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Procedimiento Oral


Enviado por   •  21 de Octubre de 2014  •  1.334 Palabras (6 Páginas)  •  205 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El procedimiento oral es un procedimiento especial en el sistema procesal adoptado por el Código de Procedimiento Civil, donde eljuez está en el deber de procurar asegurar la oralidad, brevedad, concentración e inmediación del procedimiento oral. En el caso particular del procedimiento oral, la aplicación supletoria de las reglas ordinarias, tiene la mayor trascendencia, por tratarse de un procedimiento nuevo, que evidentemente no ha contemplado en detalle, sino en sus líneas generales, la nueva regulación; por lo que su manejo requerirá indudablemente un esfuerzo mayor por parte de los jueces y abogados, con el fin de evitar que resulte desnaturalizado en sus principios fundamentales el procedimiento oral, ni anulada su finalidad por la aplicación de una regla ordinaria que en algún caso pueda resultar en oposición al sistema de principios y a la estructura fundamental del proceso ordinario.

En los procesos judiciales la oralidad constituye un principio necesario por medio del cual el juez tiene contacto directo con las partes intervinientes, una mejor apreciación del material probatorio aportado al proceso, por ende, el perfeccionamiento del principio de la inmediación. Por otra parte, la necesidad de la escritura se remonta al derecho romano, donde en virtud de otro principio, el de la doble instancia, era evidente que el juez de alzada, para poder conocer de la causa objeto de apelación, debía tener en sus manos las actas procesales, eminentemente escritas, porque de otro modo como haría para cumplir su función jurisdiccional

El Procedimiento Oral

La aplicación de la oralidad en el proceso se remonta inclusive a los orígenes de la sociedad y la creación de estructuras y órganos que sustituyeron la barbarie y la práctica de hacerse justicia por mano propia, como mecanismo de defensa contra la violación de un derecho; cuestión que no podía ser de otro modo, pues para ese entonces la escritura como medio de comunicación se desconocía o su desarrollo era incipiente, de modo que sólo a través de la palabra hablada se comunicaban los hombres.

Un sistema procesal es oral, cuando el material de la causa, a saber: las legislaciones, las pruebas y las conclusiones, son objeto de la consideración judicial solamente si se presenta de palabra; y es escrito cuando la escritura es la forma ordinaria de las actuaciones.

En el proceso oral el juez tiene contacto directo y personal con las partes y los demás sujetos que intervienen en su desarrollo, impartiendo una justicia humanizada, que es precisamente la que reclama la Carta Magna Venezolana. La apreciación racionable de la prueba sólo es posible en la oralidad. De manera que, en la audiencia oral el juez podrá interrogar no solo a los testigos y peritos, sino también a las partes, siempre que tal interrogatorio se refiera a los hechos sobre los cuales hayan declarado los primeros, o a que se refiera la experticia, tratándose de los peritos, y sobre los hechos controvertidos, si el interrogatorio se formula a las partes..

El procedimiento oral se encuentra establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es de aplicación inmediata en los procesos de naturaleza civil, y en el Código de Procedimiento Civil, en el cual se establece un procedimiento para aplicar la Oralidad en los procesos civiles.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Artículo 257. El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia. Las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los trámites y adoptarán un procedimiento breve, oral y público. No se sacrificará la justicia por la omisión de formalidades no esenciales.

Código de Procedimiento Civil

Artículo 859.- Se tramitarán por el procedimiento oral las siguientes causas, siempre que su interés calculado según el Título I del Libro Primero de este Código, no exceda de doscientos cincuenta mil bolívares.

1º Las que versen sobre derechos de crédito u obligaciones patrimoniales que no tengan un procedimiento especial contencioso previsto en la parte primera del Libro Cuarto de este Código.

2º Los asuntos contenciosos del trabajo que no correspondan

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