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Principios Del Derecho Registral


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  1.128 Palabras (5 Páginas)  •  1.089 Visitas

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Siendo el derecho registral, un instrumento para garantizar la seguridad jurídica, y la protección del derecho de propiedad, resulta trascendental positivisar los principios rectores en que se rige. Los principios registrales pueden ser definidos como las reglas fundamentales que sirven de base al sistema inmobiliario de un país determinado, y que pueden especificarse por inducción o abstracción de los diversos preceptos de su derecho positivo. Es decir, son mandatos de optimización de la práctica de esta disciplina jurídica.

La ley 108-05, de Registro Inmobiliario, contiene una serie de principios, en base a los cuales orienta todo el sistema inmobiliario dominicano; en las presentes líneas, nos disponemos a ver los tres principios que consideramos más importantes, con especial atención al principio II, que establece a su vez 4 criterios o sub-principios, que constituyen, en esencia, el objeto de la ley, que no es otro que regular el saneamiento y registro de todos los derechos reales inmobiliarios, así como las cargas y gravámenes que caigan sombre los inmuebles registrados en nuestro país, según dispone el artículo 1.

Así tenemos que, el principio II establece lo siguiente: “La presente Ley de Registro Inmobiliario implementa el sistema de publicidad inmobiliaria de la República Dominicana sobre la base de los siguientes criterios:

Especialidad: Que consiste en la correcta determinación e individualización de sus sujetos, objetos y causas del derecho a registrar.

Según el criterio de especialidad, cada inscripción debe realizarse en partidas separadas, con la finalidad de individualizar los derechos inscritos. Este principio de especialidad o determinación, supone la necesidad de dar claridad al registro, al cual sólo deben acceder situaciones jurídicas claramente determinadas.

Legalidad: Que consiste en la depuración previa del derecho a registrar.

El principio de Legalidad, supone la obligación del registrador, de realizar su función calificadora, previo a toda inscripción en el registro, a fin de asegurar la licitud de todo acto, contrato o resolución judicial o administrativa que se disponga a ser inscrita. Los aspectos que debe verificar el registrador al momento de calificar son: legalidad de documentos, capacidad de los otorgantes, validez del acto e identificación.

Legitimidad: que establece que el derecho registrado existe y que pertenece a su titular.

El principio de legitimación, dota de una presunción de exactitud a los asientos registrales, siendo necesario para su invalidez, la intervención del órgano jurisdiccional.

Este principio, también conocido como principio de credibilidad general del asiento, en virtud del cual el asiento produce todos sus efectos mientras no sea declarado inexacto o inválido. Esta presunción es hasta prueba en contrario. Existen dos clases de legitimación: legitimación activa, que implica que el titular del derecho registral puede ejercerlo sin limitaciones; y legitimación pasiva, que protege al tercero que, aunque no tenga ningún derecho inscrito, se relaciona con quien sí lo tiene.

Publicidad: Que establece la presunción de exactitud del registro dotando de fe pública su constancia.

El Principio de Publicidad confiere una presunción de conocimiento general al contenido de las inscripciones, en el mismo sentido de las leyes, que se presumen públicas; siendo así, nadie podrá alegar desconocimiento del contenido de una inscripción registral ni de los títulos que dan mérito a dicha inscripción.

Existen dos tipos de publicidad: la publicidad material, la que consta en el texto mismo del principio; y la publicidad formal, que se materializa con la obligación de los funcionarios de los registros

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