Planeacion De Plazas
Enviado por suspiracion • 22 de Marzo de 2014 • 2.107 Palabras (9 Páginas) • 325 Visitas
INTRODUCCIÓN
1. PLANEACIÓN Y CONTROL DE PLAZAS
Un aspecto necesario para comprender el significado del proceso de planeación de plazas, lo constituye el estudio de los elementos que lo conforman, como son: la plantilla, su objetivo, el escalafón, entre otros.
1.2. LA PLANTILLA
Definición y objetivos
La plantilla del personal se define como el número de puestos y el número de personal que ocupa esos puestos, para alcanzar los objetivos de una organización. Es decir, la plantilla del personal implica la relación ordenad de los puestos y empleados. Para ahondar en el significado de este término, es necesario puntualizar que la plantilla del personal representa también el presupuesto del personal; el cual consiste en la expresión de un número de puestos de trabajo de diferentes tipos y las calificaciones que requieren.
El objetivo de la plantilla de personal es el de contar con el numero de personal necesario que posea los conocimientos, habilidades y actitudes (competencias), que le permitan lograr a una organización mayores niveles de productividad (obtener mayores resultados con menos recursos), así como satisfacer los exigentes criterios de competitividad (alto énfasis de calidad, reducción permanente de costos, alta productividad y orientación clara hacia el cliente), que la conduzcan al logro de sus objetivos: mayor utilidad económica, incrementar su valor económico y elevar la calidad de vida de su personal; o bien, si se trata de una organización pública, el propósito de esta será el alcance de su misión, es decir la razón por la que fue creada.
ESCALAFÓN
Definición
Escalafón es un procedimiento de ascensos debidamente legislados y de aplicación permanente. Se desarrolla a través de concursos a los que se convocan los trabajadores.
La ley federal de los trabajadores al servicio del estado, en su artículo 47, define escalafón como: el sistema organizado en cada dependencia conforma a las bases establecidas en este título, para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores y autorizar las permutas. Articulo 56.
El sistema escalafonario en una organización opera con base en los siguientes elementos:
Comisión mixta de escalafón: es la encargada del cumplimiento y vigilancia de la aplicación del reglamento en los ascensos. La cual deberá estar integrada con igual número de representantes del titular de la dependencia (de gobierno), o del patrón (empresa), y del sindicato.
Comisiones auxiliares mixtas de escalafón: son órganos facultados de las comisiones mixtas de escalafón.
Reglamento de escalafón: son las reglas generales para acceder a movimientos promocionales que contiene:
1.- forma de proceder
2.- forma de convocar
3.- forma de evaluar
4.- aspectos a calificarse con determinación de puntuación
5.- participantes en el proceso
D. Procedimiento escalafonario: se constituye de los siguientes aspectos:
1.- plaza vacante
2.- estudio y determinación de requisitos de la vacante
3.- elaboración de convocatoria
4.-publicacion de la convocatoria
5.- periodo de inscripciones
6.- formación de expedientes
7.- elaboración de cedula de evaluación
8.- calificación y dictamen.
Celebración de concursos: es el desarrollo del concurso de ascenso en el que se lleva a cabo la recepción de las propuestas de candidatos enviadas a los integrantes de la comisión mixta de escalafón para realizar la evaluación y la elección de candidatos.
REGLAMENTACIÓN DE LA BOLSA DE TRABAJO
Articulo 7. La Bolsa de Trabajo, se integrara con representantes del Sindicato designados libremente por el Secretario General del Sindicato.
Articulo 8. El domicilio de la Bolsa de Trabajo, será el del Sindicato, el que proporcionara las oficinas, el mobiliario, el equipo y el personal necesarios para dar cumplimiento al sistema operativo de la misma.
DE LOS ASPIRANTES A NUEVO INGRESO
Capitulo 9. El registro de aspirantes de nuevo ingreso se hará en la Bolsa de Trabajo en orden descendente de calificación, por grupo, integrándose estos ya sea con los aspirantes de una o varias aplicaciones del proceso selectivo, o de un periodo determinado, calificándose por categoría de pie de rama o categoría autónoma en la selección correspondiente efectuándose la nominación invariablemente con el aspirante mejor calificado por dicho grupo hasta agotarse este.
Articulo 10. El registro de aspirantes de nuevo ingreso, se hará por categoría, tomando en consideración el porcentaje máximo autorizado, de acuerdo a las necesidades del OPD y los criterios establecidos por la Bolsa de Trabajo.
Articulo 11. Cuando se reduzca el número máximo de aspirantes registrados, se reabrirá el proceso de inscripción para formar un nuevo grupo, los que serán contratados hasta que previamente lo hayan sido los candidatos del grupo anterior. El registro de aspirantes se cerrara cuando se haya cubierto el número señalado en el artículo anterior.
Articulo 12. Los aspirantes a integrar a Bolsa de Trabajo, de nuevo ingreso y cambio de rama, recibirán los cursos de orientación, capacitación y/o adiestramiento, dependiendo de cada categoría y que para tal efecto están establecidos, a partir de su contratación el OPD proporcionara instrucción para el desarrollo específico de las actividades del puesto.
De la Integración de los Registros de Candidatos Calificados
Articulo 13. La Bolsa de Trabajo integrara los registros, para candidatos que aspiran a ingresar al OPD, previa selección de los aspirantes en los términos de este reglamento.
REGLAMENTACION DEL ESCALAFON
Las legislaciones que van a dar sustento al proceso de ascensos son la ley federal de los trabajadores al servicio del estado y la ley federal de trabajo.
En el artículo 48 de la ley federal de los trabajadores al servicio del estado se apunta que tendrán: “derecho a participar en los concursos para ser ascendidos, todos los trabajadores de base con un mínimo de seis meses en la plaza del grado inmediato inferior”. Articulo 57, asimismo, “en cada dependencia se expedirá un reglamento de escalafón conforme a las bases establecidas en este título, el cual se formulara, de común acuerdo, por el titular y el sindicato respectivo, articulo 58, todo ello con base en el artículo 49 de la misma ley.
De igual manera, en el artículo 50, se especifica que son factores escalafonarios:
Los conocimientos
La aptitud
La antigüedad
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