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Las masc


Enviado por   •  27 de Julio de 2012  •  Ensayo  •  2.130 Palabras (9 Páginas)  •  1.713 Visitas

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LAS MASC

A través del paso del tiempo todo hombre ha tenido algún tipo de conflicto con otro individuo cuando nota que sus interese personales se ven alterados o afectada por algún tipo de falta cometida por este. La fuerza bruta fue el primer mecanismo de solución de un conflicto pues no solo solucionaba dicha confrontación sino que a la vez coaccionaba al infractor de volver a cometer dicho comportamiento y falta y en los perores casos la vida de uno de los dos era el precio con el que debía satisfacer al otro.

Pero así como evoluciono las formas de gobierno y las ideologías políticas, también evoluciono las formas de dirimir conflicto originados dentro de una sociedad o de individuo entre sí.

La constitución política de nuestro país consagro en carta magna del 91, Artículo 116 inciso 4 Constitución Política de Colombia:

"Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley".

La solución inmediata de solución de conflictos sin necesidad de acudir a instancias judiciales completas es quizás el primer objetivo de las MASC, además de brindar el derecho a la justicia de los ciudadanos, cuidar el aparato judicial de procesos dispendiosos y darle celeridad a núcleo judicial de país.

Cabe destacar una importante diferenciación de estos mecanismos y el concepto de La Corte Constitucional colombiana clasificándoles de la siguiente manera; heterocompositivos; en donde es indispensable la presencia de un tercero neutral e imparcial que defina el conflicto suscitado entre las partes, auto compositivo en donde las partes ponen fin al conflicto a través de un acuerdo de voluntades, sin la intervención de un tercero mediante el reconocimiento o la renuncia.

Generalmente se conocen la negociación, la mediación, la conciliación, El arbitraje, la evaluación neutral, como principales mecanismos alternos de solución de conflictos

LA NEGOCIACION

Es un proceso de comunicación dinámico, en merito del cual dos o más parte tratan de resolver sus diferencias e intereses en forma directa a fin de lograr con ello una solución que genere mutua satisfacción de intereses. Estas diferencias deben ser resueltas por las partes aprovechando los distintos valores que cada una de ellas asigna a la toma de decisiones.

Existen ciertas características institucionales y estructurales de las situaciones de negociación que pueden facilitar la táctica del compromiso, o hacerla más accesible a una de las partes que a la otra o afectar a la probabilidad de un compromiso simultáneo o de un punto muerto:

* Utilización de un agente negociador.

* Secreto contra publicidad

* Negociaciones entrecruzadas.

* Negociaciones continuas.

* Agenda restringida

* La posibilidad de compensación.

LA MEDIACION

Constituye una variante del proceso de negociación. Si bien aplica a esta las mismas reglas generales, difiere de la negociación en que entra en escena un tercero denominado mediador. El rol del mediador es el de un facilitador, quien recoge inquietudes, traduce estados de ánimo y ayuda a las partes a confrontar sus pedidos con la realidad. En su rol, el mediador calma los estados de ánimos exaltados, rebaja los pedidos exagerados, explica posiciones y recibe confidencias.

Características:

* Al igual que en la conciliación, al mediador lo escogen o eligen las partes o un tercero, misión que deberá recaer en una persona que posea los dotes necesarios para hallar soluciones a un problema que las partes por iniciativa propia no están en capacidad de brindar.

* constituye un sistema intermedio de solución de conflictos entre la conciliación y arbitraje, una puja adicional que permitirá a las partes inmersas hallar en familia, y de manera directa, la solución que no ha sido posible aun materializarse.

* Así mismo se caracteriza por tratar de alcanzar una aceptación de las partes por intermedio de la propuesta de u tercero, que solo tiene fuerza de recomendación. El mediador no impone nada. La presencia y labor del mediador no restringe ni limita la iniciativa de las partes para lograr por sí misma la solución directa del conflicto.

* El tercero pese a no tener autoridad sobre la decisión en sí, sin embargo ayuda a las partes en el proceso de adoptarla, actúa como catalizador entre ellas

.

LA CONCILIACION

Implica la colaboración de un tercero neutral a quien las partes ceden cierto control sobre el proceso pero sin delegar en el la solución. La función del conciliador es asistir a las partes para que ellas mismas acuerden la solución, guiándolos para clarificar y delimitar los puntos conflictivos.

la conciliación es una forma de solución de los conflictos, en virtud de la cual las partes del mismo, ante un tercero que no propone ni decide, contrastan sus respectivas pretensiones tratando de llegar a un acuerdo que elimine la posible contienda judicial. Su finalidad es la de equilibrar los intereses contrapuestos de las partes, lo que hace que sus resultados no tengan el carácter decisivo de una sentencia.

Características:

* es un acto jurídico a través del cual las partes recurren a un tercero para que les ayude a resolver un conflicto.

* requiere la existencia de un tercero, este no decide, se limita a señalar el camino posible de solución de conflictos, pues las partes se avendrán o no a las soluciones que ellos mismos estimen conveniente.

* Es un mecanismo alternativo de solución de conflicto, ya que las partes pueden optar por la conciliación, por el arbitraje o por ir al Poder Judicial.

* La oralidad e inmediación están siempre presentes, pues el conciliador estará al lado de las partes que han solicitado su actuación, las que se realizaran sin intermediarios. Es inimaginable un proceso conciliador con escritos que van y vienen, pues la casi totalidad de negociaciones se efectivizan mejor sin la presencia de documento alguno o de formalidad especifica.

* Ese tercero no propone, no decide, ni siquiera interpreta la norma en conflicto, menos hace esfuerzo alguno para su aplicación. Se limita simplemente a señalar el camino posible de solución de conflictos, pues en última instancia las partes se avendrán o no a las soluciones que ellos mismo estimen conveniente.

* Pretende evitar un procedimiento heterónomo o la simple prosecución del proceso ya iniciado.

* trata de fomentar un acercamiento entre las partes con miras

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