiva (CPC, 328).
• Demanda Principal.
• Demanda Accesoria. Por ejemplo, demanda incidental, demanda de una medida precautoria.
• Obligatorias y Facultativas. Las obligatorias son pocas, Verbigracia: si alguien pidió una medida precautoria, el actor esta obligado a demandar en 5 días. Las demás demandas son facultativas, persona que creyere que su derecho esta siendo violado, puede o no demandar.
• Demanda unilateral. Pretende a nombre propio, es la demanda más importante.
Forma de la Demanda
La forma es por escrito y en castellano, excepto en los procesos sumarísimos, en los que pueden ser verbales (CPC, 327).
Requisitos Substanciales De La Demanda
¿Quién puede demandar? Sólo la persona que tenga capacidad procesal.
Se dijo ya, que, la demanda materializa la pretensión. O sea, la demanda es el transporte de la pretensión. Ambos-la demanda y la pretensión-deben cumplir con ciertas reglas.
La demanda debe ser por escrito, en castellano y contener el juez, la suma, la personalidad del actor y del demandado, el “petitum”, las firmas del abogado y del interesado (CPC, 327). Si no cumple, con esto requisitos, es rechazado “ad limine”, de entrada. Aquí hablamos de admisibilidad no de su procedencia.
La pretensión también cumple reglas subjetivas (capacidad, legitimación, etc., CPC, 336 incs., 1 al 6) y reglas objetivas (por ejemplo si la pretensión esta tutelado por la ley positiva). Si no cumple con estas reglas subjetivas es declarada improcedente, aunque haya sido admitida
Admisibilidad Y Procedencia De La Demanda
En esta lección solo desarrollaremos la admisibilidad.(requisitos formales de la demanda, CPC, 327 al 334).
Una demanda es admisible si cumple con las reglas formales exigidas por ley. Esas reglas están en el CPC, 327 al 334.
Para la PROCEDENCIA de la demanda Véase: "Elementos de la acción", "La pretensión procesal" y "Las excepciones" en http://ermoquisbert.tripod.com/535.htm
Una demanda es procedente si cumple, además de las reglas formales (CPC, 327 - 334), con los requisitos de la pretensión procesal. Debemos distinguir entre la "admisibilidad" y la "procedencia" de la demanda, por cuanto la primera importa el examen de los requisitos rituales y formales que son independientes de las razones de fondo. La procedencia hace a los fundado o infundado de la demanda y determina la suerte final que expresa la sentencia.
Requisitos Formales De La Demanda
La demanda debe contener:
Juez O tribunal. Por ejemplo, SEÑOR JUEZ INSTRUCTOR DE TURNO EN LO CIVIL
Suma. Por ejemplo, "Desalojo"
Nombre y domicilio real del actor.
Nombre y domicilio real del demandado
Cosa demandada. Por ejemplo, pago de cinco mil 00/100 Dólares americanos ($US 5.000.-)
Hechos. Por ejemplo, "por haber entregado 10 televisores de 40 pulgadas marca SONY en fecha 10 de febrero de 1999 en calidad de compraventa a crédito, que hasta ahora no me pagó".
El derecho. Por ejemplo, " por lo que en base al Art.- 961 del código Civil y los Arts. 486 y 487 inc. 2 del Código de Procedimiento Civil."
Petición. Por ejemplo, " exijo el pago inmediato de todo lo adeudado, mas daños y perjuicios y solicito a su autoridad declare probada mi demanda y el embargo del bien inmueble descrito en el otrosí siguiente."
Domicilio legal del actor.
Fecha
Rubrica y sello del abogado.
Rubrica y firma del actor.
Procedimiento
La demanda se presenta en Auxiliatura de CSD, donde se sortea el juzgado al cual va ir.
Auxiliatura le pone el Cargo indicado: Número de fojas
...