Perencion Y Sentencia
Enviado por Alematu • 23 de Octubre de 2013 • 1.187 Palabras (5 Páginas) • 361 Visitas
PRERENCIÒN DE LA INSTANCIA
Explica Duque Corredor que en el nuevo régimen la perención aparece conectada con el hecho objetivo de la inactividad de las partes, pero también, al introducir otras causas o motivos de perención, basados en plazos más breves o más cortos, se le consagró como un medio de sancionar la negligencia de las partes en su cumplimiento, y cita en su apoyo a la exposición de motivos del Código de Procedimiento Civil
"Se reduce la perención general a un año sin haberse realizado ningún acto de procedimiento (art. 267), pero se introducen otras causas o motivos específicos de perención, basados en plazos más breves y perentorios, para los casos en que las partes sean negligentes y no cumplan en su oportunidad ciertos actos del proceso
Se logra así, para el autor citado bajo la amenaza de perención, una más activa realización de los actos del proceso y una disminución de los casos de paralización de la causa durante un tiempo muy largo, como ocurre actualmente, de tal modo que el proceso adquiere una continuidad que favorece la celeridad procesal por el estímulo en que se encuentran las partes para realizar aquellos actos y evitar la extinción del proceso
Al establecer la ley nuevos casos de perención modifica su fundamento, sin que sea posible negar su naturaleza, pues ésta existe en función de la ley
Era concebida también como una forma anormal de terminación del proceso, imponible cuando se acreditara la inactividad de la parte a cuyas instancias se promovió un trámite o proceso, que se paralizaba por su causa. Esa competencia del juez para decretar la perención, inicialmente podía decretarse sólo a instancia de la parte contraria a la que debía cumplir con la carga. Más adelante, se le confirió la competencia al juez para declararla, aun de oficio, la perención del proceso civil, como la sanción a la negligencia, omisión, descuido o inactividad de la parte a cuyo cargo estaba la actuación. No obstante, en el año 2003, mediante la Ley 794 de 2003, el legislador derogó los artículos 346 y 347 expresamente, y todas las normas que le fueran contrarias. De ese modo, desapareció la perención del proceso civil.
Inconvenientes que presenta el instituto de la perención y su nueva regulación moderna
No se cumple el propósito de celeridad, porque no se resuelve el conflicto
Es del interés del Estado que los conflictos de intereses no se perpetúen, por ser inconvenientes a la paz social
El proceso sirve a éste interés público, y no sólo al interés privado de obtener la satisfacción del derecho
El deber del Juez de impulsar de oficio el proceso debería impedir la perención, evitando que se pierda la actividad del Estado
Supuestos de la perención
Perención ordinaria
Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes
La inactividad del juez después de vista la causa, no producirá la perención.
Se refiere la disposición legal a que no obra la perención en etapa de sentencia, porque ninguna actividad corresponde a las partes en esa etapa, salvo excepciones
Diferencia de criterio con la Sala Político Administrativa
Perenciones breves
También se extingue la instancia:
Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado.
Cuando transcurridos treinta días a contar desde la fecha de la reforma de la demanda, hecha antes de la citación, el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la ley para que sea practicada la citación del demandado.
•Período de inaplicabilidad de estos supuestos, por la gratuidad del proceso
•Estado actual de la jurisprudencia: otras obligaciones
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