Minuta De Compra Venta
Enviado por miguelanchello • 23 de Octubre de 2013 • 658 Palabras (3 Páginas) • 463 Visitas
Señor Notario:
Sírvase extender en su Registro de Escrituras Públicas una de COMPRA-VENTA que celebran de una parte como VENDEDORES la sociedad conyugal conformada por JOSE ENRIQUE JAURE LANCHIPA, peruano, identificado con D.N.I.Nº 25586074, jubilado y CARMEN ROSA MERINO DE JAURE, peruana identificada con D.N.I.Nº 25586295, ocupada en las labores de su hogar, ambos domiciliados Ciudad del Pescador Mz. R2 lote 29 del distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao; y de la otra parte como COMPRADOR LUIS ANGEL PALOMARES BUSTAMANTE de nacionalidad peruana, identificado con D.N.I.Nº 41530544, electricista, soltero, domiciliado en Santa Marina sur Block Nº 13 Dpto. 108, Provincia Constitucional del Callao; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- LOS VENDEDORES son propietarios del inmueble descrito como departamento 108 edificio 13, Agrupamiento Santa marina, Mz. 13, Lote 5, Sector Santa Marina Sur, distrito del callao, el mismo que fue adquirido de su anterior propietaria la Empresa Nacional de Edificaciones en Liquidación ENACE mediante un contrato de compra venta otorgado por el Notario de Lima Dra. Silvia Samaniego Ramos de Mestanza con fecha 14 de junio del 2006, inscribiéndose en el registro Predial Urbano con el Código de Predio P01305218.
SEGUNDO.- El área, linderos, medidas perimétricas y demás características del inmueble materia de esta compra-venta se encuentran inscrita al detalle en el Registro Predial Urbano con el Código de Predio Nº P01305218.
TERCERO.- Por el presente instrumento LOS VENDEDORES dan en venta real y enajenación perpetua y definitiva en favor del COMPRADOR el inmueble descrito en las cláusulas primera y segunda del presente contrato, comprendiéndose dentro de dicha venta todo cuanto de hecho y por derecho les toque y corresponda, tales como, usos, costumbres, servidumbres, entradas, salidas, etc. sin reserva ni limitación alguna.
CUARTO.- El precio pactado de común acuerdo por las partes contratantes por el bien materia del presente contrato es de US$7,000.00 (siete mil y 00/100 dólares americanos), monto que será cancelado por EL COMPRADOR a LOS VENDEDORES al contado y en efectivo a la firma del presente contrato sin más constancia y recibo que las firmas puesta al pie de ella.
Esta compraventa se realiza AD CORPUS y no tienen reclamación alguna que efectuar sobre las características del inmueble, áreas, linderos y medidas perimétricas, etc. dejando constancia que no ha mediado dolo, lesión u error que tienda a invalidar los efectos legales del presente contrato de compraventa.
QUINTO.- Ambas partes declaran que entre el precio pactado y el bien que se transfiere existe perfecta equivalencia y que si hubiera alguna diferencia de más o menos valor que al momento no se percibe se hacen de ello mutua gracia y recíproca
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