Conflictos Colectivos
Enviado por gatorvt • 4 de Abril de 2014 • 1.266 Palabras (6 Páginas) • 369 Visitas
Conflictos Colectivos de Trabajo
Tipos de conflictos:
• Individuales: un trabajador / un empleador (juridicas)
• Colectivos: una organización sindical/ un empleador (pueden ser jurídicos o económicos)
• Jurídicos: versan sobre la aplicación o interpretación de la norma
• De intereses económicos: sobre la necesidad de crear una nueva norma o modificar la preexistente
Formas de exteriorización del conflicto
• Sin suspensión de trabajo
• Con suspensión (típico de los conflictos colectivos)
▪ Por incitativa de los trabajadores: huelga
▪ Por incitativa de los empleadores: cierre patronal
Concepto
Por conflicto de trabajo se entiende toda discusión o controversia manifestada externamente entre empresarios y trabajadores en cuanto a las condiciones de trabajo en su más amplio sentido, lo que teniendo en cuenta la “dificultad intrínseca de las relaciones obrero-patronales” La palabra conflicto colectivo tiene la connotación de pretensión resistida, de oposición de intereses.
La Constitución mexicana establece en su Artículo 123 su título sexto del Trabajo y de la Previsión Social en su fracción:
• XX. Las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo, se sujetarán a la decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje, formada por igual número de representantes de los obreros y de los patronos, y uno del Gobierno.
• XXXI apartado B fraccion XII. Los conflictos individuales, colectivos o intersindicales serán sometidos a un Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje integrado según lo prevenido en la ley reglamentaria.
La Ley Federal del Trabajo meciona en su artículo:
• 903.- Los conflictos colectivos de naturaleza económica podrán ser planteados por los sindicatos de trabajadores titulares de los contratos colectivos de trabajo, por la mayoría de los trabajadores de una empresa o establecimiento, siempre que se afecte el interés profesional, o por el patrón o patronos, mediante demanda por escrito, la cual deberá contener:
I. Nombre y domicilio del que promueve y los documentos que justifiquen su personalidad;
II. Exposición de los hechos y causas que dieron origen al conflicto; y
III. Las pretensiones del promovente, expresando claramente lo que se pide.
• 904.- El promovente, según el caso, deberá acompañar a la demanda lo siguiente:
I. Los documentos públicos o privados que tiendan a comprobar la situación económica de la empresa o establecimiento y la necesidad de las medidas que se solicitan;
II. La relación de los trabajadores que prestan sus servicios en la empresa o establecimiento, indicando sus nombres, apellidos, empleo que desempeñan, salario que perciban y antigüedad en el trabajo;
III. Un dictamen formulado por el perito relativo a la situación económica de la empresa o establecimiento;
IV. Las pruebas que juzgue conveniente para acreditar sus pretensiones; y
V. Las copias necesarias de la demanda y sus anexos, para correr traslado a la contraparte.
Criterios de clasificación de los conflictos de trabajo:
En razón de los individuos involucrados;
I. Trabajadores y patrones.
a) Las controversias nacidas de un despido injustificado.
b) Los conflictos por el incumplimiento de un contrato colectivo.
c) Los conflictos derivados de una revisión contractual que terminan en una huelga
II. Trabajadores.-
a) Entre trabajadores de una misma empresa: se presenta en torno a cuestiones de preferencia, antigüedad y ascensos.
b) Entre sindicatos. Son conflictos de naturaleza colectiva, que giran en relación a la titularidad de derechos y acciones sindicales.
c) Entre trabajadores y sindicatos, se refiere a controversias entre un sindicato y sus agremiados por motivos originados en la indebida aplicación de las cláusulas de ingreso o separación, o de los estatutos.
III. Patrones
Es una hipótesis porque es factible de que exista y el legislador consideró apropiado contemplarla para efectos de eliminar cualquier duda legal en este sentido.
En función de la naturaleza del conflicto.
I. De orden jurídico
Nacen por la aplicación e interpretación de las normas de trabajo, legales o contractuales
II. De orden económico.
Los conflictos económicos se refieren al establecimiento o a la
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