Licencias Urbanisticas
Enviado por gvargas70 • 15 de Marzo de 2013 • 1.797 Palabras (8 Páginas) • 472 Visitas
MEDELLÍN
LICENCIAS URBANISTICAS
En el país se ha visto la necesidad de buscar la consolidación de un derecho urbanístico que permita establecer el uso adecuado de los suelos, de los recursos naturales, de fijar normas para la convivencia de grandes conglomerados con servicios públicos eficientes, el desarrollo de vías para la movilidad, las áreas de recreación, el amueblamiento urbano, es decir, una búsqueda constante de regular el problema urbano y territorial y para ello el Estado ha venido expidiendo normas regulatorias que fijan los marcos normativos por medio de los cuales las autoridades ejercen sus competencias relativas en los anteriores temas, buscando respetar el debido proceso y los principios generales del derecho, tales como el de la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular, la distribución equitativa de las cargas y los beneficios. En última instancia superar la ciudad informal.
Curadurías Urbanas
El ejercicio de la curaduría urbana obedece al fenómeno evolutivo en el derecho administrativo de la descentralización por colaboración, en la cual atribuciones eminentemente administrativas ejercidas por las autoridades públicas, son trasladas por diferentes razones de modernización estatal a los particulares quienes cumplen las mismas funciones de planeación que ejercen las autoridades públicas dentro de un marco normativo claro y preciso.
Los curadores urbanos son particulares que ejercen funciones públicas y a los cuáles les está asignada la función de expedir las licencias de urbanismo o construcción, basándose para ello, en la normatividad distrital y nacional vigente en materia de urbanismo y reglamentación de licencias para construcción, ampliación, modificación y demolición de edificaciones, de urbanización y parcelación de terrenos urbanos y de expansión urbana y rural. En relación con los actos administrativos que expidan los curadores urbanos operan las reglas de la revocatoria directa, definidas en el Código Contencioso Administrativo, sin que resulte necesario que la ley de manera expresa defina la competencia de las Oficinas de Planeación para resolver tales solicitudes de revocatoria directa de los actos de los curadores urbanos, toda vez que la misma ley ha definido a éstas como superiores administrativas de los funcionarios referidos.
LICENCIAS DE CONSTRUCCION
Las licencias de construcción son un instrumento de control administrativo público, cuyo propósito es controlar coordinadamente el crecimiento de las ciudades, así como velar por el mantenimiento de las normas adoptadas en la estructura de construcción, áreas de reserva, embellecimiento y construcción de vías.
La investigación acerca de Licencias de Construcción es una de las pocas investigaciones estadísticas sobre las cuales se posee una serie de información para un período largo de tiempo, dispone de información desde la existencia de esta operación estadística en 1948.
Una licencia de construcción, es la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados, así como las vías públicas y la ejecución de obras de infraestructura de servicios públicos domiciliarios que permitan la adecuación, dotación y subdivisión de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, las leyes y demás reglamentaciones que expida el Gobierno Nacional.
De esta manera se expiden las licencias urbanísticas, que consiste en la autorización previa para ejecutar en uno o varios predios localizados en suelo urbano, la creación de espacios públicos y privados, así como las vías públicas y la ejecución de obras de infraestructura de servicios públicos domiciliarios que permitan la adecuación, dotación y subdivisión de estos terrenos para la futura construcción de edificaciones con destino a usos urbanos, de conformidad con el Plan de Ordenamiento Territorial, los instrumentos que lo desarrollen y complementen, las leyes y demás reglamentaciones que expida el Gobierno Nacional.
A pesar de la creación de las curadurías urbanas con la facultad de otorgar licencias de construcción, y de las oficinas de planeación municipal en su papel de vigilantes y sancionadores ha ido creciendo el desarrollo urbanístico informal.
El actual desarrollo urbanístico de las ciudades donde está involucrado el sector económico de la construcción, el cual genera dentro de las variables macroeconómicas un buen índice de empleo de mano de obra no calificada, requiere de una definición e identificación clara de las competencias que tienen cada uno de los actores institucionales del proceso, a más de requerir de un sistema jurídico procedimental ágil y oportuno que permita identificar cuellos de botellas en el ritmo de la construcción y a la vez que no se pierda el ejercicio de la planificación urbana, lo cual debe conllevar a los ajustes en el sistema del derecho urbano requeridos y tomar decisiones con eficiencia.
Y nos cuestionamos acerca del papel de las oficinas de planeación municipal en el control y vigilancia del cumplimiento de las normas urbanísticas y de los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), a la vez cual ha sido la responsabilidad de las curadurías como entes encargadas de otorgar las licencias de construcción.
Haciendo un análisis detallado acerca del desarrollo urbanístico informal, y mirando las características de las infracciones urbanísticas como resultado del muestreo de selección de expedientes existentes en las inspecciones de control urbanístico desde el año 2008, reflejo una tendencia de intervenciones urbanísticas ilegales en todos los estratos sociales de la ciudad de Medellín, aunque con diferencias cuantitativas y cualitativas, especialmente del tipo de
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