TRABAJO PRACTIO ANALISIS JURIDICO
Enviado por Emiliano Loustaunau • 24 de Mayo de 2020 • Trabajo • 1.056 Palabras (5 Páginas) • 134 Visitas
TRABAJO PRACTIO
ANALISIS JURIDICO
Partes:
Guillermina (Locataria)
Marcelo (ocupante)
Inm. Perez (Inmobiliaria)
Pedro (intermediario)
Jacinto (fiador)
Estela (garante)
Hecho en relación a la cuestión que se plantean:
Guillermina en el mes de diciembre de 2018 rentó junto con Marcelo un productor televisivo muy conocido del país, quien en ningún momento firma el contrato a celebrarse, una casa quinta en la zona de San Isidro por un valor $25.000, la misma contaba con un quincho con parrilla, pileta de natación, 4 habitaciones, cocina, comedor, living, amplio parque y cochera cubierta para 3 automóviles.
La inmobiliaria Perez, como intermediario de la contratación con Pedro, le hace saber que la misma no podría ser utilizada con otro fin distinto al de vivienda familiar, quedando expresamente prohibido en la cláusulas del contrato la sublocación y/o utilización con fines comerciales; quedando como fiador Jacinto primo de Guillermina quien firma 24 pagares en blanco y coloca como garantía hipotecaria el departamento propiedad de su madre Estela, sin que esta de el consentimiento expreso en el contrato a firmarse, pero por medio de una comunicación telefónica manifiesta que no hay inconveniente en que ese inmueble sea utilizado como garantía.- Luego de 4 meses de convivencia en la quinta Guillermina se separa
de Marcelo por distintas cuestiones referentes a la relación y abandona la quinta.- En el mes de
Octubre de 2019 Guillermina recibe una llamada telefónica de la inmobiliaria Perez anoticiándola que debería retirarse de la vivienda atento a que no se está cumpliendo el fin de
la locación y que deberá abonar las sumas de dinero adeudas desde el mes de mayo de 2019,
más las multas consignadas en el contrato de locación, dado que la quinta estaba siendo explotada por una productora televisa, realizando casting y fiesta de jueves a domingo, las cuales ocasionan disturbios en le barrio, de las cuales ya hay varias denuncias policiales realizadas.- Guillerma manifiesta que ella no se hará cargo de abonar nada, dado que se retiró
del inmueble en abril de 2017, cuestión esta que nunca fue puesta en conocimiento a la inmobiliaria ni al titular dominial.-
1) ¿Es correcta la postura de Guillermina? 2) ¿Qué responsabilidad tiene la inmobiliaria con respecto a Pedro en cuanto al contrato celebrado? 3) ¿Es válida la garantía inmobiliaria ofrecida? 4) En el mes de mayo de 2019 fallece Estela, por lo que los hermanos de Jacinto inician la sucesión ab intestatto, y al momento de solicitar el informe de dominio detectan que existe una anotación de litis, impidiendo la venta del departamento, ya que se encontraba embargado en la causa judicial iniciada contra Guillerma por cobro de alquileres. Es correcta esta anotación de litis, justifique.- Que pueden hacer los hermanos de Jacinto al respecto.- 5) Si fuera Perez que le reclamaría a Guillermina.-
Se plantean las siguientes cuestiones jurídicas.
- La postura de Guillermina
- Responsabilidad de la inmobiliaria Pérez con respecto a Pedro por el contrato celebrado.
- Validez de la garantía inmobiliaria.
- Anotación de litis
- Reclamo de Pérez hacia Guillermina.
Desarrollo fundamento jurídico:
En primer término la postura de la locataria, Sra Guillermina, no es correcta, es responsable desde el momento que firmo el contrato de locación, y debería haber informado a la inmobiliaria el abandono del inmueble; ya que Marcelo no era parte del contrato, y es quien continuo en el inmueble desviando el destino . Ya que el mismo era para vivienda familiar y Marcelo lo usaba para explotación comercial art. 1194 CCCN destino de la cosa locada. Y art 1205 CCCN prohibición de variar el destino.
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