Educacion Primaria
Enviado por joseal171 • 22 de Mayo de 2013 • 1.105 Palabras (5 Páginas) • 329 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para La Educación
U.E. A, Andrés Bello
Ley Para la Defensa de las Personas en el Acceso para los Bienes y Servicios
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente reforma surge respondiendo a las necesidades de mayor efectividad en la atención a la
protección de los derechos de las personas en el acceso a los bienes y servicios.
El Estado está en la obligación de brindar a la sociedad instituciones que garanticen a los ciudadanos el
goce de todas las esferas que contribuyan a su desarrollo integral y no sólo a las necesidades básicas. En
este sentido y en apego a los principios constitucionales deben implementarse normativas que desarrollen
y hagan posible la “Suprema Felicidad Social” y protejan la paz social, el derecho a la vida, a la salud del
pueblo, la vivienda como derecho humano y los servicios públicos esenciales.
En este contexto se inscribe la reforma parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para la
Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, como un instrumento legal de suma
importancia para prevenir la escasez, el aumento indebido de precios, la restricción de la oferta en bienes
declarados de primera necesidad, así como los abusos frente a los destinatarios finales.
En este orden de ideas, el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley para la Defensa de las Personas en el
Acceso a los bienes y servicios contiene los ilícitos administrativos, sus procedimientos expeditos y
sanciones; los delitos y su penalización, el resarcimiento de los daños sufridos, así como regular su
aplicación por parte del poder público, con la participación activa y protagónica de las comunidades.
Se observa que el término “Precio Venta Sugerido” (PVS) no se encuentra definido en el Decreto con
Rango Valor y Fuerza de Ley objeto de la presente reforma, siendo éste aplicado a productos que escapan
de la regulación; por ende es menester incluir la definición de esta clasificación de precios, a los fines de
evitar la posibilidad de engaño. Por otra parte, se considera que debe.
1.-Proteger al consumidor y al usuario
Es la acción del estado destinada a proteger los derechos o intereses del pueblo consumidor y usuario, mediante la aplicación de medidas que regulen las ofertas y la demanda de bienes y servicios de primera necesidad.
Para asegurar el cumplimiento de esta protección, el estado Venezolano cuenta con los siguientes organismos:
1) El Ministerio del Poder Popular para el Comercio
2) El Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso
A los Bienes y Servicios (INDEPABIS)
3) El Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER)
La acción mancomunada de todos estos organismos y la correcta aplicación de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (2008) conducen a la realización de una política
Estatal de protección a la población consumidora del país.
2.-Valor de Bienes y Servicios
Algunos de los derechos de las personas en relación con los bienes y servicios declarados o no primera necesidad, son los siguientes:
1) La protección de su salud y seguridad en el acceso a los bienes y servicios.
2) La adquirió en las mejores condiciones de calidad y precio, sin condicionamientos, teniendo en cuenta las prevenciones legales que rigen el acceso de bienes y servicios nacionales y extranjeros.
3) La información suficiente, oportuna, clara, veraz y comprensible sobre los diferentes bienes y servicios puesto a su disposición
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