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Los Delitos


Enviado por   •  27 de Marzo de 2014  •  4.777 Palabras (20 Páginas)  •  225 Visitas

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INTRODUCCION

Es de gran importancia el estudio y el desarrollo de los delitos, que sin duda algunas desde las primeras épocas romanas han venido existiendo y evolucionado, de la misma manera se le aplica el estudios por ser un acto antijurídico, y esto nos lleva a crear una pena o sanción para serlas tratadas, la misma siempre estará a cargo de la orden de seguridad del Estado, para que sea justa y balanceada su sentencia o castigo, cabe destacar que el procedimiento aplicable y la sanción correspondiente, se distinguió entre los que se denominaron delitos públicos y los que fueron calificados como delitos privados, ambos estaban perseguidos a través del procedimiento penal u obligado a reponer el daño, sin embargo existía los ciudadanos que podían apelar a la decisión, el pueblo reunido en comicios, contra las sentencias de los magistrados que consideraban abusivas o injustas ya que el Estado cometía errores. El estudio de los delitos es de gran importancia por ser una fuente negativa que se ha mantenido en la historia del derecho y de la misma manera se ha tratado con equidad, para así, hacer cumplir la justicia divina del mismo.

CONCLUSION

En el presente informe se desarrollo el delito junto a la manera que fue tratada, resaltando su evolución y su amplio terreno en el derecho, por ser un acto negativo, nos llevo a la creación de normas, leyes, soluciones y castigos, para así hacer cumplir la justicia y de la misma manera disminuir el aprovechamiento o abuso de quien ignoraba la ley y abusaba de ella, era y aun son numerosos los delitos que se obtiene en la sociedad por la falta de conciencia y humanismo, Las acciones penales persiguen la imposición del ofensor, en favor de la víctima, de una pena pecuniaria, la misma consiste, de ordinario, en el doble, triple o cuádruple del valor del daño producido. Esta misma nace del delito y se encaminan a la restitución de la cosa o a la reparación del daño causado, existían delitos en el derecho romano que no coincide o no son tratado como en la noción moderna del hurto, pues aquél incluye eventos que hoy en día corresponderían más propiamente a los delitos de estafa o abuso de confianza que de alguna manera eran penado. La finalidad de este presente es, ampliar el conocimiento de la justicia y hacer sentir el derecho que como ciudadanos obtenemos desde las épocas romanas hasta la actualidad.

LOS DELITOS

Concepto y clases

En el derecho romano se consideró delito (delictum) a todo acto antijurídico castigado o sancionado con una pena Teniendo en cuenta el tipo de conducta, el procedimiento aplicable y la sanción correspondiente, se distinguió entre los que se denominaron delitos públicos y los que fueron calificados como delitos privados

Los delitos públicos (llamados también crimina en la época clásica)3 atacaban, de manera directa o indirecta, al orden o a la seguridad del Estado. Por tal razón, fueron perseguidos a través del procedimiento penal y castigados con una poena publica. Estos delitos públicos, cuyo conocimiento correspondía a tribunales públicos permanentes (qauestiones perpetuae) o, en ocasiones, a otros órganos estatales como el Senado, eran castigados con sanciones corporales o pecuniarias, las cuales, en este último caso, beneficiaban al aerarium populi romani y no a los particulares que eventualmente hubieran recibido algún perjuicio por el ilícito.

Dentro de los delitos públicos (crimina), la doctrina menciona diversas conductas, de las cuales destacamos los atentados graves contra las libertades ciudadanas (perduellio), las presiones ilícitas ejercidas sobre los magistrados, extendidas luego a la corrupción electoral (ambitus), la falsedad (falsi), el secuestro de un hombre libre (plagium), los actos de violencia (vi), el dar muerte a un hombre libre (parricidium), las exigencias y cobros desmesurados por parte de los magistrados que gobernaban las provincias (crimen repetundarum), el desfalco al erario (crimen peculatus), y el abuso o extralimitación de poder por parte de los magistrados o del Senado (crimen maiestatis).

Todos estos crímenes eran castigados con poena pública consistente en muerte (supplicium), excomunión política o destierro (intericto aquae et ignis) o multa a pagar al erario público, es decir con pena pecuniaria que no beneficiaba al particular perjudicado. Contra tales penas contaba el ciudadano con la garantía de la provocatio, pudiendo sustraerse de las mismas mediante el exilio voluntario.

Provocatio ad populum

Es una institución del derecho público romano consistente en derecho que tenían los ciudadanos de apelar al pueblo reunido en comicios contra las sentencias de los magistrados que consideraban abusivas o injustas, especialmente contra las que imponían una pena capital.

La existencia de la provocatio aparece ya en la primera época de Roma, pues Horacio, condenado por los duumviri perduellionis a la pena de muerte, apeló al pueblo, quien se la conmutó por otros castigos. Se discute si se daba la provocatio contra las decisiones injustas del rey.

Los delitos privados (delicta, maleficia)

Eran aquellos actos ilícitos que lesionaban o afectaban a un particular, a su familia o a su patrimonio. Cuando se presentaba un delito privado, el afectado podía iniciar una acción “penal”, que tenía como propósito que el juez condenara al autor del hecho a que le pagara una cantidad de dinero, a manera de castigo, es decir, una poena, que beneficiaba directamente al sujeto pasivo del ilícito. Se dice que las acciones nacidas de esta clase de delitos eran privadas, en cuanto ellas sólo podían ser instauradas por la parte interesada en el asunto. Sin embargo, algunas acciones surgidas por la actividad del pretor (como la actio sepulchri violati, de positis et suspensis, de effussis vel deiectis o la actio de feris), podían ser de iniciativa popular en defecto de iniciativa por parte de la persona directamente damnificada. Estas acciones tuvieron la particularidad de que la poena correspondiente beneficiaba a la persona que finalmente hubiera promovido la acción. También hubo acciones populares creadas por la ley, encaminadas a la defensa de los derechos e intereses de los particulares, especialmente en cuanto se relacionaba con la utilización por parte de éstos de algunos de los bienes públicos. En estas acciones el valor resultante de la condena impuesta se repartía de tal forma que la mitad beneficiaba al particular demandante y la mitad restante se entregaba al aerarium populi romaní

En el derecho clásico los delitos privados fueron cuatro: el furtum (hurto): rapiña (robo), la iniuria

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