SEGUNDA UNIDAD: LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
Enviado por pipo2017 • 15 de Noviembre de 2016 • Monografía • 59.405 Palabras (238 Páginas) • 228 Visitas
- R. EXTRACONTRACTUAL.
SEGUNDA UNIDAD: LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.
I. GENERALIDADES
1.- La responsabilidad civil
1.- Responsabilidades……………………………………
1.- Distinción. (Cuáles sean las normas que se han infringido)
1.- Responsabilidad moral……………………………
1.- Se origina por la infracción a normas morales o de carácter religioso
2.- Origina problemas de conciencia para el infractor.
2.- Responsabilidad jurídica…………………………….Art 1 cc
1.- Fuente de proveniencia de la responsabilidad. (1437)
1.- Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de
1.- Dos o más personas, como en los contratos o convenciones;
2.- Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para
1.- Con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa.
2.- Cada parte puede ser una o muchas personas.
2.- Ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga,
1.- Como en aceptación de una herencia o legado y todos los cuasicontratos;
3.- Ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona,
1.- Como en los delitos y cuasidelitos; u omisión que produzca iguales efectos,
4.- Ya por disposición de la ley, como entre los padres y los hijos sujetos a patria
5.- De un hecho penado por la ley por ser contrario al orden social.
2.- Distinción………………………………………….
1.- Responsabilidad penal……………………………Art 1 CP
1.- Es aquella que proviene de los delitos o cuasidelitos penales, y
2.- Procede independiente del daño que el delito o cuasidelito causa.
1.- Acarrea sanciones penales cuya aplicación se persigue y
2.- Se hace efectiva mediante la acción penal
2.- Responsabilidad civil …..………………………Art 1489, 2284 cc
1.- Es aquella que proviene de la violación de un contrato o de
2.- La comisión de un delito o cuasidelito civil, esto es,
1.- De un hecho ilícito u omisión, intencional o no, que ha
2.- Inferido injuria o causa un daño a la persona o a la propiedad de otro.
3.- Procedencia………………………………….
1.- Hecho que causa daño……………………………Art 2284, 2314 cc
1.- El que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro,
2.- Es obligado a la indemnización; sin perjuicio de la pena que le
1.- Impongan las leyes por el delito o cuasidelito.
2.- Las obligaciones que se contraen sin convención, nacen o de la ley,
1.- Del hecho voluntario de una de las partes.
2.- Las que nacen de la ley se expresan en ella.
1.- Si el hecho de que nacen es lícito, constituye un cuasicontrato.
2.- Si el hecho es ilícito, y cometido con intención de dañar, (Delito)
3.- Si el hecho es culpable, pero cometido sin intención de dañar CD
1.- En este título se trata solamente de los cuasicontratos.
2.- Infracción a la ley, conducta típica, antijurídica y culpable. Art1CP
...