ACCIONES, EXCEPCIONES Y DEFENSAS
Enviado por hutrtlissssa • 14 de Mayo de 2014 • Tesis • 1.467 Palabras (6 Páginas) • 390 Visitas
ACCIONES, EXCEPCIONES Y DEFENSAS
TEORIAS SOBRE LA ACCION.
I.- Las que identifican a la acción con el derecho sustantivo, ya que la acción se ejercita ante los tribunales cuando el derecho sustantivo ha sido desconocido.
II.- Las que consideran a la acción distinta al derecho sustantivo, siendo la acción un medio legal privado para que los tribunales hagan cumplir el derecho violado.
III.- Las que consideran a la acción como un derecho publico subjetivo de un particular contra el estado para obtener la tutela de los derechos.
IV.- Las que consideran a la acción como un derecho individual y concreto para obtener de los tribunales una sentencia que resuelva un conflicto de intereses.
V.- Los que identifican a la acción con la pretensión contenida en la demanda.
EL DERECHO DE ACCION
Es el derecho público subjetivo que permite a todo sujeto acudir ante los Tribunales para que estos apliquen la función jurisdiccional en el conocimiento de la pretensión.
ACCION
Es la norma jurídica adjetiva cuya finalidad es determinar el contenido de la pretensión motivo del proceso.
LA PRETENSION
I.- Ad Procesum: Es la solicitud al Órgano Jurisdiccional de que despliegue su actividad en el conocimiento del reclamo hecho valer por las partes en el proceso.
II.- Ad Causam: Es la solicitud al Órgano jurisdiccional de que aplique el derecho al caso planteado.
CLASIFICACION DE LA ACCION POR SUS EFECTOS
I.- Declarativas.- Se ejercitan para que se declare la existencia o inexistencia de un derecho sustantivo.
II.- Ejecutivas.- Se ejercitan para que se haga cumplir forzosamente una prestación o se obtenga su pago forzoso.
III.- De Condena.- Se ejercitan para que se declare la existencia de un derecho y se ordene su cumplimiento.
IV.- Constitutivas.- Se ejercitan para que se constituya, modifique o extinga una relación jurídica.
V.- Cautelares.- Se ejercitan para conservar un estado de hecho y de derecho en que se encuentra el patrimonio de un deudor hasta que se declare la certeza del derecho del acreedor.
CLASIFICACION DE LA ACCION POR EL CONTENIDO DE LA PRESTACION
I.- Civiles
a) Patrimoniales.-
1.- Mobiliarias.- Se refieren a derechos sobre bienes muebles.
2.- Inmobiliarias.- Se refieren a derecho sobre bienes inmuebles.
-Petitorias.- Son acciones que protegen el derecho de propiedad.
-Posesorias.- Son acciones que protegen el derecho de posesión.
b) No Patrimoniales.-
1.- Del estado civil.- Son las relativas al nacimiento, reconocimiento, emancipación, tutela, adopción, divorcio y ausencia.
2.- Anulación o rectificación del contenido de las constancias del estado civil.
3.- Las acciones relativas a la restitución de la posesión del estado de padre o de hijo.
4.- Las Personalísimas que defienden los derechos de la personalidad del hombre.
II.- Acciones Penales
a) El derecho de acción corresponde ejercerlo únicamente al agente del Ministerio Publico mediante la consignación que haga ante el juzgador de los hechos que considere configuran un delito.
b) La Acción Penal pretende acreditar la existencia de un delito y la responsabilidad penal de su autor para que se le sancione conforme a derecho.
III.- Acciones Administrativas
a) El derecho de acción lo ejercitan exclusivamente los gobernados contra las Autoridades Administrativas.
b) La acción se ejercita para que el Órgano Jurisdiccional anule o reforme los actos de autoridad administrativa, indemnice por daños y perjuicios, o reconozca situaciones jurídicas individualizadas.
IV.- Acciones Laborales
a) El derecho de Acción lo ejercitan únicamente los trabajadores o los patrones por motivo de los conflictos de trabajo.
b) La acción se ejercita para que las Juntas de Conciliación y Arbitraje decidan los conflictos entre el capital y el trabajo.
V.- Acciones de Amparo
a) El derecho de acción lo ejercitan los particulares en su calidad de gobernados contra toda autoridad.
b) La acción se ejercita ante los tribunales federales a fin de que determinen si la autoridad ha violado las garantías individuales de los gobernados.
LA EXCEPCION
Son los medios legales cuya eficacia en el proceso pueden impedir la actividad del órgano jurisdiccional en el conocimiento de la pretensión u obligarlo a declarar que la misma es improcedente.
DEFENSA
Son los argumentos dirigidos contra los hechos o la norma jurídica sustentados en la demanda.
...