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OBLIGACIONES TRABAJADOR


Enviado por   •  18 de Febrero de 2016  •  Informe  •  502 Palabras (3 Páginas)  •  260 Visitas

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NOMBRE DEL TRABAJADOR:

D.N.I:

FECHA:

De acuerdo con lo establecido en el art. 18 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre (BOE 10/11/95) de Prevención de Riesgos Laborales, el trabajador por la presente declara haber sido informado sobre:

OBLIGACIONES

Según el art. 29 de la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales el trabajador DEBE:

  • Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.
  • Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste.
  • No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
  • Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.
  • Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores.

En particular:

  • Desconectar de la red los equipos eléctricos en las tareas de limpieza o desatasco.
  • En caso de avería, será el personal debidamente formado el que pueda acceder a los equipos o instalaciones.
  • OBLIGATORIO utilizar los E.P.I indicados como obligatorios en las distintas secciones.
  • Comunicar a la persona de mantenimiento cualquier anomalía en equipos o instalaciones.
  • Retirar los materiales o líquidos presentes en las zonas de paso, almacenarlos únicamente en zonas destinadas a dicho fin.
  • Respetar TODAS las señalizaciones existentes en el centro de trabajo.

PROHIBICIONES

  • Almacenar materiales (palets, cajas, etc.) delante de los medios de extinción de incendios o en vías y salidas de evacuación.
  • Retirar o no utilizar los resguardos u otros dispositivos de seguridad (empujadores) existentes en los equipos de trabajo.
  • Fumar en el centro de trabajo.
  • Realizar trasvase de productos químicos a recipientes no etiquetados.
  • Trasladar o elevar personas con la carretilla elevadora. Excepto si se utilizan medios homologados destinados para dicho fin.
  • Manejar carretillas elevadoras por trabajadores sin formación ni autorización.

VIGILAR PERIODICAMENTE

  • Equipos de trabajo se utilizan según lo especificado en el manual de instrucciones.
  • Productos químicos se utilizan según lo indicado en las fichas de seguridad.
  • Los trabajadores manipulan cargas correctamente (espalda resta, sin giros, etc.) y utilizan los medios auxiliares (carros) en caso necesario.
  • Las cargas almacenadas presentan estabilidad y se encuentran en lugares destinados a dicho fin.
  • Los trabajadores utilizan los medios de acceso de las carretillas elevadoras y no suben y bajan saltando.
  • Las carretillas elevadoras circulan a una velocidad adecuada (< 10 Km/h ).

Firma del trabajador:

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