Programa de trabajo de comité paritario de higiene y seguridad
Enviado por Carlos Campos Aviles • 22 de Abril de 2016 • Informe • 1.260 Palabras (6 Páginas) • 472 Visitas
Programa de trabajo de comité paritario de higiene y seguridad
El comité paritario, formado por representantes de la empresa y de los trabajadores, tiene por finalidad que, de común acuerdo y en conjunto, se realicen acciones que conduzcan a prevenir y controlar los riesgos laborales generados por la ejecución de procesos u operaciones, disminuyen así el número de accidentes y enfermedades del trabajo en la organización
La eficacia del comité paritario, en cuanto al cumplimiento de sus funciones, tiene una acción inmediata de motivación en los trabajadores por cooperar y participar en los programas de prevención de riesgos. Por otra parte, el logro de sus objetivos respecto al control del accidente y enfermedades profesionales tiene incidencia directa en la productividad de la empresa, lo que predispone favorablemente a la administración en la ejecución de los programas
Objetivo:
Definir y organizar las actividades, responsabilidades y metodologías, para el correcto funcionamiento de los Comités presentes en la empresa. Con el fin de alcanzar un trabajo sobresaliente en todas y cada una de las funciones y tareas designadas a este organismo y enmarca en la legislación vigente
Objetivo específicos:
- Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección
- Vigilar el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores de las medidas de prevención, higiene y seguridad
- Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
- Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador
- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales
- Cumplir con las demás funciones o misiones que le encomienda el organismo administración del seguro
- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores
Metas
- Ejecutar durante el presente año el programa de observaciones de conductas, determinado las causas que originan las acciones subestandar
- Capacitar al personal en un 100% en el uso, cuidado y mantención de los equipos de protección personal
- Mantener el índice de accidentabilidad en “cero”
- Cumplimiento de un 100% del cronograma de trabajo. Revisión se realiza en reunión
Alcance
El presente programa es aplicable a todos los comités constituidos por la empresa, este programa será aplicable también a todo la faena en trabajo, donde exista una dotación de igual o superior a 25 trabajadores, debiendo constituir un comité.
Consideraciones previas
La constitución, renovación y funcionamiento de cada comité, deber regirse por lo establecido en la ley 16744, DS N° 54 “reglamento para constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Higiene y Seguridad”. Nuestra empresa tiene implementado, un instructivo que señala todas y cada una de las etapas de la formación, funcionamiento, funciones y responsabilidades. Por lo que es necesario consultar y regirse por este en cada proceso.
Desarrollo
1.- Constitución y renovación
La constitución, renovación se llevara a cabo según lo indicado en nuestro instructivo “constitución, renovación y funcionamiento de CPHS”, el que ha sido elaborado en conformidad con los dispuesto en el DS N° 54.
2.- Funcionamiento
Es importante asegurar en este punto lo indicado en el instructivo “constitución, renovación y funcionamiento de CPHS”. Colocando especial énfasis en la elaboración de actas y respaldo de todas y cada una de las actividades y otros acuerdos. Así por ejemplo:
- Realizar regularmente reuniones de CPHS una vez al mes, levantando el acta correspondiente. El CPHS puede sesionar con al menos un representante empresarial y otro laborar. Deberá también participar de estas reuniones regularmente el Experto asesor de la empresa, quien forma parte por derecho propio del CPHS.
- Asesorar e instruir a los trabajadores de la correcta utilización de los implementos de seguridad, visitando periódicamente los lugares de trabajo. Se levantara acta o registro de cada capacitación.
- Vigilar tanto el complimiento de la empresa como de los trabajadores, de las medidas de prevención de higiene y seguridad. Programa de observación de conductas e inspecciones.
- Investigar las causas de los los accidente y de las enfermedades profesionales. Establecer en un acta u otro medio.
- Decidir si el accidente o enfermedad profesional, se debió a negligencia inexcusable del trabajador. La decisión deber ser fundamentada en informe técnicos y quedar establecida en acuerdo de reunión.
- Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad, que sirva para la prevención de los riesgos profesionales. Según lo indiquen los informes técnicos.
- Cumplir con las funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo. En la forma y plazos requeridos.
- Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capitación profesionales de los trabajadores. Esto debe hacer previo análisis de la situación, definiendo los cursos y talleres adecuados a la competencia a establecer, en concordancia con el Departamento de prevención de riesgos.
3.- actividades complementarias a ejecutar
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