Lavado De Activos Semana 2
Enviado por lucy8023 • 27 de Septiembre de 2013 • 1.304 Palabras (6 Páginas) • 358 Visitas
1. Defina y explique qué instrumentos puede utilizar una entidad financiera para controlar el lavado de activos
* POLITICAS:
Son los lineamientos que adoptan las entidades financieras en referencia con el SARLAFT Cada una de las etapas y elementos del sistema debe contar con políticas claras y efectivamente aplicables.
Las políticas que se adopten deben permitir el eficiente, efectivo y oportuno funcionamiento del SARLAFT y traducirse en reglas de conducta y procedimientos que orienten la actuación de la entidad y de sus clientes
Las políticas son clave para detectar operaciones relacionadas con el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, y esencialmente se basa en el conocimiento de la identificación y perfil de los clientes. Se debe realizar la debida diligencia ampliada y para prevenir la vinculación de personas asociadas con el terrorismo
• PROCEDIMIENTOS
Las entidades deben establecer los procedimientos aplicables para la adecuada implementación y funcionamiento de los elementos y las etapas del SARLAFT
A los efectos de llevar adelante una correcta gestión de prevención de lavado de activos y de financiamiento de terrorismo, se deben establecer procedimientos para cumplir con la ley local en esta materia, las regulaciones aplicables a nivel internacional y así reducir la posibilidad de abuso criminal. Los procedimientos deberán tratar sobre: nivel de conocimiento de los clientes, aperturas de cuentas, monitoreo de las ya existentes, flujos de información y las relaciones con la Unidad de Información Financiera local y con el Banco de la Republica
* DOCUMENTOS
Las etapas y los elementos del SARLAFT implementados por la entidad deben constar en documentos y registros, garantizando la integridad, oportunidad, confiabilidad y disponibilidad de la información allí contenida.
Los documentos que considere la administración de la entidad de Prevención de Lavado de Activos, que sean de consulta únicamente por el personal de los directivos, contaran con medidas de seguridad de manera que su consulta sólo la realicen quienes estén autorizados.
La base de datos que contiene todos los movimientos de operaciones iguales o superiores a 10 millones de pesos mda cte y procedimientos para el seguimiento de grandes depósitos o retiros en efectivo debe registrarse, analizarse e informarse
* ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
Las entidades deben establecer y asignar las facultades y funciones en relación con las distintas etapas y elementos del SARLAFT
En todo caso y sin perjuicio de las funciones asignadas por otras disposiciones, deben establecer como mínimo funciones a cargo de los órganos de dirección, administración, control y del oficial de cumplimiento.
Esta estructura organizacional debe aprobar y emitir las políticas generales del SARLAFT según las leyes y resoluciones que regulan; también deben aprobar el código de ética, también aprobar el manual de prevención , aprobar el plan de trabajo anual de la unidad de cumplimiento del SARLAFT, llevar a conocimiento de la junta general los documentos del SARLAFT, también designar a los miembros del comité de cumplimiento, aprobar el procedimiento de control y las instancias responsables con funcionarios de alta gerencia para la vinculación de clientes que por sus características, actividades que desempeñan, operaciones que realizan entre otros, conocer y realizar seguimiento de las resoluciones adoptada por el comité de cumplimiento, siempre dejando actas expuestas
* ORGANOS DE CONTROL
Las entidades deben establecer órganos e instancias responsables de efectuar una evaluación del SARLAFT, a fin de que se puedan determinar sus fallas o debilidades e informarlas a las instancias pertinentes. Sin embargo, los órganos de control que se establezcan para el efecto no son responsables de las etapas de la administración del riesgo de LA/FT.
Los órganos de control serán por lo menos los siguientes: Revisoría Fiscal y Auditoría Interna o quien ejecute funciones similares o haga sus veces.
En los eventos en los cuales las autoridades con funciones de lucha contra el LA/FT, identifiquen de manera particular y soliciten por medio de la Superfinanciera un monitoreo especial de ciertas operaciones o clientes, la entidad financiera colaborara activamente suministrando toda la información de la cual disponga de sus clientes y proveedores, a la autoridad que conforme la ley compete su conocimiento,
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