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TRABAJO PRACTICO DERECHO DE LOS CONTRATOS


Enviado por   •  25 de Agosto de 2022  •  Trabajo  •  1.227 Palabras (5 Páginas)  •  170 Visitas

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DERECHO DE LOS CONTRATOS

¿Si tuvieras que explicarle a un familiar tuyo cómo están cambiando los activos sobre los que se ejerce el derecho de propiedad en la sociedad digital, respecto de los tradicionales, qué le dirías?

En forma física una obra de arte, un tema musical, un poema, tiene registrado su autor y es garantizado por la ley su autenticidad, en el espacio virtual también hay obras artísticas de distinto índole que tienen un autor o un propietario,  por tanto un interés de ese autor o propietario de resguardar su derecho de propiedad y piratería en el ámbito digital, para ello se implementa un certificado digital qué lo vuelve único llamado NFT que se guarda en un sistema de confianza muy seguro y personal llamado blockchain.

¿Qué es un NFT? ¿Cómo encuadrarías un NFT en la clasificación del art. 16 del CCCN?

Es un tipo de criptomoneda “non fungible toquen” obras no fungibles, es decir, al no ser fungibles se pueden intercambiar por un bien distinto a él, es una obra de arte única y original ya que no hay otro igual. Un NFT es la forma de individualizar la autoría y al propietario de dicha creación digital.

El art 16 del CCCN habla de bienes y cosas que tienen valor económico, hace mención del art. 15 de la carta magna que habla de la titularidad de los bienes que integran el patrimonio, las obras digitales de cualquier índole. tienen o pueden tener, un valor económico y así conformar el patrimonio de la persona titular de dicho bien, bien que puede no ser cosa.

¿Qué determina el valor de un NFT? ¿Puede ser objeto de un contrato en Argentina?

El valor puede determinarlo el autor o bien quien este interesado en comprarlo o en subasta y adquiere el activo digital que va a parar a su billetera virtual. Se ubican en la red, en sitios de criptoarte donde se comercializan.

Un NFT ¿es seguro o es fácilmente hackeable?

Los NFT son guardados en cajas llamadas blockchain, estas cajas virtuales operan como huellas digitales, es decir son únicas e irrepetibles, cuenta con un sistema en red distribuido, donde cada blockchain responde a un código de la que la precede, si una de esas cajas ve alterado su código de identificación para poder ingresar a ella “hackearla” repercute en otra, y toda la red rechaza la intervención del no autorizado.

¿Recibe el autor de una obra algún beneficio cuando se transmite un NFT de ella?

Recibe el valor que haya puesto a ese NFT en criptomonedas que van a su billetera virtual vendiéndolo o subastándolo, la reventa podría dejar una comisión al autor o accesos especiales a beneficios que articulan algunos artistas.

¿Quién es el titular de los derechos de una obra en NFT?

El artista es el titular de derecho propiedad y explotación de la obra siempre, el NFT no es el registro de propiedad, el artista debería registrarlo antes de hacer el NFT en el registro de propiedad intelectual de su jurisdicción. Quien compra el NFT de en los términos y condiciones de la página donde lo adquiere o por medio de un contrato vera que se especifica la licencia de derecho, el derecho que se cede es una licencia de uso y goce de la obra con fines personales.

¿Sirve el NFT como registro de una obra artística?

No.

¿Qué es una criptomoneda? 

Un sistema monetario basado en la oferta y la demanda, cuantas más personas interesadas en ellas haya, más sube su valor.

Activo digital, utiliza criptografía, descentralizados, son activos transferibles sin intervención de estados o entidades bancario en todo el mundo. Bienes no materiales.

Utilizan blockchain, red de confianza, estructura registro descentralizado de transacciones basada en la confianza, basado en las maquinas no en personas, almacenamiento en bloque en una cadena de bloques interconectados, alterar una blockchain dispara una alarma general.

¿Es en nuestro país legal la tenencia de criptoactivos?

Son legales.

Todo lo que no esté prohibido, está permitido.

“En Argentina no hay una regulación única para criptomonedas, pero distintos organismos gubernamentales han regulado diversos aspectos de estos activos, pero de manera individual y no del todo coordinada. Las principales regulaciones han sido emitidas por la UIF, la Comisión Nacional de Valores, el Banco Central y AFIP”https://www.petittoabogados.com.ar/blog/2021/09/14/regulacion-legal-de-los-criptoactivos-en-argentina/#:~:text=En%20Argentina%20no%20hay%20una%20regulaci%C3%B3n%20%C3%BAnica%20para,Nacional%20de%20Valores%2C%20el%20Banco%20Central%20y%20AFIP. 

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