Ramiro Meneses
Enviado por dinlas • 23 de Septiembre de 2014 • 878 Palabras (4 Páginas) • 657 Visitas
. PROBLEMÁTICA DEL PROYECTO
Ramiro Meneses trabaja en Larouse Ltda. de Lunes a Viernes de 10:00 am a 8:00 pm como gerente de ventas desde el 22 de octubre de 1996 bajo un contrato a término fijo a 3 años. Ha sido homenajeado en varias ocasiones por ser el mejor empleado de la empresa. Su salario mensual es de $ 3.500.000 y en su contrato laboral nunca se le prohibió que trabajara en otra compañía.
Desde el 15 de abril de 2000, durante las vacaciones colectivas otorgada por Larouse en diciembre, Ramiro viaja a Barcelona donde trabaja como “latín lover” en la filmación de películas pornográficas.
El pasado sábado 17 de octubre en documentales pirry, hicieron un informe especial desde Barcelona, donde visitaron la feria de “cine rosa”. Dentro de las imágenes, el señor Lino Roberto jefe inmediato de Ramiro vio los ojos de un hombre y asegura son los del señor Meneses. El 21 de octubre del 2012 fue despedido Ramiro Meneses.
2. DESARROLLO DEL EJERCICIO
Después de realizar la respectiva lectura del ejercicio y el análisis en grupo, definimos que el despido del trabajador Ramiro Meneses fue realizado SIN JUSTA CAUSA por parte del empleador Larouse Ltda. Que está representado en esta ocasión por el señor Lino Roberto Jefe inmediato del señor Meneses.
Tomando como base el código sustantivo de trabajo en el ARTICULO 58. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL TRABAJADOR donde identificamos si en algún momento el trabajador omitió alguna obligación por la labor que ha sido contratado, y también revisando minuciosamente el ARTICULO 60. PROHIBICIONES A LOS TRABAJADORES donde verificamos que el señor Meneses no esté incumpliendo con ninguna de las funciones por las cual fue contratado realizando sus labores exitosamente y a cabalidad, la cual lleva a cabo con honores y distinciones por parte del empleador durante su desempeño en la realización de las funciones.
3. ARGUMENTACIÓN DEL EJERCICIO
1. Debemos partir de que el señor Lino “vió los ojos de un hombre y aseguró que eran del señor Meneses”, esto no es suficiente argumento para un despido con justa causa teniendo en cuenta la magnitud de la decisión.
2. En el Código Laboral Colombiano, Artículo 58, que habla sobre las obligaciones especiales del trabajador, en su numeral 4, dice que “el trabajador debe guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros”, aquí es muy específico y claro, por lo tanto lo que haga en su horario extra-laboral, independiente de si nos parece moral o inmoral es algo personal y siempre y cuando no afecte o incluya a la empresa o sus empleados no tendría por qué afectar.
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