UNIDAD 2 “DERECHO FAMILIAR” SESION 4 “CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR”
Enviado por Karla Bote Castro • 14 de Mayo de 2019 • Documentos de Investigación • 1.930 Palabras (8 Páginas) • 240 Visitas
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KARLA GUADALUPE BOTE CASTRO
ES1821002272
LICENCIATURA EN DERECHO
LIC. ELENA GARCÍA VELA
UNIDAD 2 “DERECHO FAMILIAR”
SESION 4 “CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR”
08 DE FEBRERO DE 2019
INTRODUCCIÓN
En esta sesión conoceremos lo que es la patria potestad, los principios sobre el que descansa el ejercicio de esta, la guardia y custodia que se puede creer que es lo mismo, pero en esta sesión sabremos diferenciar estas.
ACT.1. INSTITUCIONES CIVILES Y DERECHO ROMANO.
Institución | Derecho Romano | Derecho Positivo Mexicano |
Alimentos |
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Patria potestad |
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ACT.2. ACREEDORES, DEUDORES Y CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA.
Sujetos | Aspectos de su relación alimentaria | Disposiciones aplicables (Código Civil Federal y Código Civil para el Distrito |
Cónyuges / concubinos | Ambos tienen que aportar en las obligaciones de casa. En caso de disolución del vínculo matrimonial los cónyuges ya no tienen la obligación de darse alimento recíprocamente. Si existiera un divorcio donde uno de los dos es culpable de la disolución de este existe una sanción en la que el culpable tiene que darle alimentos a su ex cónyuge. Se puede decir que para que se genere el derecho a solicitar alimentos debe darse las siguientes condiciones: 1.- la existencia de una relación jurídica que genere la obligación alimentaria, la cual surge a consecuencia del matrimonio, concubinato o parentesco sanguíneo o civil. 2.- la necesidad del acreedor alimentario y la capacidad del deudor para suministrar alimentos. | Artículos 301 y 302 del código civil federal. |
Hijos, menores e incapaces | El estado debe efectuar varias tareas para dar vigencia de que el responsable de la manutención infantil tiene los recursos necesarios para cubrirla. La obligación no cesa cuando el menor cumple la mayoría de edad, ya que la alimentación también cubre la educación, entonces hasta que el niño deje de estudiar de terminar esta obligación, pero también tiene que ser proporcional la edad del niño, con el nivel académico que está cursando.(texto) | Artículo 303,304,305 del código civil federal. |
Adultos mayores | Recientemente se determinó que los hijos están obligados a dar alimentos a los padres, o si se encuentran imposibilitados, estos deberán ser cubiertos por los descendientes más próximos en grado. Los ascendentes deberán aportar elementos que acrediten la necesidad de recibirlo, ya que no tienen en su favor la presunción legal de necesitarlo.(texto) | Artículo 1 de la ley que establece el derecho a la pensión alimentaria para los adultos mayores, residente en el distrito federal. |
Adoptante y adoptado | La obligación se circunscribe al adoptante, se le considera como el deudor principal y solo en caso de insolvencia de este el adoptado podrá demandar a sus progenitores el pago de los alimentos ya que son deudores solidarios. Si fuese una adopción plena, o sea, que pierdo los vínculos con los padres, el adoptado tiene los mismo derechos y obligaciones de un hijo consanguíneo. | Artículo 307 del código civil federal. |
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